Contra la transparencia (y III).

…      1.-En cambio, creo que no admite ya ninguna justificación el sistema actual de declaración de  intereses de los miembros del legislativo y de las asambleas de las corporaciones locales. Se basa en una doble declaración: de actividades y de bienes y rentas. Ambas tienen carácter público.

…      He dado un vistazo a algunas de ellas -en concreto Congreso de los Diputados y Ayuntamiento de Barcelona-. En ciertos casos, están  pulcramente presentadas, pero en otros se nota la incomodidad del declarante: escrito a bolígrafo, con tachaduras o con el patético y ya famoso “propietario por herencia” (un poco para aminorar la culpabilidad ante sus votantes, aunque nadie le pedía que concretara el tipo de transmisión)…Incluso aparece un préstamo que el electo le hizo al partido o coalición. Bueno, ya lo ven ustedes, hasta yo mismo me he puesto a mirar trapitos. Paremos, pues.

*

     2.-Toda esta exigencia es absurda. Desde luego, no es ningún acicate o estímulo para dedicarse a la actividad política. Si uno logra salir elegido, el vecino que saluda cada mañana ya no va a mirarle de la misma manera. Puede pensar que “pues mira éste, si no tiene dónde caerse muerto” o bien ” vaya, vaya, sí que lo tenía calladito, el muy …”. Con razón decían mis padres que es de mala educación hablar de dinero. Y también peligroso en nuestra noche oscura de la soberbia y la envidia, tan lejana al generoso resplandor nórdico.

**

…      3.-Era mucho mejor, claramente, el anterior sistema de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. Los miembros de la Corporación Local formulaban, desde luego,  “declaración de sus bienes y de las actividades que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos o afecten al ámbito de sus competencias”. Esta declaración  se hacía constar en el Registro de intereses llevado por el Secretario de la Corporación. Ahora bien, no tenía carácter público y requería, para su consulta, la acreditación de la condición de interesado legítimo directo. Ello permitía, por supuesto, el acceso de las autoridades judiciales o de organismos tributarios y podría dar pie, incluso,  a que se diese cuenta al Ministerio Fiscal  ante indicios de falsedad documental. Un sistema, pues, serio y ajeno al chismorreo y a la demagogia barata.

***

Contra la transparencia (II)

…         1.-La crítica a una primera manifestación de esta ideología de la transparencia es, reconozco, discutible. Se trata de la reforma parcial de la Ley General Tributaria operada por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre. Esta norma introdujo un nuevo art. 95 bis bajo el título de “Publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias”. En síntesis, se remitía a un futuro y obligatorio acuerdo de la Administración tributaria para la publicación –de forma periódica- de listados comprensivos de deudas o sanciones tributarias.

  …       Ahora bien, no se trata de un sistema de publicidad universal de la situación de los deudores tributarios, sino que pronto aparecen los siguientes recortes:

  …       -Que el importe total (por sujeto pasivo) de las deudas y sanciones tributarias pendientes supere el importe de un millón de euros.

…         -Que las deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario.

 …        -Que las deudas y sanciones tributarias no se encuentren aplazadas o suspendidas.

*

…         2.-El procedimiento de publicación se rodea de ciertas garantías. En concreto, una comunicación individualizada y un trámite de alegaciones de diez días que permitirían al afectado señalar errores materiales, de hecho o aritméticos. Por otra parte, también podría ser acordada de oficio la rectificación.

**

…         3.-Se prevé la publicación en el primer semestre de cada año y ya se ha llevado a cabo la exposición de dos listados en la sede informática de la Agencia estatal de Administración tributaria. Se dispone además que la desagradable  enumeración dejará de ser accesible una vez transcurridos tres meses desde el anuncio. Por otra parte –aunque desconozco cómo puede asegurarse- se indica que “la publicación se efectuará en todo caso por medios electrónicos, debiendo adoptarse las medidas necesarias para impedir la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda en internet”.

…         Las primeras revelaciones lanzadas han tenido un discreto éxito periodístico. La inmensa mayoría son personas jurídicas, de las que poco sabe el común. Parece ser, incluso, que abundan los “chicharros” inactivos (según el viejo vocabulario bursátil). Por lo que respecta a las personas físicas, los dos o tres deportistas de rigor y algún personaje curioso con gran poder y relevancia en el pasado.

