La aceptación del propio destino

Foto: «El cine viene al pueblo» (Eugen Helig, 1927, recogido por El Mundo*)

                Tanto la letra del original francés como de la versión española son magníficas. Sin embargo, con permiso de mis amigos franceses, opino que la cadencia que le da Paco Ibáñez se adapta mejor al duro mensaje existencial que transmite la canción. Martín cava la tierra, cava su tiempo y cava incluso su propia tumba como deberes imperiosos. Pero no es el hombre derrotado en un oficio que fracasó, como le ocurrió por ejemplo al viajante descrito por Arthur Miller. Martín asume la severa consigna de su existencia, pero afronta cada día con una dulce canción en los labios. Con valor y con coraje. Sin desfallecer, sin celos y sin maldad. Apurando hasta el final el cáliz de lo que va viniendo.

            Es cierto que una lectura superficial nos llevaría por los laberintos de la crítica social –los campos no son suyos y el resultado final no se aparta de la miseria- . Pero ese enfoque se oscurece ante el impresionante dictado interno que ejecuta Martín. El sentimiento del deber, el amor a lo que viene, la misión de los proletarios…tan extraños como un gramófono en los tiempos de hoy.

***

[Acompaño letra y música de las versiones francesa y española]

Pauvre Martin (G. Brassens)

.

Avec une bêche à l’épaule

Avec, à la lèvre, un doux chant

Avec, à la lèvre, un doux chant

Avec, à l’âme, un grand courage

Il s’en allait trimer aux champs

.

Pauvre Martin, pauvre misère

Creuse la terre, creuse le temps

.

Pour gagner le pain de sa vie

De l’aurore jusqu’au couchant

De l’aurore jusqu’au couchant

Il s’en allait bêcher la terre

En tous les lieux, par tous les temps

.

Pauvre Martin, pauvre misère

Creuse la terre, creuse le temps

.

Sans laisser voir, sur son visage

Ni l’air jaloux ni l’air méchant

Ni l’air jaloux ni l’air méchant

Il retournait le champ des autres

Toujours bêchant, toujours bêchant

.

Pauvre Martin, pauvre misère

Creuse la terre, creuse le temps

.

Et quand la mort lui a fait signe

De labourer son dernier champ

De labourer son dernier champ

Il creusa lui-même sa tombe

En faisant vite, en se cachant

.

Pauvre Martin, pauvre misère

Creuse la terre, creuse le temps

.

Il creusa lui-même sa tombe

En faisant vite, en se cachant

En faisant vite, en se cachant

Et s’y étendit sans rien dire

Pour ne pas déranger les gens

.

Pauvre Martin, pauvre misère

Dort sous la terre, dort sous le temps

*

Pobre Martín (versión cantada por Paco Ibáñez, con adaptación de Pierre Pascal)

.

Con una azadilla al hombro

y en la boca un dulce cantar

y mucho valor en el alma,

se iba al campo a trabajar.

.

Pobre Martín, pobre miseria,

cava la tierra sin descansar.

.

Sin poner buena o mala cara,

sin tener celos ni rencor,

labraba los campos ajenos

cavando siempre con ardor.

.

Pobre Martín, pobre miseria,

cava la tierra sin descansar.

.

Y cuando le avisó la muerte

que por fin llegaba al final,

abriéndose la propia tumba

ganó su último jornal.

.

Pobre Martín, pobre miseria,

cava la tierra sin descansar.

.

Abriéndose la propia tumba,

ganó su último jornal,

y se tumbó sin decir nada,

él no quería molestar.

.

Pobre Martín, pobre miseria,

cava la tierra sin descansar.

*

Murray on gender, race and identity theories (and II)

            1.-The process of taking apart followed curious paths. For instance, this strange transformation, specially developed by Judith Butler:

            -Starting point: there were two different sexes.

            -After, they suggested that there were two different genders.

            -Gender was not real, but merely a “social construct”.

            -So, “gender itself is nothing more than a “reiterated social performance”.

            But that only was the first part. The second step was, in Peggy Mcintosh words, “raise our daily consciousness” on the nature of privileges (for instance, White Privilege) and, finally, redistribute these powers.

*

            2.- The last relevant author is, in fact, a couple: Ernesto Laclau (who died in 2014) and Chantal Mouffe. According to them, the “class struggle” is not enough to deal with the new political subjects that have clearly anti-capitalist character: women, national, racial and sexual minorities, anti-nuclear and anti-institutional movements, etc. They are obscure about how to find a way through those movements and their contradictions. But “one thing they are clear about is the utility for the socialist struggle of “new social movements” such as the women’s movement”. So, “is needed to bring all these movements under one umbrella: the umbrella of the socialist struggle”.

            In conclusion, they want organise in a more complex way the fight against capitalist, sexist, patriarchal and racist society. Certainly, working class has shown itself to be flabby and a bit lazy in the final fight:

            “Laclau and Mouffe were explicitly setting out to try to find, or create, a new class of “exploited person”. The working classes may have been exploited but they had been unable to recognize the fact, had let down their theoreticians and had generally failed to follow the path of progress that had been laid out for them. For Laclau and Mouffe this progress was obvious, winding through the Second International, the Leninist breach, the Cominterm, Antonio Gramsci, Palmiro Togliatti and the complexities of Eurocommunism. But not everyone had followed them on that. In any case the disappointing workers could now be, if not replaced, then at least added to”.

            These new groups cover a wide range of conflicts: feminism; ethnic, national and sexual minorities; ecology; the anti-nuclear movement; social struggles in countries on the capitalist periphery…But they give a new energy “towards more free, democratic and egalitarian societies”.

            With all these ideas, it’s easy to see a lot of contradictions and mistakes. We are going to examine them.

*

            3.-Murray  begins with his priceless irony: “Marxists have always rushed towards contradiction”. Remind the popular sentence: let’s ride the contradictions. Some of them are very uncomfortable. For instance, he recalls that feminist studies consider that victims of sexual abuse should be believed. However, when the accused is a colleague in the movement, the orientation changes (this is the famous case of Avital Ronell in 2017).

            That would be, perhaps, a forgivable fault. Humans are unfair. But the problem is deeper when Murray notes that “the purpose of large sections of academia had ceased to be the exploration, discovery or dissemination of truth”. In conclusion:

            “The purpose had instead become the creation, nurture and propagandization of a particular, and peculiar, brand of politics. The purpose was not academia, but activism”.

            Of course, this knowledge was not science, “not even politics, but more like magic”. In short: a masquerade.

            The three final pages (60-63) are spectacular. Murray pricks with his sword in the camouflage practiced by these authors. They are really obscure (I have suffered this!) and “their work is unreadable”. You can roar with laughter thanks to funny examples from Judith Butler and others.

            Murray adds that they need this simulation to hide something. Scholars also accompany their papers with a reiterative and circular bibliography. The result is an argot full of clichés and a repeated sanctuary of authorities. A lot of frauds have been able thanks to its disastrous language and scientific mistakes. You can have fun with some real examples: the study entitled “The Conceptual Penis as a Social Construct” (an academic paper written as a hoax and presented seriously and published in 2017), “Human Reactions to Rape Culture and Queer Performativity at Urban Dog Parks in Portland, Oregon” (published in a journal of “feminist geography”), etc.

¿Cuál es el origen de la expresión ‘armarse una trifulca’?

(Source:here).

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Murray on gender, race and identity theories (I)

            1.-Douglas Murray studies «The Marxist Foundations» of the new movements about gender, race and identity on pages 51-63 of his book «The Madness of Crowds: Gender, Race and Identity» (2019-2020). To begin with, he notes the change of target:

            “Just as Marxism was meant to free the labourer and share the wealth around, so in this new version of an old claim, the power of the patriarchal white males must be taken away and shared around more fairly with the relevant minority groups”.

