Sábados exclusivos. El enigma «x» me perxigue (I)

(Fuente:aquí)

1.-Ya me imaginaba que esto de los cuidadores, que ha aparecido en nuestros últimos artículos bailando en diversas normas jurídicas, iba a dar mucho de sí. Leo en el diario El País de 12 de septiembre de 2022 un artículo de María Sosa relativo al proyecto artístico “Cuidadorxs invisibles”. La periodista se lía un poco  (como nos pasaría a todos) y a veces habla de que  se trata de “un taller para cuidadoras”, pero “dirigido a cuidadores no profesionales”, que “quienes cuidan también necesitan ser cuidados” y que “hay diferentes formas de cuidar y ser cuidado”. En otras ocasiones habla de que “el tiempo escasea para las cuidadoras”, lo cual en modo alguno produce extrañeza ya que, en efecto, indica que es una tarea llevada a cabo mayoritariamente por mujeres.

Estamos, por tanto, ante una situación de razonable perplejidad. No soy lingüista, pero es probable que la palabra –si no se manipula desde arriba- vaya evolucionando hacia el uso  normal de “cuidadoras” en el lenguaje ordinario, con oscilaciones entre el genérico “cuidadores” y el extendido “cuidadoras” en el ámbito legal o técnico. Será, quizás, una situación similar a la de la palabra “enfermeras”.  Es cierto que todo ello, según ciertas doctrinas, reforzaría malvadamente el estereotipo femenino del cuidado, pero veo difícil que el hablante consulte la obra de Judith Butler antes de empezar sus conversaciones.

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2.-Vayamos, pues, al programa que dio origen al artículo. Dispone de una web –Cuidadorxs invisibles– y, en la presentación, firmada por  Marta Fernández Calvo, se nos dice que “es un proyecto artístico dirigido a cuidadorxs no profesionales”. A lo largo del texto, la autora se permite un único  “lxs cuidadrxs” (sic), pero ella misma se contiene y opta por el  fastidioso “personas destinatarias”, “personas participantes”, “personas cuidadoras”…

Iba a hincarle el diente a esta grafía misteriosa, pero lo dejé aparcado por varias razones. En primer lugar, porque algo había de juego artístico en el título y, bueno, ya se sabe, que si los creadores, que si lo abstracto…Además –y ahora hablo en serio- es poco todo lo que se haga en favor de estos seres inmensos que nos acompañarán un día, salvo que los dioses hayan preparado otro destino. Y, en fin, me daban ganas de abrazar a Marta Fernández Calvo por hablar llanamente en su descripción de “mis padres” (sin progenitores ni otras bobadas al uso).

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3.-Sin embargo, justamente como les pasa a los detectives cuando vuelven a casa cansados después de un día sin una pista que llevarse a la boca, la incógnita de la “x” llamó a mi puerta. Había caído en mis manos un artículo publicado en una revista universitaria con este intrigante título: “Miradas efractivas, ojos refractivos, y sujetxs inclinadxs. Genealogías de la (re)visión feminista-lésbica-queer”. Continuará.

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Sábados exclusivos. Cuidadores descuidados.

Horizontal

(Fuente: aquí).

1.-No deja de maravillarme el nivel de artificialidad y  fealdad que impregna ciertas normas jurídicas cuando se les impone la injustificada ortopedia de eso que llaman “lenguaje inclusivo”. El último ejemplar que ha llegado a mis manos es el Decreto vasco 102/2022, de 7 de septiembre, de ayudas a la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos e hijas menores de edad. Traduzco para los no iniciados: se trata de las ayudas para la contratación de cuidadores para hijos menores de edad (8 palabras contra 14 del Decreto, un ahorrillo que me vendrá muy bien en épocas de inflación).

Ciertamente, el término “cuidador” es todo un reto para los “inclusivistas”. El Decreto-ley 16/2022 para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar estuvo ahí vivo y, pese al  churriguerismo “inclusivo”  que chorrea en su articulado, optó en su disposición transitoria tercera por usar el término de toda la vida. No se complicó:

“ Las bonificaciones por la contratación de cuidadores en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores…”

Sin embargo, la cruzada contra el masculino para el género no marcado (ese que tanto daño ha hecho a la humanidad) no puede ni debe soportar un término tan miserable. Algunos defienden que, ante una profesión con clara mayoría femenina (éste sería un buen caso), hay que forzar ya la máquina –antes de que lo haga el uso de los hablantes- y meter en la norma un rotundo “cuidadoras”. Como buenos ingenieros sociales que son, esta solución les excita sobremanera.