…         No sé si estas previsiones sirven para algo. Si no son útiles para aumentar el respeto a la norma, tiene poco sentido este espectáculo de cabezas de burro tributarias. Pero, si se defienden sus magníficos efectos, ¿por qué no ampliarlo a todos los contribuyentes? Esto sí que generaría una conmoción social brutal y no ese jueguecito demagógico del millón de euros (con la particularidad de que las fortunas que pueden avalar la deuda y aplazar no tienen actualmente por qué preocuparse).

***

Contra la transparencia (I)

       1.-Jamás compartí el extendido entusiasmo ante la legislación sobre transparencia. Esto no quiere decir que no la vea como un factor saludable para la mejora de la gobernación en el Estado de Derecho. Ahora bien –perdonen la confesión- lo que realmente me ha preocupado en estos últimos años ha sido la protección del secreto –de los secretos justificados-. Ésta sí es, mi entender, la institución que está en almoneda en los tiempos que corren y es, además, la regla realmente civilizatoria, frente al impudor tropical de la tribu.

…       Por tales razones, me ha llenado de insana satisfacción un reciente artículo del reputado especialista R. Jiménez Asensio, que ha tenido un considerable eco y que se denomina “Mentiras de la transparencia”.

*

…       2.-Entre las críticas que el autor lanza a la actual regulación, destaca la relativa al escaso uso de los portales de transparencia. Permítanme la chulería, pero este humilde bloc podría darle al portal de transparencia de la Generalidad catalana algunas lecciones (sólo algunos días, claro) como las que le dio el otro día Islandia a Inglaterra.

…       Es decir, no se ha producido una consulta ciudadana numerosa y alegre de los portales de transparencia. En palabras de Jiménez Asensio, más bien se tiende al “cotilleo chabacano de unos espectadores o de unos medios que hacen del escándalo público su fuente de búsqueda”. El autor insiste  en que ni las campañas institucionales ni la pesada arquitectura de órganos y trámites específicos han estimulado el interés de los administrados. El sistema tiende a cerrarse dentro del circuito gobierno-oposición-periodistas gandules (que no salen de la redacción) y “redes sociales” (donde operan y tuitean los cuatro amiguetes tabernarios).

**

…       3.-Ahora bien, aparte del texto legal positivo, me interesa analizar seguidamente algunas manifestaciones concretas de lo que podría llamarse “ideología de la transparencia”, que es la versión posmoderna de la caja de cristal de Bentham que habíamos guardado en el desván, al lado de su Panóptico.

DSCN0255

 

 

 

 

 

 

 

***

 

 

 

Reflexiones sobre la sentencia de 9 de marzo de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre los acuerdos relativos al establecimiento y prestación del servicio metropolitano del ciclo integral del agua, con adjudicación de la gestión indirecta a una sociedad de economía mixta (y IV).

1.-Como ha estudiado brillantemente Manuel Guardia (de la Universidad Politécnica de Cataluña), la historia del suministro de agua en Barcelona y su área de influencia ha tenido en el último siglo y medio dos grandes actores. En primer lugar, la Sociedad General de Aguas de Barcelona, que se constituyó en 1881 con el fundamental apoyo financiero de la Societé Lyonnaise des Eaux.  Es cierto que antes habían existido ya algunas compañías relevantes. Por ejemplo, en 1867  nació en Lieja la  Compañía de Aguas de Barcelona, con capital belga y francés. No obstante, todas las sociedades preexistentes fueron incorporadas por la SGAB, que fue fundamental, por ejemplo, en la urbanización del Ensanche.

Un avance espectacular de la citada compañía fue la construcción de la Torre de las Aguas del Tibidabo (en 1905) que permitiría, gracias a un sistema de elevaciones, el suministro de agua a cualquier punto de la ciudad de Barcelona, con independencia de su altura. Este edificio, también con un evidente interés artístico, fue igualmente confiado a Amargós.

El origen francés de SGAB

*

CIMG0789

2.-No obstante, el municipio de Barcelona era el titular de la mina de agua de Montcada, que alimentaba la Acequia Condal (Rec Comtal).  Su agua era de superior calidad a la que distribuía SGAB, pero tuvo  a menudo problemas de canalización, cantidad y distribución insuficientes. No obstante, es cierto que la estrategia del Ayuntamiento consistió en el intento de reforzarla y en adquirir o expropiar las instalaciones de SGAB, previa municipalización. El objetivo principal era controlar el precio del agua y evitar algunos  defectos en el suministro.