            Murray then reminds us that we are dealing with a genuine ideology. Certainly, “this new ideology was not taken especially seriously by its opponents”. What was the reason? : “Some of its claims seemed so laughable, and its inherent contradictions so clear, that coherent criticism was almost absent”.

            But, at the end, these new ideas about gender, race and identity –approximately the famous “woke culture”-, effectively work as an ideology which, like any other, “provides a lens for understanding the world and a purpose for an individual’s actions and life whitin the world”.

*

            2.-What is the main trend in the formation of these ideas? Probably you know the answer. It is very clear the footprint of Marxist and post-Marxist authors. Firstly, Michel Foucault and his “monomaniacal lens” of power:

            “From Michel Foucault these thinkers absorbed their idea of society not as an infinitely complex system of trust and traditions that have evolved over time, but always in the unforgiving light cast when everything is viewed solely through the prism of “power”.”

            I am witness, in the field of urban planning, to the often ridiculous research to detect a male power that is organising the city and its smallest details. Murray reacts: “Of course power exists as a force in the world, but so do charity, forgiveness and love”. By the way, this distorting prism allows us to understand another of the slogans of this movement: “the personal is political” (the unfortunate motto popularised by Carol Hanish).

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            3.-But not only Foucault and Marx are the well-known parents. We find too Antonio Gramsci, from which they absorbed his “notion of culture as a “hegemonic force” the control of which is at least as important as the working class”. And from Gilles Deleuze they take the idea that “the role of the individual is to see through and undo the web that the culture you were born into has wound around you”. This is the final result, with appropriate irony from Murray:

            “And always and everywhere is the aim –taken from French literary theory- to “deconstruct” everything. To “deconstruct” something is as significant in academia as “constructing” things in the rest of society. Indeed, it is one curiosity of academia in recent decades that it has found almost nothing it does not wish to deconstruct, apart from itself”.

            I would say that there is a peculiar coincidence between the obsession with deconstructing and the obsession with the transversal analysis of all public policies (advocated by feminist mainstream since the Beijing summit, 1995).

Herramientas específicas para demoliciones de edificios

(Source:here)

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Kelsen en Granada ( y II).

«Dos años antes en 1954, la Universidad de Salamanca le había otorgado tal distinción, junto con otros juristas y científicos, con ocasión de su VII Centenario. En el acto de investidura, al que Kelsen no asistió, se otorgó la misma distinción al General Franco. Que Kelsen fuera “condenado y al mismo tiempo honoríficamente distinguido […] nos introduce de lleno en las contradicciones de nuestra historia necesitadas de interpretación” (Vega López, 2015).  Para conmemorar su VII Centenario –que realmente se había cumplido en 1918 si tenemos en cuenta que la creación de los estudios salmantinos por Alfonso IX tuvo lugar en 1218, aunque la concesión del título de Universidad por Real Cédula de Alfonso X el Sabio hubiera de esperar a 1254– la venerable Universidad salmantina concedió 19 doctorados honoris causa. Uno de ellos a Franco y los 18 restantes a distinguidos representantes de diversas ciencias, siendo mayoría –siete- los pertenecientes al mundo del derecho. Al acto celebrado el 10 de mayo de 1954 solo acudieron 10 doctores extranjeros. Los  ocho restantes fueron proclamados doctores en ausencia. Entre ellos, cinco eminentes juristas: Antonio Cicu, Felice Bataglia, Francesco Carnelutti, Alfred Verdross y el propio Kelsen.

Kelsen se negó a participar en un acto de acusado carácter propagandístico del régimen de Franco –y singularmente de ensalzamiento del dictador en lo que puede considerarse una de las páginas más vergonzosas de la universidad española- pero no rechazó la distinción y ello explica su interés –dos años después- por obtener el título acreditativo. Desde la perspectiva de Kelsen, la aceptación del título en modo alguno implicaba un compromiso con un régimen que, como demócrata, es de imaginar que repudiaría. Al fin y al cabo, Salamanca es una de las cuatro universidades más antiguas del mundo y en 2008 le retiró la distinción al dictador. En este contexto, lo relevante es subrayar que en abril de 1954 Kelsen se encontraba en Aix-en-Provence donde, como hemos visto, fue nombrado miembro honorario del Instituto de Derecho Internacional y fácilmente podría haberse desplazado esos días a Salamanca para asistir al acto de investidura. Pero quiso evitar coincidir con el General Franco y, sobre todo, se negó a  legitimar con su presencia el vergonzoso homenaje al personaje que representaba la negación de los principios de libertad y democracia que siempre defendió.

Un apunte adicional para cerrar el episodio. El reconocimiento a Kelsen tiene una explicación. Su artífice fue el entonces ministro de Educación, Joaquín Ruiz Jiménez, Catedrático de Derecho Natural y Filosofía del Derecho. Ignoramos si bajo la influencia de Legaz, el discípulo de Kelsen que –a diferencia de Recasens– apoyó el alzamiento de 18 de julio de 1936 y encontró acomodo en la Universidad franquista. En todo caso, Ruiz Giménez conocía bien el prestigio y la autoridad de Kelsen y, a pesar de que las teorías del fundador de la Escuela de Viena por positivistas, liberales y ateas se encontraban en las antípodas del iusnaturalismo católico tradicional impuesto como dogma de fe en la universidad española, en una hábil jugada que combinaba el aperturismo con el oportunismo, incluyó su nombre en la nómina de los finalmente elegidos para convertirse en doctores honoris causa.”

 

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Kelsen en Granada (I)

Francisco Franco recibió el doctorado honoris causa por la Universidad de Salamanca el 17 de mayo de 1954. Formaba parte de una lista de 19 galardonados con el mismo título, entre los que se encontraba Hans Kelsen. Me entero de esta peripecia mientras leo, en estos días, el magnífico libro de Josu de Miguel Bárcena y Javier Tajadura Tejada, Kelsen versus Schmitt. Política y derecho en la crisis del constitucionalismo (2018).

Creo que  esto ocurrió justamente en el mismo paraninfo en el que, unos años antes, se vivió el famoso rifirrafe entre Unamuno y Millán Astray (con una interesante intervención de José María Pemán, por cierto). Pero, en fin, una cosa son las grandes declamaciones y otra los trámites menores de la vida, que es a lo que apunta el fragmento que hoy transcribimos, tomado del libro citado. Obsérvese la relevancia –dentro de su modestia, claro- que tuvo el Congreso de 1956 en Granada, de cara a la consolidación internacional del régimen, que se aceleró en aquellos años por diversos motivos, ampliamente conocidos.

Siguiendo nuestra forma habitual, subrayamos en negrita algunos aspectos del texto, que –dada su extensión- dividiremos en dos partes. Acompañamos también el documental No-Do perteneciente al acto de 1954 y el enlace con el diario ABC de 15 de abril de 1956.

Kelsen estuvo en España en dos ocasiones. La primera, en mayo de 1940, fue una visita fugaz: la ya aludida escala en Barcelona para embarcarse hacia el exilio vía Lisboa. La segunda ocasión fue en abril de 1956. Entre los días 11 y 20 de abril de 1956 tuvo lugar en la Universidad de Granada la XLVII reunión del Institut de Droit International. El Instituto es una sociedad científica de carácter no gubernamental que celebra encuentros bianuales en distintas ciudades para no vincularse a ningún país en concreto. Su objetivo último coincide con una de las ideas claves del pensamiento de Kelsen: el logro de la paz a través del derecho. A la reunión de Granada acudieron 67 de los 117 miembros que entonces lo integraban. Procedían de los cinco continentes, aunque predominaban los representantes de los Estados europeos. Kelsen había sido nombrado miembro honorario del Instituto en su sesión anterior –celebrada en abril de 1954 en Aix-en-Provence– como representante de los Estados Unidos y en su condición de tal acudió al encuentro granadino. Evento que tuvo una gran importancia para la Universidad, para la ciudad, y para el régimen franquista.