Sin embargo, tal mecanismo choca contra un difuso dogma de esta posmodernidad analfabeta: podría estigmatizar a las mujeres como únicos sujetos capaces de desarrollar tareas de cuidado. Reforzaría, pues, un patrón o estereotipo de género que ya existe.

Vamos a ver cómo sale del lío el Decreto vasco 102/2022. Pero antes avisaremos que la norma renuncia a la herramienta primigenia del “inclusivismo”, que consistía en el desdoblamiento ad nauseam. Esto es “cuidadores y cuidadoras”. Como a ellos también les cansa, han optado por “personas cuidadoras”.

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2.-En efecto, en el Decreto hay “personas” para todos los gustos: “personas trabajadoras”, “persona solicitante”, “persona empleadora”, “persona beneficiaria”, “persona empleada”,…Incluso aparece por ahí el incorrecto “persona miembro”. La borrachera llega hasta el kilométrico “la persona que ostente la dirección del órgano gestor”  en el art. 14 (o sea, el director del órgano gestor) o  se relame con la “persona miembro víctima de violencia de género” (¿tanto cuesta decir “víctima de violencia de género”?)

¡Qué cruz! Pero no canten victoria. Se ha mantenido un  único desdoblamiento en el Decreto. Se trata de los pobrecillos hijos, que siempre aparecen como “la hija o el hijo”.

Ahora que lo pienso, cualquier día sueltan un “persona hijo”. No, no estoy exagerando. El Decreto ya emplea sistemáticamente “persona progenitora”. Como es sabido, ya no hay padres, ni siquiera padres y madres. ¡Qué digo! Ni siquiera progenitores (cosa que era a veces un tanto cursi). Ahora somos “personas progenitoras”. La obsesión por evitar un masculino genérico –el progenitor- les ha llevado a esta memez de la “persona progenitora”. Ya les dije, señoras y señores, que esto era una auténtica cruzada.

Y, para que vean que no voy desencaminado, en el art. 2 hablan de la “persona menor en régimen de tutela” (y así se evitan “el menor”). Insisto: el “persona hijo” está al caer” -o quizás elucubran con un “persona filial”, para que no aparezca el despreciable hijo-.

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3.-En el primer párrafo del primer apartado del artículo 2 tenemos que ayudarles, porque se ha producido una desigualdad inconstitucional que excluye a los adoptantes y a los tutores. Veámosla:

1.- Las referencias relativas a las personas progenitoras se extenderán a las adoptantes, a las tutoras y a aquellas que tengan atribuida la guarda con fines de adopción o acogimiento permanente de personas menores, y al cónyuge o pareja de hecho que convive con la persona que ostente la guarda y custodia de la hija o del hijo.”

Ah, vale, hay que entender que quiere decir “personas adoptantes” y “personas tutoras” (y ahí ya entran ambos sexos, creo). Hay que seguirles el rollo. Una de las características de eso que llaman “lenguaje inclusivo” es la capacidad de crear textos que no respetan la equidad y que pueden dar más de un susto en manos de un abogado hábil. Por cierto, observen que en el precepto citado se les ha colado un masculino genérico como una catedral: “al cónyuge”. En la jerigonza inclusivista lo lógico sería –me supongo- hablar de “al cónyuge y a la cónyuge”.

Y es que, enlazando con lo anterior, lo cierto es que no es fácil derrotar al genio del lenguaje. En el artículo 12.3 refulgen como un sol “el beneficiario” y “el deudor”:

3.- Si la ayuda ha sido concedida, no se efectuará pago alguno en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.”

Sorprendentemente, a lo largo de todo el Decreto se había optado por “persona beneficiaria”, pero Dios y el diablo habitan en los detalles. De hecho, otro magnífico “deudor” luce en el artículo 14.2. Palabras que se alzan como un humilde David y que vienen a demostrar la innecesariedad pedante de todo el adefesio lingüístico que hemos comentado.

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Sábados exclusivos. Las empleadas del hogar hacen limpieza.

Limpiar en casa con una escoba

(Fuente: gettyImages).

1.-La página oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se desayunaba el 8 de septiembre con este titular: “El BOE publica el acceso a prestaciones por desempleo para las trabajadoras del hogar”. Seguía así la pauta que ya habían marcado tanto el Presidente del Gobierno (en diversos anuncios públicos y en el debate en el Senado) y la ministra de Trabajo. Esto es, la exclusiva referencia a las empleadas o trabajadoras del hogar. Una alusión perfectamente lógica y que a nadie extrañó, dada la  destacable mayoría femenina en esta tarea. El hablante tiene prisa y, cuando puede determinar el sujeto con altísima probabilidad, rehúye las formas genéricas y va al grano (de ahí la generalización, por ejemplo, de “enfermeras”). Por esta razón, es probable que dentro de diez o quince años hablemos sólo de “juezas” -al menos en el lenguaje oral- y quizás habrá alguna sorpresa en la profesión que hoy analizamos, teniendo en cuenta el aumento de las empresas de servicios, el teletrabajo, los robots y la multiplicación de los matrimonios hipogámicos (con el hombre en estatus inferior, aunque de esto hablaremos otro día).