Justo antes de la primera guerra mundial, se tantea, en efecto, la posibilidad de municipalización. Sin embargo, el inicio de las hostilidades y un hecho fundamental lo impidieron. En concreto, una grave epidemia de tifus en 1914. Pese a algunas dudas iniciales, se achacó a la infección por filtraciones en las Aguas de Montcada. Sus fuentes fueron precintadas o esterilizadas  y SGAB procedió a instalar fuentes provisionales.

No obstante, valga el apunte al margen, lo cierto es que las enfermedades contagiosas eran frecuentes en aquella época e incluso impulsaron una evidente dispersión urbana de los que tenían la suerte de poseer una casa en las afueras y pasar allí al menos una parte del año. En este sentido, los bosques y montañas de Montcada –hoy ya dentro del área metropolitana- fueron un lugar privilegiado  para instalar las “colonias” y torres de las clases privilegiadas de Barcelona. Así lo recoge el ilustre crítico literario Juan Ramón Masoliver ( en el precioso artículo “De quan Montcada fou peonera”, traducido al castellano por Jesús Alegría):

Sin embargo, para mí lo más positivo de aquella institución de la “colonia” hay que buscarlo en el contacto íntimo que se establecía con el mundo rural (entonces aún había payeses, leñadores, carreteros y carboneros). Para los chicos de piso que éramos nosotros suponía el descubrimiento de una libertad auténtica y gratificante, la maravilla de potenciar al máximo los sentidos y la intuición, de aprender –con nuestros compañeros de juegos y aventura- el catalán, un catalán bastante más moldeable, flexible y rico que el de los condiscípulos en Can Culapi (cuando no nos vigilaban los padres). Un conocimiento del país y del talante de su gente, que más que en los meses de verano, nos vino de las estancias en fechas de Todos los Santos cuando el rigor climático (incluso el político), invita a la vida comunal. Y sobre todo cuando la terrible gripe de 1918, con las escuelas cerradas buena parte del otoño, y de nuevo el mes de marzo siguiente”.

**

3.-Ya antes de la guerra civil, el consumo de agua empieza aumentar de forma sostenida y SGAB se consolida. En gran medida, esta compañía va a protagonizar la generalización del sistema de circulación contínua de agua y el cierre progresivo de los pozos de agua limpia junto a las fosas de letrinas o excretas. Sin embargo, en la posguerra, una racha de restricciones y mal servicio fuerza el replanteamiento del problema del agua en Barcelona. Véase al respecto un fragmento del editorial de La Vanguardia de 29 de mayo de 1953, que casi podrían firmar los grupos municipales ahora dominantes:

Y el problema es urgente, repetimos, y no este gobernador y este alcalde, sino los que les sucedan, tendrán que pechar con las consecuencias terribles, acrecidas cada día mientras se van desvaneciendo, como acabamos de decir, las respectivas responsabilidades por este desastre urbanístico que es el que Barcelona, acaso la primera ciudad hoy del Mediterráneo y una de las más importantes de Europa, tenga sin resolver un problema que no es tampoco la cuadratura del círculo. ¡Áh!; pero hay que ir a fondo contra intereses privados que serían respetables si no se opusieran al interés público. Hay que descuajar todo un sentido financiero de un servicio público que en Barcelona se halla a merced de las bolsas y de las cotizaciones, sin que pese para nada en su estimación la necesidad primaria del vecindario a beber, a lavarse y a lavar. Respetabilísimas todas las Empresas que persigan un lucro lícito para el capital invertido. Nadie nos aventajará en el sentido reverencial hacia ese derecho de propiedad y de justa especulación. Pero, ¡cuidado!, porque en Barcelona se viene involucrando inveteradamente el respeto a la financiación de un servicio público o industria, con el más absoluto desprecio a la ciudad y a la higiene del vecindario. Y esto no puede continuar. Porque esto es una vergüenza para Barcelona abocada constantemente, no ya a la escasez de agua, sino a la explosión de una epidemia promovida por la falta y la mala calidad del preciado líquido.”

Y concluye que “El capital que se ha empleado en semejante explotación [del suministro del agua] está, en este caso, más obligado que nunca a saber sacrificarse”.