La reunión fue presidida por José María Yanguas, Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Central de Madrid que, en su discurso inaugural, se remontó a la escolástica clásica española para recordar a un ilustre granadino, Francisco Suárez, y reivindicar la fundamentación iusnaturalista del derecho internacional. “Ningún Estado se basta a sí mismo” había advertido Suárez en los comienzos del siglo XVII, anticipándose así tres siglos a nuestro tiempo, afirmó Yanguas en un discurso cuyo objetivo era contribuir a la estrategia de integración internacional del franquismo. “No sabemos –escribe Vega López– cómo pudo resonar a oídos de Kelsen, allí presente, esa inflamada vocación del fundamento iusnaturalista del Derecho Internacional […] pero es fácil de imaginar: como una doble contradictio in adiecto” (Vega López, 2105). Lo que sí se puede comprobar es que Kelsen no intervino en los debates y que solamente emitió un voto (afirmativo) en la primera de las propuestas sobre un asunto de Derecho Internacional Privado. No estuvo presente en ninguna de las seis últimas sesiones y tampoco asistió a la jornada de clausura. Su presencia fue más bien testimonial como correspondía  a su condición de miembro honorario y, probablemente, abandonó Granada después del 16 de abril. El domingo 15 de abril el diario ABC publicó una entrevista suya en la que se presentaba como “tratadista jurídico de renombre mundial y fundador de la llamada Escuela de Viena” (ABC, 15 de abril de 1956).

En todo caso, lo más significativo de aquella visita es que fue aprovechada por nuestro autor para interesarse ante las autoridades académicas franquistas por el título que lo acreditaba como doctor honoris causa por la Universidad de Salamanca (Vega López, 2015). Se trata de un episodio poco conocido y que merece la pena reseñar.»

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«Spanish Inquisition»…a estas alturas.

1.-Traemos hoy a este cuaderno una atinada reflexión de José María Macías sobre el ya famoso editorial de The Times respecto al inminente juicio en torno a los hechos del otoño de 2017 en Cataluña. Su título es “The Times view on the trial of the Catalan 12: Spanish Inquisition”. Llama la atención, como señala el autor, la entrada en tromba –Spanish Inquisition– comparada con el sensato empirismo inglés que luego se observa en el cuerpo del texto, describiendo lo ocurrido con pocas manías y dando algunos consejos políticos casi protocolarios. La sorpresa es, pues, el manido recurso a la Leyenda Negra, ese viejo animal de carga.

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2.-Sería demasiado largo discutir ahora sobre las bases de ese mito. Ya lo han hecho con gran precisión Elvira Roca Barea o Stanley G.Payne, entre muchos otros. En cierto modo, la construcción del invento a partir de verdades, medias verdades y mentiras descaradas era casi inevitable en el combate contra el Imperio dominante, especialmente si la propaganda la alentaba la gran potencia rival, la Pérfida Albión (para seguir con el antiguo enredo).

Lo curioso, no obstante, es la fuerza con la que el trampantojo se instaló, especialmente en la Gran Bretaña. En la educación media de un inglés, es un género más o menos habitual. De ahí la facilidad de la tinta gruesa del Times.

El espécimen tiene varias patas. Sintetizando mucho, la más paleta sería la que atribuye a los españoles –especialmente, a los castellanos- un carácter cruel y traicionero. Fue, quizá, la que más se hizo correr por los cronistas ingleses, ya desde las luchas en los Países Bajos y, en general, durante las pugnas en torno a los territorios y las rutas americanos.  Curiosamente, se ha querido ver en alguna ocasión un antecedente en la propaganda antiaragonesa y, específicamente, anticatalana,que algunos escritores italianos cultivaron en la Italia de los siglos XIV a XVI, aunque lo cierto es que predominó la admiración por los gobiernos hispánicos, como podemos ver en el mismo Maquiavelo con respecto a Fernando el Católico.

Una segunda patita es, con serio ceño, más institucional, y se ceba en los procesos de la Inquisición y sus tormentos. Aquí el flan se ha ido deshaciendo porque, en lo que  respecta por ejemplo a la brujería, parece que en España no se llegó a las cincuenta personas quemadas brutalmente en la hoguera, mientras que el Reino Unido alcanzó las mil y el protestantismo alemán se disparó hasta las 25.000 (***).  También aparecen por aquí las persecuciones religiosas, aunque los esfuerzos ibéricos ni de lejos se acercaron, por ejemplo, a los métodos y resultados de  la noche de San Bartolomé ( y los días posteriores al 23 y 24 de agosto del aciago 1572 en suelo francés).

Existe, en fin, un fragmento de la leyenda negra que apunta a la intolerancia política e ideológica hispánica. Ahí el inglés medio se viene arriba y puede citarte desde Locke hasta las sesiones de control del Parlamento, pasando por el Speakers’ Corner. Desde luego, la cosa tiene sus matices porque no quiero ni imaginar lo que hubiera ocurrido si una autoridad pública del Reino Unido de la Gran Bretaña proclama por dos veces en un mes la independencia de alguna parte de su territorio (y con ello no entro en la calificación jurídica de las declaraciones y hechos que –eso sí- compete al Tribunal Supremo). El artículo que transcribimos, por cierto, también hace alguna referencia indirecta a esta paradoja.

Por supuesto, todos estos tópicos son observados con una sonrisa por los historiadores serios y son ignorados por un gran número de los dirigentes británicos. Baste citar a M. Thatcher que, en su fundamental discurso del Colegio de Europa en Brujas el 20 de septiembre de 1988 –Let Europe be a family of nations– elaboró un mensaje sin complejos en favor de la exploración, colonización y civilización de todo el mundo que habían acometido los europeos y plasmó su peculiar programa para el continente:

Europa será más fuerte precisamente porque tiene a Francia como Francia, a España como España y a la Gran Bretaña como la Gran Bretaña, cada una con sus propias costumbres, tradiciones e identidad. Sería una locura intentar ahormarlas dentro de una especie de  retrato robot de la personalidad europea.”

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3.-Por puro azar, cayó en mis manos hace unos años uno de los ejemplos contemporáneos de los restos –un tanto desvaídos- de la Leyenda Negra. Se trata del magnífico y delicioso libro de sir E.H. Gombrich, A little history of the world, en la versión inglesa que él mismo preparó (había escrito en alemán un exitoso volumen en el año 1936 y, ya plenamente integrado justo desde ese año en la vida y la cultura inglesas, se atrevió con el ya definitivo texto en esa lengua, que fue publicado en el año 2005 gracias al impulso final de Caroline Mustill). Es un libro divulgativo y sintético, como el mismo autor avisa, y –justamente por eso- es más útil a nuestros efectos.

Por sus páginas aparece la cruel y sanguinaria codicia de Hernán Cortés, aunque no explica por qué 150 soldados (en realidad, fueron dos o tres centenares más), una tropa de caballería  de unas pocas decenas y algunos cañones conquistaron las tierras mejicanas. Algo alude, es  cierto, a los sacrificios humanos que tanto agradaban a los sacerdotes aztecas, pero pone el centro de todo lo ocurrido en la astucia y violencia de Cortés (luego irían viendo los historiadores que la clave quizás estuvo en los amplios apoyos indígenas que, entre pactos y traiciones, fue logrando el extremeño para dar más empuje a su puñado de aventureros).