Como la cosa fluía con normalidad, nadie cayó en cuenta que las autoridades políticas  se habían cargado de un plumazo dos dogmas de la posmodernidad imperante:

Duplicar las referencias a las profesiones: ni un mísero “empleadas y empleados del hogar” en las alocuciones y discusiones.

Evitar los estereotipos femeninos: toda la pesadez académica de este discurso se iba por la alcantarilla.

Había  expectación en la plaza para ver cómo se depositaba esto en el gran vertedero terminológico del BOE. Reconozco que la solución no era fácil y más teniendo en cuenta que los burócratas del “lenguaje inclusivo” ya nos han dejado el campo embarrado.

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2.-El legislador opta, en principio, por la pastilla cursi de la “personitis” y se refiere en el título del Decreto-ley (16/2022) a las “personas trabajadoras al servicio del hogar”. Ya nos hemos referido varias veces a este vicio en nuestra sección. Baste recordar ahora que, ordinariamente, “trabajador” -sustantivo- no equivale a “persona trabajadora” –donde trabajadora puede leerse como adjetivo-. De todos modos, es tarea hercúlea hacer distinguir a un oficinista del “lenguaje inclusivo” entre sustantivo y adjetivo.

Por tanto, pueden ustedes imaginar la cansina redacción que nos acompaña: “persona trabajadora”, “persona empleada”, “persona empleadora”…A veces, el resultado tiene algo de cacofónico, como ocurre en la nueva redacción del art. 11.1. d) del Real Decreto 505/1985, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial:

d)Las personas empleadoras por las personas trabajadoras en el hogar familiar vinculadas entre sí en virtud de relación laboral de carácter especial”.

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3.-Sin embargo, eso que ellos  decretan como “lenguaje no inclusivo”(el de toda la vida) corretea alegremente por todos lados y demuestra a las claras que el montaje anterior era un capricho innecesario, un churro de chocolate para marcar diferencia con las porras. Así, en el artículo segundo se habla tranquilamente de “sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores”. En el artículo sexto reaparecen los “trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar”. No hay ningún problema para volver a emplear este vocablo en  el número 5 de la disposición adicional primera (y, además, por dos veces), provocando incluso una mezcla ridícula: “…contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores”…

Por supuesto, cuando se trata de nombrar a la hucha, el legislador no quiere líos (y este era el gran momento para cambiar la denominación supuestamente opresiva). Nada de nada: “Sistema Especial para Empleados de Hogar”. Con el dinero, pues, una solución clásica. Y más espectacularmente clásica aún en el primer párrafo de la disposición transitoria tercera cuando, en un ámbito realmente feminizado, no hay ninguna duda en seguir los criterios del buen castellano (justo cuando podía quizá permitirse un exceso, el legislador laboral se autorreprime):

Las bonificaciones por la contratación de cuidadores en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores…”

            Por tanto, la verdad es que el resultado final implica una cierta retirada de las toscas maniobras del lenguaje “inclusivo”, que tenían en el Ministerio de Trabajo un aliado que ya flaquea. Por cierto,  si uno sigue leyendo  las disposiciones transitorias del Decreto-Ley –donde, de acuerdo con depurada técnica legislativa, ya se tratan temas que nada tienen que ver con lo anterior y que provienen de otros ramos de la Administración-, debemos decir que el lenguaje inclusivo “ni está ni se le espera”: “estos solicitantes” (disposición transitoria cuarta), “usuarios de títulos multiviaje…”, (disposición transitoria quinta), “beneficiarios” (disposición final segunda), etc. De hecho,  el Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula a nivel estatal la Memoria de Análisis de Impacto Normativo, ya no hizo ninguna referencia a esta cuestión (a diferencia de algún antecedente que aún clamaba por su consideración).

Tenemos, por tanto, una hipótesis interesante según la cual habría ministerios más obsesionados con el furor duplicativo y otros que vivirían felices hablando como el pueblo habla a su vecino. Ese acantonamiento en ciertas oficinas confirmaría el carácter de mera jerigonza de eso que llaman “lenguaje inclusivo”.