En el ejemplar periodístico citado se da cuenta de las gestiones realizadas al respecto por el Alcalde Simarro y por el gobernador Acedo Colunga (que aún tuvieron tiempo de asistir  al “Día de Cataluña” en la Feria Internacional del Campo, bajo la presencia de doña Carmen Polo de Franco y su hija). Alguna influencia tuvieron las conversaciones porque el 24 de junio del mismo año –1953– una Orden del Ministerio de Obras Públicas otorgó a SGAB la concesión para el aprovechamiento de 2200 litros por segundo del río Llobregat.

Ahora, se vuelve a hablar –sobre todo, a partir de esta sentencia- de reintentar la municipalización del servicio de agua y de la asunción –aunque no se sabe cómo- de las instalaciones y red de SGAB. El problema, no obstante, es ver quién y de qué forma le pone el cascabel al gato (bueno, si es que es necesario apalear al morrongo de las siete vidas).

Maquinaria original de la Central Cornellà.
Maquinaria original de la Central Cornellà.

 

 

 

 

 

 

 

 

CIMG0787

 

 

 

 

 

 

 

CIMG0781

 

 

 

 

 

 

 

 

***

 

 

 

 

 

 

Reflexiones sobre la sentencia de 9 de marzo de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre los acuerdos relativos al establecimiento y prestación del servicio metropolitano del ciclo integral del agua, con adjudicación de la gestión indirecta a una sociedad de economía mixta (III).

…      1.-SGAB pretendía aportar a la sociedad de economía mixta algunos elementos cuya valoración y justificación son rechazadas por el Tribunal. En concreto, una relevante estación de tratamiento y depuración de aguas (la ETAP  de Sant Joan Despí). Esta instalación es de titularidad de SGAB en virtud del título de 1953 y se usa “para el abastecimiento de agua en alta o aducción, que, como es sabido, incluye la captación, el alumbramiento y el embalse de los recursos hídricos, el tratamiento de la potabilización, el transporte por arterias y el almacenamiento en depósitos reguladores de cabecera de los núcleos de población”. Pues bien, estas operaciones, según la sentencia, quedan fuera del servicio público de suministro en baja que ahora desea gestionar el Área Metropolitana de Barcelona.

…      Tampoco puede entregar SGAB a la nueva sociedad de economía mixta un título concesional relativo a la distribución en baja, ya que no existe. Dicha entidad no tiene en su patrimonio ningún título concesional firme y, por tanto, no puede ser mesurado de cara a la constitución de la indicada sociedad. En realidad,  el Tribunal impone una global anulación de los criterios de cómputo tenidos en cuenta para instituir de manera justa  el ente de economía mixta.

*

…      2.-Es muy interesante el voto particular, formulado por el experimentado magistrado Alberto Andrés PEREIRA. En su argumentación, se afirma que la concesión demanial que fue otorgada a SGAB ya llevaba implícita la distribución domiciliaria del agua, de acuerdo con la Ley de Aguas de 1879. Es cierto que el servicio de suministro en baja no fue nunca municipalizado –no hubo publicatio–  y, por tanto, SGAB se limitaba a prestar una actividad privada sujeta a intervención administrativa.

     Añade, además, que sí se dan razones técnicas que impiden la licitación. En primer lugar, el hecho de que no se sabe de qué forma puede prestarse el servicio de abastecimiento domiciliario sin contar con los caudales que controla –legalmente- la SGAB. En segundo lugar el hecho de la presencia de una amplísima red de su titularidad. No parece adecuado ir a un sistema de doble red.

**

    3.- Ahora bien, advierte el magistrado discrepante, de la sentencia parece deducirse que la apertura a la competencia –impulsada como filosofía general por el Derecho comunitario- podría llevarse a cabo con la expropiación previa de los derechos de SGAB (sus caudales de agua obtenidos bajo concesión y sus redes de distribución). Sin embargo, “no existe ningún indicio de que la expropiación fuera asumible económicamente”. En realidad, esta china en el zapato –que es un enorme pedrusco- ya se ha revelado en otros momentos de la historia, como veremos mañana ya de forma concluyente.

***

 

Reflexiones sobre la sentencia de 9 de marzo de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre los acuerdos relativos al establecimiento y prestación del servicio metropolitano del ciclo integral del agua, con adjudicación de la gestión indirecta a una sociedad de economía mixta (II).