Mejor parados quedan Isabel la Católica y Felipe II, pero la cosa se vuelve a complicar con la descripción de los miles de personas quemadas en la hoguera por herejía (la cifra es, desde luego, elevada, pero el debate numérico entre los historiadores parece más moderado). En fin, el ejemplar cayó en mis manos gratuitamente en Brighton, entregado por uno de los 20.000.- voluntarios de la cultura que lo difundían a causa de su previa selección como uno de los libros de la World Book Night de 23 de abril del 2013.

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«Spanish Inquisition»…a estas alturas.

José María Macías.

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Plan Anual normativo de la Administración General del Estado para el año 2018 (Javier Fuertes).

 …En este cuaderno hemos analizado en alguna ocasión la nueva regulación de la planificación normativa. El artículo de Javier Fuertes en Legal Today nos llama la atención sobre sus primeras concreciones, un poco redactadas -según parece- con el optimismo del adolescente que empieza un nuevo año (y sin valorar, por cierto, lo que supone para el Ejecutivo su situación evidente de debilidad parlamentaria). El problema es que, si se cumple, será un año complejo para la seguridad jurídica y, si no se cumple, implicará el descrédito de los planes anuales normativos, justo en el año de su nacimiento.

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«Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para el año 2018«

12 de Diciembre de 2017

Las 20 normas que (más) pueden preocupar a los que nos dedicamos al mundo (cada vez más complicado) del Derecho

Javier Fuertes,
Abogado

1.-Se supone que el orden produce tranquilidad y que la planificación es el instrumento por medio del que debe de manifestarse ese orden, razones por las que el Consejo de Ministros ha procedido, en su reunión del 7 de diciembre, a la aprobación del Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para el año 2018.

Y es que el art. art. 25.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Organización, Competencia y Funcionamiento del Gobierno (en la redacción recibida de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, LRJSP/2015) dispone que «el Gobierno aprobará anualmente un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legislativas o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente«.

Se trata de algo nuevo (es la primera vez que se hace) y que, en este caso, consiste en un documento de más de cien páginas en las que se pretende dar cuenta de los cambios e innovaciones normativas que se avecinan. En resumen, que nos vayamos preparando para recibir 287 nuevas normas (9 Leyes Orgánicas, 37 Leyes ordinaria y 240 Reales Decretos).

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2.-De todo ese maremágnum normativa (y a riesgo, no menor) de hacer balance de lo que más pudiera afectar a los profesionales jurídicos no atrevemos a aventurar las siguientes:

1)      Se nos dice que se va a promulgar (Real Decreto) el nuevo Estatuto General de la Abogacía

2)      … y que también va a ver la luz la modificación del Real Decreto por el que en su día (allá por el año 2003) se aprobó el Arancel de Derechos de los procuradores de los Tribunales.

3)      Se nos habla de la aprobación, con el necesario rango de Ley Orgánica, de una norma que suponga la regulación del derecho a la defensa, con el objeto de desarrollar el derecho fundamental a la defensa en aquellos aspectos comunes a todas las jurisdicciones, consagrando en norma con rango de ley algunas de las previsiones que se contienen en la Carta de Derechos del Ciudadano ante la Justicia

4)      Se asegura que el próximo año se van reformar tanto la Ley como el Real Decreto que regula el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador (y bueno es recordar que no hace demasiado que se promulgó la Orden Orden PRA/696/2017, de 25 de julio, por la que se convoca la segunda prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2017, y por la que se daba nueva forma y contenido a es aprueba de acceso)

5)      En cuanto al proceso civil se va a proceder a su modificación tanto, y de un lado, en materia de ejecución, agilización de procedimientos e impulso de la mediación, como, y de otro, en materia de discapacidad.

6)      Sobre el Código Civil (materia tan pacífica como inmóvil en otros tiempos) se nos advierte de la modificación con el objeto de llevar a cabo la modernización en materia de obligaciones y contratos.

7)      Modificación del texto refundido de la Ley General para a defensa de Consumidores y Usuarios.

8)      Promulgación de un real Decreto de desarrollo de la ley de Crédito inmobiliario con el que trasladar la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de febrero de 2014 sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial

9)      Un nuevo Código Mercantil con las normas generales de las obligaciones y contratos mercantiles

10)   Reforma del Código Penal, eso sí, limitada (en principio) a la transposición de Directivas de la Unión Europea sobre sanciones penales por abuso de mercado y lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea, aunque se advierte que se pretende aprovechar la ocasión para añadir algunas pequeñas reformas por déficit de transposición anterior y, finalmente, depurar el texto de pequeños errores con referencias obsoletas o inadecuadas, que se venía arrastrando tras diversas reformas de gran calado.

11)   Una nueva ley de Enjuiciamiento Criminal (bueno, alguna vez tendrá que ser la defintiva).

12)   Una Ley Orgánica sobre el tratamiento de datos personales para fines policiales y judiciales penales

13)   Una nueva Ley Orgánica  General Penitenciaria, por aquello de los importantes cambios producidos en el perfil de la población reclusa durante estos años, con la aparición de nuevas formas delictivas, como la llamada «corrupción política» y el terrorismo yihadista, los avances tecnológicos, las nuevas aplicaciones informáticas que conllevan a un modelo de administración electrónica, hacen necesaria una adaptación de la legislación penitenciaria a esta nueva realidad

14)   Modificación tanto de la Ley de prevención del blanqueo de capitales como de su Reglamento

15)   Aprobación de un nuevo Estatuto del Ministerio Fiscal

16)   Modificación de la Ley Orgánica de Extranjería

17)   Modificación de la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género

18)   Promulgación de una Ley sobre la seguridad y sistemas de información

19)   Promulgación de un Decreto sobre accesibilidad de los sitios Web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público

20)   Y dos leyes de Presupuestos Generales del Estado

Y muchas cosas más, como la modificación de la Ley de Sociedades, y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, y del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y navegación aérea, y propiedad intelectual, y marcas, y servicios electrónicos, y energía, y cooperativas de crédito, y del Mercado de Valores, y de resolución extrajudicial de conflictos en el ámbito financiero, y seguros, y fondos de pensiones

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3.-En definitiva, que de cumplirse lo que prometen se avecina una tormenta normativa como la que asoló nuestro ordenamiento jurídico en otoño del 2015. Vamos, que no sé yo si eso de la planificación (normativa) transmite mucha paz y sosiego… aunque siempre queda la esperanza (cuando no seguridad) de que nuestro legislador no encuentre tiempo para llevar al BOE tantas reformas como se nos anuncian.

Y como no les niego que, en el fondo, creo que  en este plan hay bastante de ciencia ficción, lo que me recuerda la frase del maestro del género (Isaac Asimov) cuando afirmaba que para tener éxito, la planificación sola es insuficiente, uno debe improvisar también. No parece un mal consejo para legislador.

 

Restauración Biblioteca Nacional de Francia.Atelier Bruno Gaudin+Virgnie Bréga.

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Fuente: ***.

 

Ceguera legal

1.-Estimados lectores: quería comentarles hoy mismo la reciente Ley catalana de la arquitectura, que fue publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del jueves 13 de julio. Ayer viernes intenté varias veces su  lectura en la página oficial, que puede consultarse aquí: ***. Era imposible. Pensé que se trataba de un error de mi ordenador pero, a medida que pasaban las horas, me di cuenta de que era un fallo de la web. Lo mismo ocurría con el Portal Jurídico de Cataluña, que reenviaba su señal al DOGC, con lo cual el bloqueo se mantenía gracias al bucle (creo que lo llaman así, no sé).

Hoy el vacío persiste y me lo han confirmado algunos amigos y familiares. Lo mismo  pasa desde el teléfono móvil, lógicamente. Uno, en su ignorancia informática suprema, respeta siempre  profundamente los avisos de “web en obras” o similares. Pero nada de eso aparece en la pantalla. En realidad, lo único que ha podido consultarse en las últimas cuarenta y ocho horas es el último Diario Oficial, que incluye los cambios del gobierno catalán. Esto me tranquiliza enormemente.

