Carácter mínimo de la motivación de los reglamentos: dejar constancia y aportar elementos razonables. 12 de mayo de 2022 ~ Joan Amenós No se trata de convertir la motivación en una larga y cumplida justificación. Así lo indica el Tribunal Supremo (y nos lo recuerda el insustituible Chaves): «Tribunal Supremo dixit: control de mínimos en la motivación de reglamentos«. *** Comparte esto: Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Me gusta Cargando... Relacionado Publicado por Joan Amenós Ver todas las entradas de Joan Amenós