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Septiembre oscureciéndose

Bartleby considera que la materia propia de este cuaderno se ha desbocado por encima de un lecho que ya no puede apuntalar el generoso título (“Ciudades, leyes y letras”).  Como suele ocurrir, discrepo de las críticas resentidas que este pesado está siempre murmurando. Además, hoy está especialmente insportable y suelta una carcajada cuando le respondo con aquella definición que una vez escribí para los amigos de Linkedin: “un blog a medio camino entre el diario personal y el BOE”.

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Septiembre es un mes problemático para los que amamos el verano y el calor y la playa y la cerveza fría y las tardes largas y los libros que se leen sin interrupciones y el mar que nos abraza al volver del invierno y el frescor del monte a primera hora de la mañana. Estoy con Gil de Biedma: en el juego de hacer versos, “Lo que importa explicar/ es la vida, los rasgos/ de su filantropía,/ las noches de sus sábados. //La manera que tiene/sobre todo en verano/de ser un paraíso”.

Por eso septiembre es un asunto delicado. El estío se ha hecho más suave y aún puede uno acurrucarse en su regazo antes de ser atrapado por la inmensa mancha negra del invierno. Pero los cambios ya están ahí y se acumulan los recuentos. Observo las muescas en el censo de amigos que el año dejó atrás. Alguna jubilación, viejos temores, los nuevos y jovencísimos alumnos certificando que el calendario viene con prisas.

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Sábados exclusivos. Mejor el juglar que el charlatán

Detalle del Tapiz de Bayeux, del siglo XI

(Fuente: aquí. Detalle del tapiz de Bayeux, del siglo XI).

En buena hora escritas, estas sabatinas letras, visitaron de Cataluña el condado y en tierras del Rey Jaime aún acosaron de Valencia el Reyno y a sus maestros de obras liosos. Los destrozos contemplaron y grandes calamidades. En tierras riojanas, un vaso de bon vino del mismísimo Gonzalo de Berceo recibieron.

Aún tuvieron tiempo de defender a los vagos y con la estudiantina gozaron gran camaradería. En buena lid, al monstruo vallesano derrotaron. Contra el hampa lucharon, defendiendo a padres e hijos de marrulleros parlanchines. Las funestas  leyes tomaron a chacota. Y fizieron un día inventario de todos los males.

En versos castellanos y lemosinos buscaron la belleza del desdoblamiento, duplicadas peñas en el mar hirviente de la lengua viva. Y en ese camino, mientras se despiden hasta el 29 de agosto y esperan acuarteladas el momento de futuras gestas, honran el Cantar del Mio Cid, que en  el destierro del Campeador escrita dejó una feliz figura –viene su fuerza de su singularidad no reiterada- y cuya belleza jamás gozarán los “inclusivistas” malandrines:

“Mio Çid Roy Díaz por Burgos entróve,

En sue compaña sessaenta pendones;

exien lo ver mugieres e varones,

burgeses e burgesas por las finiestras sone,

plorando de los ojos, tanto avien el dolore.

De las sus bocas todos dizían una razóne:

“Dios, qué buen vassallo, si oviesse buen señore!””

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Sábados exclusivos. Las palabras solteras.

Hoy 11 de noviembre es: Día del Soltero

(Fuente: aquí).

1.-Me sorprendió la contundencia de la afirmación de la insigne y destacada civilista Mª del Carmen Gete-Alonso y Calera en su artículo “La visibilización de la mujer en los textos legales (reflexiones sobre la redacción jurídica)”[1]. Después de plantear que, en la confección de los textos jurídicos, “no se empleará la forma masculina, ya singular, ya plural con la excusa de su valor genérico o inclusivo”, precisa que:

La manera inclusiva correcta es el desdoblamiento de la palabra que puede ser total (hija e hijo) o parcial por medio del artículo o artículos seguidos de la palabra correspondiente (los y las hijas)”[2].

Dejando ahora de lado el debate lingüístico (y el flagrante error de “los y las hijas”), la regla propuesta nos sitúa ante un auténtico trabajo de Hércules o, mejor, ante la limpieza de los establos de Augías, para expulsar con  doble lejía la presencia del masculino en cuanto género no marcado.