Cuando se le solicita a la página el contenido del número del jueves -o de cualquier otro día de cualquier año-, aparece lo siguiente:

2.-En definitiva, en los últimos dos días no ha sido posible, según parece, la consulta del DOGC (salvo el  número del viernes, como he dicho). Dado el elevado nivel que ustedes ya conocen en este cuadernillo, me voy a morder la lengua y no voy  a aludir a los fastos que se nos anuncian (parece que esto comenzaba en septiembre, “un cop tornem de Palamós ho enllestim”, pero ahora no sé si ya han puesto el tráiler). Además, soy un hombre moderno y pienso ¿Y si miro el twitter del dogc? Seguro que tiene un twitter, claro. Y, en efecto, aunque no hay ningún sumario oficial y me pierdo entre nubecitas de opiniones y tweets de Shakira y de viajes de «El Corte Inglés», encuentro la referencia de una «redirección»:

http://m.gencat.cat/mobi_dogc/AppJava/pages/Content.htm?numDOGC=7411&versionId=1625068&dateDOGC=13.7.2017&contentId=792545&viewportWidth=768&viewportHeight=768

Ya  está, no hay nada como tener recursos. Los principios del art.9.3 de la Constitución son eso, hombre, un tweet. Lástima que la página a la que me remite se denomina alegremente “Generalitat de Catalunya. Gencat. Mobi”. En modo alguno se beneficia, pues, de la sagrada mención que aparece en la web auténtica del DOGC:

El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya se publica diariamente de lunes a viernes no festivos, en dos ediciones en catalán y en castellano. La Ley 2/2007 del Diari Oficial establece el carácter oficial y auténtico del DOGC digital.”

3.-Bromas aparte, esta publicación inexistente durante dos ( o quizá más) días plantea problemas muy delicados. Por ejemplo, si la norma tiene vacatio legis, ¿está transcurriendo, pese a no ser consultable? ¿Cabe presumir que la publicación no se produjo el jueves si en las últimas cuarenta y ocho horas no se ha podido conocer el texto de la norma?

Desde un punto de vista filosófico, es probable que mi admirado catedrático de Filosofía del Derecho, Don Rafael Hernández Marín, dijera que la norma ahora no existe, salvo que alguien se hubiera hecho una copia del DOGC  en papel (si es que llegó a publicarse). En realidad, es argumentable que, en este momento, la alegación de cualquier norma de Derecho catalán –salvo lo que conste en el último diario oficial- debe ser probada, tal como ocurre con la costumbre. Estas apasionantes cuestiones llenarían páginas y páginas, pero yo sólo quería comentar la Ley de Arquitectura y estaré todo la noche al pie de mi ordenador esperando que el Derecho vuelva (o más tiempo, si el deber me lo reclama).

Cuartel General del Ejército Yugoslavo –Generalštab- en Belgrado, obra del arquitecto Nikola Dobrović, tras los bombardeos de la OTAN (1897-1967), . Fuente: XXX.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PD: a las 22, 54 del sábado se resuelve la situación y las dos webs -DOGC y Portal Jurídic de Catalunya- vuelven a funcionar, sin duda gracias a la repercusión de este artículo. Es fácil ver que la foto que hemos  aportado ya no podría obtenerse. Sin embargo, todo ello  deja sin solución algunos de los problemas jurídicos que hemos anotado (web del diario oficial paralizada como mínimo un día y medio).

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¿Qué desigualdades son injustas? (y II).

[LA RESPUESTA DE BARCLAY: LAS DESIGUALDADES EN BIENES NATURALES PRIMARIOS NO SIEMPRE SON INJUSTAS]

1.-Ha habido más de un intento interesante para responder a ese reto de Kekes. Aquí voy a aludir nada más que al trabajo de Linda Barclay titulado “The Answer to Keke´s Question”[4]. Para esta autora, los igualitaristas no dicen sobre bienes como la expectativa de vida lo que Kekes les atribuye.

                En primer lugar, Barclay se refiere a Rawls y a su interpretación por Kekes. Para Rawls, las desigualdades pueden darse respecto de bienes primarios naturales (como la inteligencia o la salud) y bienes primarios sociales (como los ingresos económicos, la atención sanitaria, la educación…). Las desigualdades en bienes naturales primarios no son en sí injustas, solo son resultan injustas cuando afectan a la distribución de bienes sociales primarios. Únicamente entonces estamos ante desigualdades que se han de corregir mediante políticas redistributivas, a no ser que el mantenimiento de dichas desigualdades vaya en beneficio de los menos favorecidos (por comparación a cómo estarían si las desigualdades en esos bienes sociales primarios se suprimieran).

[LA DESIGUALDAD EN EXPECTATIVAS DE VIDA NO AFECTA A LOS BIENES SOCIALES PRIMARIOS, AUNQUE CREO QUE ESTO NO ESTÁ NADA CLARO]

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  …2.-Para Kekes la desigualdad en expectativas de vida es de ese tipo, pues afecta a un bien primario y no beneficia a los que estén peor. Olvida Kekes, según Barclay, que las desigualdades en bienes naturales primarios solo son injustas, en Rawls, si se toman como base para desigualdades en la atribución de bienes sociales primarios y esas desigualdades no benefician a los desfavorecidos. Y ese no es el caso en cuanto a la desigualdad en expectativas de vida. La desigualdad en expectativas de vida no afecta a la distribución de bienes sociales primarios. El principio de diferencia de Rawls nada más que se aplica a la distribución de bienes sociales primarios. Por eso el ejemplo que Kekes maneja no vale como objeción al igualitarismo rawlsiano ni engendra para este el absurdo que Kekes pretende.

          Me permito poner un ejemplo de mi cosecha. La desigualdad en estatura, entre altos y bajitos, es una desigualdad natural y podemos asumir que vitalmente tienen más ventajas los altos que los bajos. Pero solamente se convierte en injusta dicha igualdad si es tomada como referencia para un reparto desigual de bienes sociales, como pueda ser la riqueza o el poder o los derechos, de manera que a los altos se les atribuyan derechos que los bajos no tienen o ingresos económicos proporcionados a su altura, y siempre que eso no acabe por beneficiar más a los pequeños que si hubiera un reparto igual.

                Insiste Barclay en que aunque sea cierto que la expectativa de vida de las mujeres es más alta, eso no se refleja en un superior disfrute por las mujeres de bienes sociales primarios, no se toma como referencia para darles a ellas mayores sueldos o mejor atención sanitaria, pongamos por caso. Por consiguiente, no hay nada que un seguidor de Rawls vea como merecedor de corrección mediante políticas distributivas. De ahí que no haya lugar para considerar aquellas medidas en favor de los hombres y en perjuicio de las mujeres que Kekes proponía para mostrar el absurdo de la teoría de Rawls en la práctica. Bien al contrario, el igualitarista señalará que medidas así empeorarían la posición ya desigual y de desventaja de las mujeres en el reparto de bienes primarios sociales.

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[DEBEN CORREGIRSE LAS DESIGUALDADES NATURALES SI AFECTAN A LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA EL BIENESTAR]

               3.- Luego se plantea Barclay si el argumento de Kekes vale contra otros igualitaristas, aunque fracase frente a Rawls. Los hay que, como Arneson, mantienen que aunque sea igualitario el reparto de bienes sociales primarios entre dos personas, estas pueden seguir encontrándose en una desigualdad merecedora de corrección. ¿Quedan estas otras teorías igualitaristas tocadas por el ataque de Kekes?