1.-Una de las tesis centrales de la sentencia es que la concesión de 1953 –con sus posteriores ampliaciones de caudal y su duración de 99 años- sólo legitima el aprovechamiento hidráulico, pero no el suministro domiciliario (que hoy suele denominarse “abastecimiento en baja”). Este último ya era de competencia municipal desde 1950 y luego pasó a ser de la entidad metropolitana. Ahora bien, las corporaciones locales competentes no procedieron a la publicatio del servicio ni otorgaron jamás ninguna concesión (aunque es verdad que, en las últimas décadas, hubo varios documentos preparatorios en ese sentido).

……El Tribunal considera que SGAB es un concesionario tácito del suministro y que el título que se le otorgó en 1953 tenía un carácter “provisorio”. Esto es, sujeto a un futuro ejercicio de la competencia local. El Estado le adjudicó esa posición, según se dice,  como medida práctica complementaria a la concesión del aprovechamiento de aguas superficiales (donde la competencia estatal sí estaba fuera de toda duda y de transitoriedad). Como vemos, pues, la sentencia viene a proclamar que la evolución normativa ha diluido la “equivalencia concesionario-distribuidor de la que partía la legislación decimonónica”.

Chimenea anexa al edificio de Amargós y absolutamente necesaria para la maquinaria originaria de vapor.
Chimenea anexa al edificio de Amargós y absolutamente necesaria para la maquinaria originaria de vapor.

*

2.-Los acuerdos impugnados del año 2012 establecían el servicio metropolitano de ciclo integral del agua, así como su “gestión mediante sociedad de capital mixto, bajo la modalidad de convenio con sociedad existente”. Para la creación de la nueva sociedad mixta, SGAB aportaba su título demanial de aprovechamiento de aguas y su estatus como abastecedor en baja (a los hogares). Ahora bien, ya hemos dicho que el Tribunal considera que esa posición es débil jurídicamente y la califica como “título limitado”, un discreto “concesionario tácito”.

**

3.-Aunque antes del 2012 no puede hablarse estrictamente de municipalización o metropolitanización del servicio, lo cierto es que el ente metropolitano (y supongo que previamente el Ayuntamiento de Barcelona) ejercieron con normalidad las competencias reglamentaria, tarifaria y de policía propias del titular del servicio. Por otra parte, SGAB fue operando como un auténtico y consolidado concesionario del suministro domiciliario (“en baja”), ya que ha llegado a construir, como dijimos, más de 500 km. de conducciones (la cifra, por cierto, me parece un poco baja, teniendo en cuenta los parámetros que operan en el área metropolitana, aunque es probable que se ciña sólo a un determinado tipo de tuberías).

En estas condiciones, no parece descabellada la idea del Área Metropolitana de Barcelona de justificar la excepción de licitación en el momento de instaurar el nuevo servicio de ciclo integral del agua y determinar su fórmula de gestión. Sin embargo, como veremos mañana, esto no convenció al Tribunal.

Las espectaculares turbinas (que todavía se ponen esporádicamente en funcionamiento con objetivos pedagógicos y culturales).
Las espectaculares turbinas (que todavía se ponen esporádicamente en funcionamiento con objetivos pedagógicos y culturales).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CIMG0780

 

 

 

 

 

 

 

CIMG0784

 

 

 

 

 

 

 

CIMG0785

 

 

 

 

 

 

 

***

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Reflexiones sobre la sentencia de 9 de marzo de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre los acuerdos relativos al establecimiento y prestación del servicio metropolitano del ciclo integral del agua, con adjudicación de la gestión indirecta a una sociedad de economía mixta (I).

…        1.-Cornellà de Llobregat (en la provincia de Barcelona) dispone de una interesantísimo “Museo Agbar de las Aguas”que es, parcialmente, una industria en funcionamiento, ya que sus instalaciones siguen cumpliendo funciones de extracción y distribución de agua. Destaca, en el conjunto, sin duda, el magnífico edificio modernista de José Amargós i Samaranch, a la vez equilibrado, funcional y elegante (véanse las dos primeras fotos). Según parece, hubo en Amargós una deliberada voluntad artística, que fue premiada con el diploma que le otorgó en 1909 el Ayuntamiento de Cornellà, en el marco de un programa de varias Corporaciones locales y asociaciones catalanas para condecorar las construcciones cuya creatividad iba más allá de lo estrictamente funcional.