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2.-Pero, como supongo que debía ocurrir con los esclavos egipcios que escapaban a la tarea forzada de edificación de las pirámides, lo cierto es que los mismos defensores de lo inclusivo y de lo desdoblado se escabullen a menudo de su imponente misión de multiplicar siempre por dos. Sin que esto sea un examen de campo, he observado cuatro causas del escaqueo:

a) Un mínimo sentido estético. Hay veces en que uno ya deja de recargar el párrafo y vuelve a la normalidad. No suele ocurrir en los textos legales, pero sí cuando aquellos defensores que hemos citado presentan sus propios trabajos profesionales o científicos o cualquier otro texto en el que consideran que la fealdad y la confusión han de tener un límite.

b) La pereza y el despiste. Esta razón es mucho más importante de lo que se cree. A los paladines del “inclusivismo” se les escapan por todos lados masculinos genéricos. No se puede estar en todo y ya hemos visto en esta sección que a menudo se da una de cal y treinta de arena, sobre todo cuando hay que ir al grano y conviene transmitir un mensaje claro e inmediato. De ahí que la profesora Gete-Alonso advirtiera que, en la redacción de la regla jurídica, “es importante evitar: […] 2)Iniciar la redacción de un texto empleando una reducción inclusiva y dejarlo de lado enseguida, es decir, no continuarla.”

c) El prejuicio decimonónico. La verdad es que no se me ha ocurrido otro nombre, pero el concepto es fácil de entender. Habrán observado ustedes que hay palabras para las cuales siempre hay unos labios que duplican. Por ejemplo, “ciudadano o ciudadana”, “alumno o alumna”, etc. En cambio, nadie se esfuerza en hablar, por ejemplo, de “el defraudador o la defraudadora”, “el asesino o la asesina”, “el sancionado o la sancionada”, etc. Jamás he oído aludir, por  cierto, a “los terroristas y las terroristas”. Me reconocerán ustedes, si son sinceros, un cierto tufillo de género. Como se decía hace ya dos centurias, “una señorita no hace estas cosas”.

d) El sentido del ridículo. Tomemos, por ejemplo, un recio concepto civil: “el tercero hipotecario”. No conozco ningún juez ni registrador de la propiedad que, por culpa de ese masculino para el género no marcado, haya dejado de dispensar a una fémina la protección que ese vocablo representa. La verdad es que no me imagino al legislador iniciando el precepto con este sintagma: “el tercero hipotecario o la tercera hipotecaria…” (una construcción totalmente innecesaria). Por supuesto,  se podría discutir la incidencia social y jurídica de las reglas matrimoniales o sucesorias o de las prácticas económicas en el quantum de propiedad que disfrutan las mujeres, pero esto no tiene nada que ver con la pacífica vida de nuestro tercero en los folios registrales.

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3.- Queda acabado por ahora nuestro análisis causal. Les invito, no obstante, a colaborar con este humilde investigador aportando más palabras que, sin saber por qué, nadie desdobla y permanecen huérfanas y felices sin la cargante duplicación.

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[1] En ESPUNY TOMÁS, M.J., VALLÉS MUÑÍO, D. y VELO I FABREGAT, E.: “La investigación en Derecho con perspectiva de género” (2020).

[2] P. 138.

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Sábados exclusivos. La viga mal puesta de los aparejadores valencianos.

(Fuente: aquí).

1.-Transcurrida la ya anunciada pausa, vuelven los sábados exclusivos con renovados bríos. Perdonen la gastada introducción, pero es que no puedo perder más tiempo en prolegómenos cuando veo la perla que hoy tenemos ante nosotros. Nada menos que el “Decreto 87/2022, de 1 de julio, del Consell, de cambio de denominación del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de Valencia, por la de Colegio Oficial de Aparejadores y Aparejadoras, Arquitectos Técnicos y Arquitectas Técnicas de Valencia.” (DOGV de 12 de julio, donde puede consultarse la edición valenciana).

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2.-El Decreto es un compendio de las características de eso que llaman impropiamente “lenguaje inclusivo”. Vayamos al grano:

a) Imposición arbitraria desde arriba. En efecto –según el Preámbulo- nuestros amigos aparejadores presentaron el 30 de diciembre de 2020 la solicitud para modificar los estatutos de su corporación profesional. El 25 de marzo de 2021 la Subdirección General de Entidades Jurídicas y Recursos Materiales de Justicia formuló reparos y solicitó que se subsanaran las deficiencias. En noviembre de 2021 “el Colegio presentó documentación complementaria, que incluía el cambio de denominación del Colegio y subsanaba los reparos formulados”. El 9 de febrero de 202, el Colegio “presentó el certificado del secretario, con el visto bueno del presidente, en el que se indicaba que la Asamblea General Ordinaria del colegio, celebrada el 14 de diciembre de 2021, aceptaba el cambio de denominación del Colegio”.

b) Vulneración de reglas lingüísticas elementales y sustitución  por otras sacadas de la chistera. Es verdad que el preámbulo no llega a afirmar que el sintagma “Colegio Oficial de Aparejadores…” no incluye a las mujeres que ejercen la profesión (eso sería falso). Ahora bien, se inventa la “regla de la visibilidad”. En efecto, se nos dice que el cambio “pretende visibilizar una nueva realidad como es el avance significativo hacia la igualdad de género en la profesión”. Y nos da, al respecto, dos argumentos:

-En las dos últimas décadas la presencia de la mujer en la arquitectura técnica se ha incrementado en el ámbito universitario, hasta alcanzar el 45% de los estudiantes de arquitectura técnica.