                Kekes resaltaba que si de cuestionar las desigualdades en bienes naturales se trata, son tantísimas (estatura, inteligencia, capacidad atlética, aptitud para las matemáticas o al arte…) que es inviable hasta hacer una lista de las que se deban corregir o compensar. Pero, aclara Barclay, los igualitaristas más radicales que Rawls y que rechazan que este se fije nada más que en la desigualdad en bienes sociales no pretenden que sea injusta toda desigualdad en bienes naturales, no caen en semejante absurdo. No, esos igualitaristas toman en consideración las desigualdades naturales tan solo en los que afecten a la igualdad de oportunidades para el bienestar, según unos (como Arneson), o a la igualdad en la aplicación de sus capacidades, según otros (como Sen). Así que sí tienen esos igualitaristas un patrón de medida para ver qué desigualdades importan, por lo que sus enfoques no padecen bajo la acusación de Kekes de que no es posible hacer una lista de todas las desigualdades naturales ni tiene sentido cuestionarlas todas. Y Kekes no ha demostrado que la expectativa de vida sea uno de los elementos relevantes para esos igualitaristas de uno u otro signo, uno de los elementos condicionantes de la posibilidad de bienestar o de la posibilidad de desarrollar las capacidades individuales. Pero, aunque lo fuera, esos igualitaristas no rawlsianos no admitirían que políticas favorables a los hombres por tal razón pudieran poner a las mujeres en una situación de aun mayor desigualdad perjudicial; es decir, en todavía peores condiciones de alcanzar bienestar o desarrollo de sus capacidades. El absurdo real lo verían los igualitaristas en esas políticas distributivas que, según Kekes, son consecuencia inevitable de sus teorías.

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[1] Originariamente publicado en Ethics, vol. 104, nº 4, julio 1997, pp. 658-669. La primera parte de tal artículo se recoge también en: C. Farrelli (ed.), Introduction to Contemporary Political Theory, Londres, Sage, 2004, pp. 45-50.

[2] Entre paréntesis irán las páginas de la publicación en en Ethics, vol. 104, nº 4, julio 1997, pp. 658-669.

[3] U.S. Bureau of Census, Statistical Abstract of the United States, 114th ed. (Washington, D.C., 1994), p. 87.

[4] Ethics, vol. 110, nº º (octubre de 1999), pp. 84-92.

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¿Qué desigualdades son injustas? (I)

Se atribuye a Willy Brandt la frase de que «lo importante no es que haya ricos, sino que no haya pobres«. Esta versión suave de la socialdemocracia parece haber sido rebasada por un igualitarismo cada vez más exigente. Algo parecido ha ocurrido con la igualdad jurídica y social entre los individuos de diferente sexo, que ha sido ya desbancada por la ideología de género, implacable con cualquier atisbo de diferencia efectiva, venga de donde venga.

Traigo aquí hoy un extenso  artículo (que descubrí gracias a David Urquiza) del prestigioso  blog Dura lex del profesor García-Amado, catedrático de filosofía del Derecho. En este ensayo se discuten temas relativos a las dos desigualdades que hemos citado. Bueno, más bien a las de carácter social, aunque la otra sirva como excusa para la discusión. He divididido el texto en dos entregas, ya que es un poco largo, lo he encajado en nuestra tipografía habitual y me permitido algunos subtítulos entre corchetes, cuyo  autoría me atribuyo (ya que no callo ni bajo el agua).

 

 

¿Qué desigualdades son injustas?

Juan Antonio García-Amado, 16 de enero 2016.

 

[EL PROBLEMA DEL REPARTO DE BENEFICIOS Y CARGAS EN UNA SOCIEDAD]

                1.-Hace poco me entretuve y pasé un buen rato leyendo aquel artículo de John Kekes titulado “A Question for Egalitarians[1]. Empezaré por situar y resumir este trabajo de Kekes.

La filosofía política tiene, como es sabido, unos pocos problemas centrales y que le dan sentido. Uno es el de qué legitima el poder político y qué justifica racionalmente la obediencia de los ciudadanos; o, dicho de otra forma, por qué podemos aceptar racionalmente que es mejor y más justo que nos sometamos al poder político en lugar de vivir con plena libertad personal y campando cada uno a sus anchas. Otro gran tema es el de cómo se deben repartir entre los miembros de la sociedad los recursos existentes o los beneficios y las cargas para que se pueda decir que la sociedad es justa. Se trata del sempiterno problema de la justicia distributiva. Cuando aquí, en filosofía política, se habla de reparto o distribución justos no se está aludiendo a los mandatos de la moral individual de cada quien, mandatos que le indicarán qué debe dar a los otros, qué puede reclamar de los otros o qué puede o debe quedarse él. Cuando en filosofía política nos referimos a la justicia en la distribución presuponemos un elemento coactivo, pues aludimos a cómo debe el Estado, valiéndose de su aparato jurídico y, por tanto, coactivo, distribuir entre sus ciudadanos ciertos bienes, a fin de que sea justa esa sociedad estatalmente organizada.

[NO HAY QUE REPARTIR]

                En tema de justicia distributiva las posiciones extremas vienen dadas, por una parte, por aquellos que niegan que el Estado tenga nada que distribuir, pues lo único que lo legitima es la garantía para todos de su integridad física y psíquica y de  la máxima libertad. Lo que quiere decir que lo único que el Estado distribuye, y en igualdad, es la seguridad personal. Es el planteamiento del liberalismo anarquizante, de los ultraliberales también denominados “libertaristas”, de los que Nozick sería un buen ejemplo. En esas teorías no queda prácticamente espacio para la justificación de ninguna política distributiva o redistributiva llevada a cabo por el Estado, salvo en la corta medida necesaria para mantener económicamente el mínimo aparato de seguridad que garantiza a todos la vida, la integridad, la libertad y la propiedad, que es secuela o condición de la libertad.

[REPARTÁMOSLO TODO E IGUALÉMONOS]

                En el polo contrario están las doctrinas igualitaristas radicales, las que opinan que la única distribución justa sería la perfectamente igualitaria, al menos en lo referido a los bienes básicos o esenciales para la felicidad de cada cual. El viejo ideal comunista plasmado en el lema de “a cada cual según sus necesidades, de cada cual según sus capacidades” podría traerse como ejemplo. Así como los “libertarios” absolutizan la libertad al precio de sacrificar cualquier pretensión de distribución económica por el Estado, los igualitaristas radicales pueden prescindir de la libertad en aras de la coacción que el Estado tendría que aplicar para conseguir que nadie tenga más que nadie.

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[RAWLS: CABEN DESIGUALDADES SI SON BUENAS PARA LOS DESFAVORECIDOS]

               2.- Entre esos dos extremos se muevan muchas otras teorías. La más influyente y más presente en el debate ha sido la de John Rawls, desde que se publicó en 1972 su Teoría de la Justicia. Para Rawls, las desigualdades sociales y económicas, las desigualdades en la distribución de los bienes básicos, solo son admisibles si repercuten en beneficio de los que estén peor. Es decir, si el que tiene menos suerte, el que ha venido al mundo con peores cartas está mejor en una sociedad con reparto desigual (y en la que a él le toca la peor posición) de lo que estaría en una sociedad perfectamente igualitaria. En otras palabras, solo estará justificado que haya ricos allí donde los pobres estén mejor que si no hubiera ricos. Además, las distintas posiciones sociales no pueden estar predestinadas por criterios como raza, sexo, cuna, o similares, sino que las mejores posiciones tienen que ser por igual accesibles a todos bajo condiciones de igualdad de oportunidades. Las cartas no puede estar marcadas y solo de ese modo la partida dará resultado justo. Así que, conforme a ese enfoque de Rawls, los estados tienen que poner en práctica políticas redistributivas para compensar, al menos hasta ese límite, a quienes tienen la peor de las suertes, a los más menesterosos. Que mediante la coacción estatal se limite la libertad y la propiedad y se redistribuya riqueza se justifica en nombre de esa igualdad básica que es condición racional de justicia, según Rawls.