…        El Museo ocupa parte del conjunto de la “Central Cornellà”, que fue una planta inaugurada en el año 1909 para extraer el caudal del acuífero del valle bajo del río Llobregat. Se trataba de una instalación fundamental para una Barcelona en expansión.

       El edificio al cual nos hemos referido acogía la maquinaria de vapor que impulsaba las bombas del pozo de extracción –denominado Fives-Lille– y, también, las grandes bombas de impulsión para llevar el agua a la ciudad. Posteriormente, el vapor sería sustituido por máquinas eléctricas.

Las tres naves de ladrillo de obra vista de Amargós

*

…  

… 2.-La elemental explicación previa es, desde una cierta perspectiva, uno de los elementos más discutidos en la sentencia que hoy comentamos. En concreto, la Sociedad General de Aguas de Barcelona  (SGAB) se había encargado del abastecimiento de la ciudad de Barcelona desde los primeros años del siglo XX (e incluso antes), principalmente con los recursos hidráulicos procedentes de aguas subterráneas. En el año 1953 se produce un cambio fundamental en su status, ya que el Ministerio de Obras Públicas le otorga una concesión de 2.200 litros por segundo del caudal del río Llobregat, durante  99 años. La concesión gozará de posteriores ampliaciones del volumen hídrico. Según concreta la sentencia, este aprovechamiento tenía como destino el abastecimiento de Barcelona y diversas poblaciones del cinturón urbano (cuya lista se fue ampliando).

En el marco de la citada concesión, la SGAB realizó varias obras, entre las que destaca la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) de Sant Joan Despí. En consecuencia, el titular de la mayoría del caudal obtenido para el posterior suministro a los hogares es hoy SGAB, gracias a los aprovechamientos obtenidos en concesión bajo la vigencia de la Ley de Aguas de 1879 (aunque es cierto que existen pozos e instalaciones complementarios). Además –y esto es un dato relevante- la red de abastecimiento a los municipios es de titularidad privada de SGAB (unos 500 km. de conducciones).

Otra vista del edificio

**

 …       3.-La ley de régimen local de 1950 impuso una alteración relevante en el esquema que hemos descrito. En concreto, “fragmentó la competencia” en dos niveles:

…        -La concesión demanial de aprovechamiento de aguas superficiales seguía siendo competencia del Estado.

…        -El municipio ostentaba la competencia sobre el abastecimiento domiciliario como servicio mínimo obligatorio.

Pou per a l'extracció d'aigües subterrànies del Llobregat, situat al lloc indicat a la fotografia anterior (Cornellà de Llobregat). És de fabricació francesa, de principis del segle XX i amb una curiosa influència de l'Art Déco.
Pozo para la extracción de aguas subterráneas denominado «Fives-Lille», situado en el Museo Agbar de las Aguas de Cornellà de Llobregat. Es de fabricación francesa, de principios del siglo XX y con una curiosa influencia del  «Art-Déco».

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sentencia de 9 de marzo de 2016.

***

 

 

Sobre bibliotecas y libreros.

…        1.-El reciente adiós definitivo de la bibliotecaria de la Universidad Autónoma Carme Farré Fiol me ha traído algunos recuerdos sobre la posición fundamental que ocupó su gremio hace ya muchos años. Lo anotaba Umberto Eco en su imprescindible Cómo se hace una tesis doctoral:

…        “Hay que superar la timidez; frecuentemente el bibliotecario os brindará consejos seguros que os harán ganar mucho tiempo. Habéis de pensar que (exceptuando los casos de directores demasiado ocupados o neuróticos) un director de biblioteca, especialmente si es pequeña, es feliz si puede demostrar dos cosas: la calidad de su memoria y de su erudición y la riqueza de su biblioteca. Cuanto más apartada esté del centro y menos frecuentada sea, tanto más le duele que sea desconocida. Una persona que pide ayuda hace feliz al director.”