-El porcentaje de mujeres que ocupa puestos en los órganos de gobierno de los distintos colegios profesionales alcanza cifras próximas al 30% de los cargos representativos.

De entrada, podemos estar tranquilos ya que, con respecto al pasado, parece que el uso del masculino para el género no distinguido no ha impedido el avance de las mujeres. Es decir, no era tan horrible. Pero, en segundo lugar, hemos de discutir el carácter caprichoso de las reglas: ¿se ha de desdoblar a partir del 45% de estudiantes? ¿Y por qué no a partir del 51%? O, mejor aún –si se trata de “dar visibilidad”, ¿Por qué no hacerlo a partir –por ejemplo- del 5%, precisamente para reforzar a  las pioneras? Toda esta idea artificial de la visibilidad es un capricho ideológico que los hablantes no tienen por qué tragarse (y menos aún la Administración Pública). Y, si se acepta, al menos que se propongan salidas con más gracia y no la cargante duplicación.

c) Fealdad e incorrección. La denominación elegida está mal construida. Veámosla con calma:

“Colegio Oficial de Aparejadores y Aparejadoras, Arquitectos técnicos y Arquitectas Técnicas de Valencia”

Si no hubieran desdoblado, la correspondencia –siguiendo su redacción- sería esta:

“Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos”

En efecto, falta la “y” como enlace, pero el Consell y el Colegio la olvidaron, quizá porque el resultado inevitable sería éste:

“Colegio Oficial de Aparejadores y Aparejadoras y Arquitectos Técnicos y Arquitectos Técnicas”.

Ciertamente, una losa (incluso para un aparejador o para una aparejadora). Afortunadamente, los ingenieros agrupados colegialmente corrigieron una catástrofe mayor y, expulsando previa sentencia judicial su sagrada alusión, impidieron que la denominación final hubiera sido ésta (tal como la querían redactar):

“Colegio Oficial de Aparejadores y Aparejadoras, Arquitectos Técnicos y Arquitectas Técnicas, Ingenieros de la Edificación e Ingenieras de la Edificación”.

d) Mentira y puro postureo. Ya el mismo Decreto no se toma muy en serio lo que promulga y, en el mismo preámbulo, se refiere a “los estudiantes de arquitectura técnica”, sin necesidad de desdoblar con “los estudiantes y las estudiantes”. Por otra parte en la web del colegio oficial se sigue hablando de “Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Valencia”. Ya se sabe que las cosas de palacio van despacio (aunque aviso que esto va a molestar mucho a los señores y señoras ingenieros). Pero, a lo largo de toda la web, el Colegio que admitió (no sé si a regañadientes) aquel cambio de denominación hace más de medio año sigue hablando –como es lógico- de ciudadanos, colegiados, constructor, arquitecto técnico, consumidor, propietario, usuario…Toman el mando una elemental economía del lenguaje y el respeto a las reglas que se han ido configurando por los hablantes. Atención: esto no quiere decir que en el futuro no se produzcan transformaciones naturales al margen del BOE, como suele ocurrir con profesiones hasta ahora muy marcadas (por ejemplo, las enfermeras o las azafatas que, curiosamente, están viviendo el proceso contrario).

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3.-En definitiva, esperemos que nuestros estimados aparejadores y arquitectos técnicos de Valencia mantengan con la escuadra y el compás una habilidad mayor que la que mostraron con la lengua. Una profesión tan constructiva no merece esta gramática destruida.

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Sábados exclusivos. Aportación personal al Observatorio Global del Español.

(Fuente:aquí).

1.- En principio, parece una buena noticia para las personas interesadas en nuestro idioma la creación de este nuevo órgano denominado “Observatorio Global del Español”. Las personas impacientes, que deseen su conversión en persona jurídica (del Observatorio, quiero decir) aún deberán esperar un poco, pues el Decreto 431/2022 ya alude a ese posible paso futuro.

Alguna persona tiquismiquis podría molestar aludiendo a la coincidencia con los cometidos de la Real Academia Española: estudios e informes técnicos sobre la situación del español; coordinación con otros observatorios; informes sobre la relación entre economía, nuevas tecnologías y lengua, etc. Cualquier persona atenta a los últimos proyectos de la RAE (dirigida por un insigne administrativista, por cierto)  verá la coincidencia entre lo que hace ahora mismo esta institución (con tecnología puntera)  y lo que se va a encargar al  flamante observatorio.