[IGUALITARISMO INTENSO: COMPENSEMOS LOS MALOS NÚMEROS DE LA LOTERÍA SOCIAL Y TAMBIÉN DE LA LOTERÍA NATURAL]

                Más recientemente, una doctrina bautizada por Elisabeth Anderson (que la critica) como “luck egaliatarianism” o “igualitarismo de la suerte” ha resaltado algo que ya estaba presente en Rawls: que también hay que igualar o compensar a los que están peor como consecuencia de que han tenido peor suerte, sea en la lotería natural (han nacido menos listos, menos hábiles, menos fuertes, menos voluntariosos…), sea en la lotería social (han nacido en un medio familiar y social más humilde o menos afortunado). Hay un acuerdo bastante general en que cada cual merece la suerte de la que es responsable, la que corresponde a sus elecciones propiamente tales. Por ejemplo, si yo, profesor universitario, que he tenido una formación extensa y que estoy en mis cabales, decido mes tras mes jugarme mi sueldo al bingo y me arruino y no me queda para comer, la culpa será mía y no se dirá que es injusto que pase hambre o no pueda ir al cine. Pero si soy una persona que ha nacido con muy limitadas capacidades o he tenido un accidente que ha mermado mi discernimiento, malamente se dirá que es justo que sufra las consecuencias de mis malas elecciones.

                Los igualitaristas, y en particular los “igualitaristas de la suerte”, consideran que los talentos con que cada cual nace o que cada uno tiene no son mérito suyo y que, por tanto, no merece exactamente o por completo lo que gracias a ellos consigue. Tampoco el que los tiene escasos merece la mala vida que posiblemente tendrá. Así que nada hay de injusto, sino al contrario, en compensar a estos últimos dándoles el Estado lo que detrae coactivamente de lo que los primeros consiguen. Eso sería una exigencia de la más pura y racional justicia distributiva. No tienen los desafortunados por qué vivir peor que los afortunados o, al menos, no está justificado que haya considerables diferencias entre el bienestar o los recursos de unos y de otros.

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[KEKES RESUME EL IGUALITARISMO: CONTRA  LAS DIFERENCIAS EN BIENES PRIMARIOS]

                3.-Son las teorías igualitarias de la justicia social las atacadas por John Kekes en el artículo que antes mencioné y que paso a resumir[2].

                Según los igualitaristas, la sociedad es más injusta cuantas mayores sean las desigualdades en bienes primarios entre los individuos, y más justa cuanto más se reduzcan. Bienes primarios son los que condicionan el que se viva una buena vida, cosas tales como sueldo apropiado, atención médica, educación, seguridad física, vivienda y similares. “Todas las desigualdades importantes están injustificadas si no benefician a cada uno en esa sociedad”, según los igualitaristas, y así lo han defendido grandes autores como John Rawls o Thomas Nagel, entre tantos (658). Es esa concepción del igualitarismo la que aquí se quiere poner a prueba.

[A REDISTRIBUIR]

         Ese igualitarismo presupone que dichas desigualdades injustificadas requieren la redistribución de bienes primarios, tomándolos de unos para pasárselos a otros, a los que están peor. Medidas al respecto son, por ejemplo, los impuestos progresivos, la discriminación positiva y los programas de igualdad de oportunidades, así como el tratamiento preferente para ciertas minorías o para mujeres o una gran cantidad de políticas de lucha contra la pobreza (658).

[EL CASO DE LA ESPERANZA DE VIDA: LAS MUJERES VIVEN BASTANTE MÁS QUE LOS HOMBRES Y, POR TANTO, HAY QUE COMPENSAR]

                Presenta Kekes una tabla extraída de estadísticas oficiales en Estados Unidos[3], que demuestra que la perspectiva de vida de las mujeres es más alta que la de los hombres, con una diferencia de unos siete u ocho años. Es una desigualdad seria, porque la expectativa de vida es un bien primario de los más importantes. “Normalmente es mejor vivir más tiempo, pero por término medio los hombres viven un diez por ciento menos que las mujeres” (659). Es, pues, una desigualdad injustificada, porque no puede mostrarse que repercuta en beneficio de todos. Eso no beneficia ni a los varones ni a las mujeres, que también pueden sufrir y resultar gravemente perjudicadas por la muerte de ellos (659). Citando textualmente a Rawls o a Nagel, resalta Kekes que esa inmerecida desigualdad de los hombres debe ser combatida o compensada. ¿Cómo?

          Los igualitaristas tienen que responder, según nuestro autor, dando preferencia a los varones, en mera aplicación del rawlsiano principio de diferencia. Ahora bien, a la expectativa de vida no se le pueden aplicar directamente políticas de reparto, como caben, por ejemplo, con el dinero. Pero sí son posibles medidas indirectas. “Recursos disponibles que sirvan para alargar la expectativa de vida deben ser redistribuidos de las mujeres a los hombres y las inmerecidas desigualdades deben ser compensadas de alguna manera” (en esto último cita Kekes de modo literal a Rawls) (660).

[QUEREMOS MEDIDAS CONCRETAS]

                ¿Qué medidas cabrían? Habría que procurar mejor salud a los hombres que a las mujeres, equiparando las expectativas de vida a base de alargar la de ellos y de acortar la de ellas. Como en la tasa de muertes influyen también cosas tales como la peligrosidad de los trabajos o el estrés o cansancio, habría que emplear a menos hombres y más mujeres en los puestos de mayor riesgo para la vida y la salud o brindarles a ellos mayores descansos laborales que a ellas. También cabría jubilar a los varones más pronto y darles mejor tratamiento económico y sanitario cuando sean pensionistas. Si varones y damas contribuyen igual a la financiación de la sanidad pública, habrá injusticia, bajo el punto de vista del igualitarismo, pues ellos resultan discriminados y están subsidiándolas a ellas (661).

                Como la equiparación solo puede ser lenta y llegar al cabo de un tiempo largo, entretanto hay que compensar a los hombres, pues están en peor situación. Se les deberían brindar tratamientos preferentes para que su vida, más corta, sea al menos de más calidad y se compense lo uno con lo otro. Por ejemplo, con políticas públicas de mejora de su tiempo libre y su disfrute personal (662).

[EL IGUALITARISMO NO SE AGUANTA]

                Dice Kekes que todo eso suena, con razón, absurdo. Pero que lo expuesto no es más que coherente aplicación de los postulados del igualitarismo, por lo que es en esas doctrinas donde está el sinsentido, y que hay por eso que cuestionar las políticas que los igualitaristas respaldan, como las antes citadas (662).

                Según Kekes, ¿qué pueden responder los igualitaristas para librarse de esta objeción? Dos respuestas principales pueden dar.