 …       De un planteamiento muy diferente había partido mucho tiempo antes Pedro Salinas, en uno de sus capítulos de El defensor, dedicado a la lectura. Después de denunciar el lamentable y sórdido estado de las bibliotecas del primer tercio del siglo XX en España, enciende un “paréntesis panegírico de la biblioteca norteamericana” que, hace ya setenta y cinco años, disponía de las ventajas que hoy consideramos normales: amplias facilidades de préstamo, posibilidad de ver y tocar los libros en sus estantes (al menos, como regla general), amplios horarios, constante edición de guías de lectura…Inolvidable, por cierto, la descripción de una humilde biblioteca local:

…        “[…]no se me olvida la encantada sorpresa al llegar una noche, en automóvil, a un pueblito del Nordeste del país, todo nevado, de desparramado caserío, y reducido a casas de antiguo estilo colonial, en madera, y ver una, ni más grande ni más distinta de las demás, derramando luz sobre la nieve, por sus ventanas, toda encendida, como en fiesta, a las ocho de la noche. La Biblioteca Municipal, me dijeron. Parecía fábrica de cuento, morada de muñecas o seres imaginarios, allí toda luminosa, como término ansiado de ásperos caminos por los bosques de abetos.”

*

 …       2.-Algunos de mis lectores menos jóvenes que yo podrían explicar anécdotas de bibliotecarios que les dieron una pista clave. Aún me acuerdo de aquel bibliotecario “auténtico” (con una bata para evitar el polvo de los volúmenes) que, en una biblioteca ubicada en la Ciutadella, nos descubrió el Carreras Candi a unos muchachos despistados que esperábamos encontrar por allí alguna pista fundamental para un trabajo de historia del arte (el Carreras Candi es una especie de vademécum arquitectónico de Cataluña). Algo parecido me ocurrió luego con el Majada para los primeros embates con el Derecho Procesal. Por aquel entonces, aquella bibliotecaria conocía al claustro de la Facultad y a bastantes de sus alumnos…

**

  …      3.-Algo parecido ha ocurrido con las librerías. Hace unos lustros, una librería jurídica era un lugar relevante. Había libreros que eran pozos de ciencia. Aún tenemos por ahí, por cierto, a Ramón Martínez, de la Marcial Pons de Barcelona, que dice que lee todo lo que le va llegando (y yo me lo creo).

…        Mundos ya devastados por los buscadores informáticos. Ciertamente, nada que objetar ante la máquina sabelotodo pero, cuando la cosa se complica, me acerco por Provenza y comento “hola, Ramón, ¿sabes si hay algo de…?”

***

 

¿Quién teme a las periferias? (y II).

…      1.-“El número se divide en tres partes. La primera “Una strategie per le nostre periferie” reúne una quincena de trabajos sobra la condición de las periferias urbanas en Italia, en la que se señala, precisamente, la diversidad de las situaciones existentes y la imposibilidad de interpretar la condición de las periferias a través de aproximaciones reductivas. El segundo apartado, “Banlieues e ditorni”, recoge tres artículos sobre la situación de las periferias en París, Marsella y el caso escandaloso del campo de Dunkerke. Finalmente, en la tercera parte se pueden leer trabajos sobre las periferias en áreas urbanas tan diversas como Buenos Aires, Luanda, Nairobi, Domiz, Atlanta, Los Angeles y la megalópolis de Beijing. Este último apartado contiene asimismo dos contribuciones –de Andrea Ricardi y Gianni Valente- sobre la geopolítica vaticana respecto a las periferias urbanas, que presentan aspectos sugerentes e innovadores.

*

…      2.-En conjunto, la lectura de los  trabajos, aunque desiguales, resulta de gran interés. Desde el punto de vista del análisis se derivan, sobre todo, tres conclusiones: la inviabilidad (y el riesgo) de las visiones simplistas a la hora de explicar fenómenos urbanos, sociales y políticos extremadamente complejos; la constatación de que las lógicas de la política y de los fenómenos sociales obedecen hoy a geometrías no euclidianas, de tal manera que las viejas herramientas de análisis basadas sobre todo en actores como las naciones y los Estados resultan cada vez más limitadas; la importancia de combinar diversos niveles de escala –de los más altos a los más detallados- para la comprensión (y el tratamiento) de las dinámicas sociales y políticas de nuestras ciudades. A estas conclusiones podríamos añadir, incluso, la necesidad de dotarnos de los instrumentos adecuados para comprender cómo las dinámicas sociales se relacionan con las dinámicas urbanas.