No hay que ser una persona avispada para darse cuenta de que, probablemente, se ha creado un órgano  para emitir informes bajo apariencia de competencia técnica pero mucho más manipulables que los de la ya incómoda Academia. Sin embargo,  quizás una persona más reflexiva podría atenuar lo anterior aludiendo a la relevancia social y económica de la política pública en materia de lengua y a su necesaria dirección por el Gobierno (el presidente del órgano es el Ministro de Asuntos Exteriores).

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2.- Me estoy confundiendo un poco ¿verdad? Es cierto, pero no es culpa de mi liosa persona.  Yo ya me había ido maliciando cuando, en el artículo 3, se aludió al “debate entre personas expertas en torno al español”. Luego, ya en el número 1 del artículo 4 se sigue con los caprichos de las personas creativas y se dice que “en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, la Presidencia [sí, un pelín raro, pero lo dejamos] será sustituida en  sus funciones por una de las personas que desempeñen las vocalías,…”. Bueno bastaba decir que el presidente será sustituido por un vocal, pero eso era quizá demasiado complicado. Como personas comprensivas, lo pasaremos por alto y valoraremos que al final del número 2 del artículo 4 aparece el infamante “vocal” de toda la vida aunque, eso sí, acompañado de otra persona: “Por cada vocal del Pleno será designada una persona como suplente…” (no se conviertan ustedes en personas asustadas ya que, simplemente, quiere decir que para cada vocal del pleno se designará un suplente).

Ahora bien, la observación del español por parte de nuestro observatorio llega a su máximo esplendor personalista en el número 2 del artículo 4, que enumera las vocalías (la negrita es nuestra, claro):

     “2. Vocalías:

a) La persona titular de la Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.

b) La persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

c) La persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes.

d) La persona titular del Comisionado Especial para la Alianza por la Nueva Economía de la Lengua.

e) Una persona en representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

f) Una persona en representación del Ministerio de Política Territorial.

g) Una persona en representación del Ministerio de Cultura y Deporte.

h) Una persona en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación.

i) Una persona en representación del Ministerio de Universidades.

j) Una persona en representación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las personas representantes ministeriales ostentarán, al menos, el rango de titular de Subsecretaría.

Por cada vocal del Pleno será designada una persona como suplente, por el mismo procedimiento utilizado para su nombramiento.”

De lo cual deduzco que una buena persona observadora de la lengua ya no dice con tranquilidad “el titular …” o “el representante de…”, sino que ha de tamborilear con “la persona titular” o el más ridículo “una persona en representación de…”. Aunque pido perdón porque sé, como persona intuitiva que soy, que estas precisiones se hacen para evitar que sean robots los que representen a los ministerios (sí, sí, no se rían, que hay muchas personas con apariencia de robots y robots con apariencia de personas).

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3.- La sede del órgano estará en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja e incluso se prevé que una vocalía esté ocupada por un representante del Gobierno de esa Comunidad. Magnifico homenaje a los orígenes del español. Me sumo a él y propongo que la primera obra de la nueva organización consista en la actualización de los versos de esa persona escritora riojana (fundamental en la historia de todo esto) que fue Gonzalo de Berceo. Sin duda habrán oído alguna vez su inmortal verso (que es, por cierto, un brindis a la claridad y a la precisión). Se trata de la segunda estrofa del Libro primero de La vida de Santo Domingo de Silos y cito la versión recomendada por la Biblioteca Virtual Cervantes:

“Quiero fer una prosa          en romanz paladino

         en cual suele el pueblo      fablar con so vecino

         ca non só tan letrado         por fer otro latino,

         bien valdrá, como creo,     un vaso de bon vino”.

Gonzalo de Berceo merece, como dije, una puesta al día, y ahí estoy yo, codo a codo con el recentísimo observatorio, para iniciar esta tarea:

Quiero hacer una prosa    en román paladino

         en el cual suele el pueblo    hablar con su persona vecina

         …”

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Sábados exclusivos. Un argot basado en el desprecio.

(Fuente: Ares.).

1.-Al burócrata de la «unidad de lenguaje inclusivo» no se le exigen grandes ideas. Él es un simple ejecutor. Se limita a confiar en algunos patrones discutibles y fofos que otros más sabios que él ya han pergeñado. Por ejemplo, la tesis foucaltiana de que todas las creaciones y relaciones humanas están penetradas por la  presencia del poder.  O bien la suposición de que el uso del masculino para el género no marcado es un símbolo de opresión. Esto último en las lenguas que  emplean esta regla, claro, porque ya se sabe que los hablantes del resto de idiomas  (entre nosotros, por cierto, el vasco) viven en un mundo de igualdad angelical.