                En primer lugar, pueden alegar que los grupos que hoy en día se benefician de esas políticas de igualación reciben sus ventajas y compensaciones porque en el pasado han sido víctimas del maltrato social y han padecido desventajas que eran evitables, como explotación, prejuicios, discriminación, etc., lo que no ha ocurrido con los hombres en relación con su menor expectativa de vida (662-663). Según Kekes, esta objeción no se sostiene. Primero, porque dentro de aquellos grupos, y también entre las mujeres, hay individuos que eran ricos y no han sufrido perjuicios, al igual que entre los grupos dominantes, como los hombres, los hubo pobres y con muy dura vida, que sufrieron fuerte injusticia. Si, según los igualitaristas, es el que se halla en una injusta inferioridad el que debe ser compensado, no se puede localizar a las víctimas meramente como miembros de un grupo -mujeres, de tal o cual raza, etc.-, pues dentro de ese grupo puede haberlos que no hayan soportado esa injusticia o que se hayan beneficiado mucho del padecimiento de los otros. Y también puede haber casos en que concretos individuos que están peor se encuentren así o por mala suerte a nadie imputable o por acciones de las que ellos mismos son responsables (663). Mas, sea como sea, los igualitaristas quieren que sea compensado el que está peor, tanto si es responsable de su propia situación como si no. Si es así, hay perfecta analogía entre la situación como desaventajados de los hombres, que tienen menor expectativa de vida, y la situación de cualesquiera de esos otros grupos que se benefician de las políticas sociales de igualación, como pobres, mujeres, minorías, etc. (664).

[HOMBRE, QUIZÁ NO ESTAMOS ANTE UN BIEN PRIMARIO A REPARTIR. SE TRATA DE REPARTIR UN CONJUNTO DE BIENES.]

                El segundo argumento que, según Kekes, los igualitaristas pueden dar para evitar el absurdo de que su doctrina implique que haya que aplicar políticas redistributivas en favor de los hombres y en perjuicio de las mujeres como consecuencia de aquella diferencia en la expectativa de vida, consiste en decir que el error está en sostener que deban ser combatidas las desigualdades en bienes primarios del estilo de la expectativa de vida. Las desigualdades a superar serían las que se refieren al conjunto de bienes primarios de los que depende la vida en buenas condiciones, no la referida a tal o cual de esos bienes. Atendiendo al conjunto como tal, aunque la expectativa de vida de los hombres sea más baja, está esa desventaja compensada con otras ventajas en cosas tales como empleo, educación, sueldos, etc. Es más, mirando a tal conjunto son las mujeres las que sufren desigualdad y se justifican las políticas de igualación en su favor (664).

[PERO ¿CUÁLES SON EXACTAMENTE LOS BIENES PRIMARIOS QUE HAY QUE REPARTIR?]

                Si la desigualdad que importa concierne al conjunto de los bienes primarios, lo primero que se tiene que aclarar es qué ingredientes forman ese conjunto, qué cosas son bienes primarios a estos efectos (664-665). Los igualitaristas, dice el autor, no dan esa relación de tales bienes y solo presentan caracterizaciones generales de los mismos, como cuando Rawls indica que son cosas que se supone que toda persona racional quiere. Las listas que ofrecen son meras ejemplificaciones “impresionistas”, como cuando el mismo Rawls enumera cosas como derechos y libertades, poderes y oportunidades, ingresos y riqueza. Esos, según Rawls, son bienes sociales primarios. Junto a ellos están otros bienes primarios que son bienes naturales, como salud, fuerza, inteligencia o imaginación. Señala Kekes que esa lista de Rawls es, evidentemente, incompleta y puramente ejemplificativa y que un sujeto racional puede desear muchas otras cosas que hacen plena su vida, como relaciones sexuales satisfactorias, un puesto de trabajo interesante, éxito, ausencia de sufrimiento, no morir prematuramente, no ser humillado o puesto en ridículo, etc. “¿Cómo va a ser posible saber quién está peor en cuanto a los bienes primarios en su conjunto, si no se ha especificado cuáles son esos bienes que integran tal conjunto?” (665).

                Pero supóngase, dice Kekes, que se tiene esa lista de bienes primarios. El problema, entonces, sería el de calcular quién está peor o mejor respecto de ese conjunto. Da el siguiente ejemplo. Dos personas están en igualdad en todos los bienes que cuentan, menos en lo siguiente: una tiene un empleo menos satisfactorio y otra está en peor situación en cuanto a libertad de expresión. ¿Cuál de las dos está peor y debe ser igualada? Y las situaciones reales son mucho más complejas. Si lo que se toma en consideración es el conjunto de bienes primarios, las comparaciones se hacen imposibles, son cálculos inviables a ese nivel conjunto (665). Seguro que por eso las actuales políticas de igualación no se aplican atendiendo a tales conjuntos, sino por referencia a grupos sociales particulares: pobres, mujeres, minorías… Por eso, por ejemplo, cuando mujeres o minorías son objeto de un trato preferencial no se atiende a cuál es el sueldo que cada mujer o miembro de la minoría beneficiada recibe (665).

[ADEMÁS, LA ESPERANZA DE VIDA ES UN BIEN NATURAL.  PERO ESTO ES FALSO EN GRAN MEDIDA]

                Pueden los igualitaristas aducir que los bienes primarios que deben considerarse a efectos de distribución justa son bienes sociales (derechos, libertades, poderes, recursos económicos…), no bienes naturales, como salud o coeficiente intelectual. La expectativa de vida sería un bien natural, no un bien social y, por consiguiente, sobre eso no cabe control ni política de redistribución (666).

                Opina Kekes que ese planteamiento no es convincente, por varias razones. Primera, porque aun cuando no es posible una distribución directa de bienes naturales, sí lo es una distribución indirecta. Así, no se puede controlar directamente la expectativa de vida, pero sí indirectamente, a través, por ejemplo, de políticas de salud, laborales, etc. (666). Segunda, porque es viable establecer compensaciones del reparto desigual de bienes primarios; por ejemplo, dando vacaciones más largas o jubilaciones más tempranas a los del grupo con menor expectativa de vida (667). Tercero, porque los igualitaristas, como Rawls, insisten en que las políticas sociales y redistributivas deben hacer que nadie sufra desigualdad por culpa de su mala suerte y de circunstancias que no están bajo su control personal, y ese es el caso de la expectativa de vida.

 [ENTONCES, ¿CUÁNDO DEBEMOS REDISTRIBUIR, CORREGIR O COMPENSAR?]

                Estima este autor que aunque podamos contemplar como algo moralmente lamentable que unas personas tengan peor suerte que otras, de ahí no se sigue con necesidad que la sociedad deba hacer algo para corregir o compensar. Medidas de corrección o compensación están plenamente justificadas cuando la desigualdad es evitable y se debe a cosas tales como discriminación, explotación, prejuicio o actos similares de injusticia social, en cuyo caso una sociedad justa debe organizar política para prevenirlos. Pero hay otras desigualdades que no se deben a injusticia social, sino a mala suerte personal. “Los igualitaristas han de dar razones convincentes en favor de su tesis de que en tales casos hay una exigencia moral de redistribución y compensación, especialmente cuando esas medidas suponen privar a otras personas de lo que estas han adquirido legítimamente” (668).

[LA REDUCCIÓN DEL CÍRCULO DE DESIGUALDADES QUE DEBEN SER ATACADAS]

                En conclusión, para Kekes, si los igualitaristas perseveran en su idea de que también deben corregirse las desigualdades no debidas a prácticas sociales e institucionales, entonces deberían estar de acuerdo con esa propuesta que a tantos parecerá absurda: que la desigualdad en expectativas de vida, que perjudica a los varones, debe ser reformada o compensada tanto favoreciéndolos a ellos como dando un tratamiento más perjudicial para las mujeres, hasta que la igualdad en eso se logre.

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[1] Originariamente publicado en Ethics, vol. 104, nº 4, julio 1997, pp. 658-669. La primera parte de tal artículo se recoge también en: C. Farrelli (ed.), Introduction to Contemporary Political Theory, Londres, Sage, 2004, pp. 45-50.

[2] Entre paréntesis irán las páginas de la publicación en en Ethics, vol. 104, nº 4, julio 1997, pp. 658-669.

[3] U.S. Bureau of Census, Statistical Abstract of the United States, 114th ed. (Washington, D.C., 1994), p. 87.

[4] Ethics, vol. 110, nº º (octubre de 1999), pp. 84-92.

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