**

…      3.-El análisis del origen de las problemáticas y de las potencialidades de las periferias resulta, pues, esencial desde dos puntos de vista: para comprender los procesos en  curso y para evitar las trampas y las simplificaciones (y las explicaciones malintencionadas). Pero no basta sólo el análisis: es precisa una política urbana (y social) de alcance europeo que permita conferir a todos los ámbitos de nuestras ciudades las condiciones de equidad y de dignidad urbana. La ciudad no es, seguramente, el origen de todos los problemas, pero su mejora puede contribuir a afrontarlos con mayores garantías de éxito.”

Terrassa (2015).
Terrassa, Barcelona  (2015).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

***

 

¿Quién teme a las periferias? (I)

Traemos hoy a este cuaderno la traducción al castellano de un artículo del blog amigo de Oriol Nel·lo, el reconocido profesor de Geografía (para el que desee leer la versión catalana, me remito aquí: ***). Este especialista lleva ya un tiempo llamando la atención sobre la cuestión de la desigualdad urbana. Para bien o para mal, lo cierto es que el tema ya ha entrado en la agenda política y será una de las claves de los años venideros. Ciertamente, la ciudad no crea la desigualdad, pero la materializa, la sitúa, la hace visible sin necesidad de aparato teórico.

Me he limitado, pues, a traducir al castellano su artículo, en la medida en que da cuenta de algunas pistas que se están planteando a nivel global. De hecho, parece que en Barcelona  está renaciendo el debate urbano en serio, abriéndose paso entre la demagogia que se  deshilacha  y el conformismo adormilado en sus indiscutibles éxitos.

 

«¿Quién teme a las periferias?

1.-Las periferias urbanas son, por definición, territorios que tienen escasa presencia en los medios. Como ya explicó hace años Joan Roca, en su trabajo sobre las periferias barcelonesas, estos espacios basan su condición no tanto en razones de carácter topológico como tipológico. En efecto, las periferias urbanas no se definen tanto por su posición alejada del centro, sino por sus características urbanísticas, arquitectónicas y, sobre todo, sociales.

Tal como hemos tenido ocasión de comentar otras veces, son los mecanismos de la segregación urbana los que llevan a los sectores sociales más desfavorecidos a concentrarse en los barrios en los que la vivienda es de peor calidad y las condiciones urbanas más deficientes. Son, justamente, aquellos que calificamos habitualmente como periferia. Así, desde el punto de vista social, los espacios periféricos, en ciudades como las nuestras, suelen responder a tres tipos de tejidos urbanos: barrios nacidos de procesos de urbanización marginal o poco regulada, desarrollos de vivienda en masa (construidos sobre todo en los años sesenta y setenta del siglo pasado) y núcleos históricos degradados. En este último caso, se da la paradoja de que el centro topológico se ha convertido en periferia social.

DSCN0016

*

2.-Como decíamos, la presencia de estas áreas en el imaginario urbano suele resultar muy escasa. Sólo se les suele prestar atención en ocasión de delitos o accidentes, lo cual contribuye, todavía más, a estigmatizarlas y a empeorar su imagen. En los últimos meses, los actos de extrema violencia que han ocurrido en diversas ciudades europeas (París, Bruselas) han venido a confirmar esta tendencia general. En este caso, sin embargo, la atención procede del ámbito de la política internacional, que en principio tiende a ocuparse muy poco de las dinámicas urbanas y de sus consecuencias sociales. Esto no ha sido obstáculo para que, también esta vez, buena parte de los análisis sobre las causas de los hechos hayan pecado de un notable determinismo espacial: como si la condición periférica de las banliueues parisinas o de algunos barrios de Bélgica fuera suficiente para explicar el origen de unos hechos que atemorizan a la sociedad europea.

DSCN0010

**

3.-Estas interpretaciones reduccionistas no sólo hacen imposible comprender las causas de los problemas, sino que también tienen el efecto particularmente negativo de contribuir a extender la desconfianza genérica hacia las periferias urbanas y hacia los que viven en ellas. La conexión de estas percepciones con la xenofobia y el racismo resulta bastante evidente y se ha expresado de manera desnuda con motivo de la crisis de los refugiados que ha removido la sociedad europea. En este contexto,  ha de celebrarse que Limes, la prestigiosa revista italiana de geopolítica, haya dedicado de manera monográfica su último número precisamente al tema de las periferias urbanas (Indagine sulle periferie, Limes. Rivista Italiana di Geopolitica, 4/2016).«

***