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2.-Pero él no está para tan elevadas controversias. Él es un hombre práctico,  entusiasmado con su cuadernillo de procedimientos: desdoblamientos constantes y cargantes, abstracciones ridículas, frases sin coordinación interna, “personas” por todos lados,  barras/os  (esto de los palotes le gusta mucho porque sueña cada noche con un paraíso de impresos con “lenguaje inclusivo” grabado indeleblemente)…En fin, todo ese feo instrumental que hemos ido viendo por aquí estas últimas semanas y que él se saca de la manga y clasifica en sus carpetas de cartón malo.

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3.-Sin embargo, sí existe en este  oficinista una  convicción profunda, algo que va mucho más allá de su caja de herramientas para la tortura de las oraciones. Se trata de una fe íntima con verdades que se encadenan.

Su primer dogma es que las mujeres no leen. No leen buena literatura, buenos libros. En caso de que lo hagan, lo cierto es que no escriben. En caso de que escriban, escriben mal, porque carecen de respeto a las reglas lingüísticas y de sensibilidad estilística. Estas creencias le dan fuerza cada mañana para inventar nuevas chapuzas que impone como instrucciones al que aparece por allí. Crecepelo para la igualdad suministrado por un chupatintas calvo que asegura orgullosamente  que las  mujeres no aman el lenguaje.

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Sábados exclusivos. La desprotección de los zánganos.

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[Fuente: aquí].

1.-Me sorprendió la aparición pura  y simple de “los trabajadores” en el Real Decreto 395/2022, de 24 de mayo, por el que se modifica el Real decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Por todo el texto se renuncia a la duplicación –¡qué descanso!-  e incluso, de cara al futuro, se afirma inequívocamente lo siguiente en la Exposición de motivos (la negrita es nuestra):

Con este real decreto se avanza en el cumplimiento de la meta 8.8. de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, es decir, en proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios.”

Obsérvese en este último párrafo que el legislador admite –como es lógico, claro- que dentro de los trabajadores se incluyen las mujeres. Así ha sido siempre y durante toda la vida, pero parece que un signo de nuestra era consiste en descubrir mediterráneos tres veces por minuto.

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2.-Ya iba a salir por el pasillo cantando “La Internacional”, cuando me di cuenta que una gran parte de las menciones a los trabajadores derivaba de la cita de normas jurídicas de los años (entre otros) 1990, 1997 y 2020. Eran tiempos en los que la gente hablaba con normalidad y no había que retorcer las palabras.

Sin embargo, la nueva norma impone un régimen de mayor seguridad para las “personas trabajadoras” (sí, ya salió la cursilada). Son esas personas las que, a partir de ahora, se beneficiarán de una menor exposición a los agentes cancerígenos. Nos lo dice inequívocamente la exposición de motivos:

El real decreto responde al principio de necesidad, en tanto que atiende a las razones de interés general de llevar a cabo la transposición de una directiva europea, así como de mejorar la seguridad y salud de las personas trabajadoras; […]”

La expresión “personas trabajadoras” es fácilmente interpretable. Basta entrar en un taller de Eibar o de Tarrasa o en una oficina del norte financiero madrileño para escuchar al encargado o al mismísimo empresario decir con orgullo sobre su mejor empleado: “es una persona trabajadora”. Incluso comentan a veces con especial fruición: “es una persona muy trabajadora”.

Esto quiere decir que los nuevos índices de exposición a agentes cancerígenos no se van a aplicar a las personas que no sean trabajadoras. Insisto, tal como dice la norma: sólo se tendrán en cuenta para las personas trabajadoras. Los ganduletes aún podrán ampararse en los valores precedentes (más agresivos), porque esos sí que servían expresamente para todos los trabajadores. Estamos ante una manifestación implacable de estajanovismo normativo.

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3.-Ciertamente, ya hace un par de años que Álex Grijelmo anotó en el diario El País (26-IV-2020) que no es lo mismo la palabra trabajador como sustantivo que como adjetivo. De hecho, narra Darío Villanueva en Morderse la lengua. Corrección política y posverdad, que algún empresario espabilado ya ha intentado aplicar mejoras laborales sólo a las “personas trabajadoras”, tal como indicaba  textualmente la norma progresista. En conclusión, le espera a la Inspección de Trabajo un largo camino para asegurar, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución, la tutela de los vagos, desatendidos por una normativa repipi y relamida.

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