Poemas y papeles del viejo baúl. «Palabras para Julia», de Los Suaves.

1.-No me gusta nada el rock and roll. Pero voy a hacer una excepción para rendirme ante las “Palabras para Julia” de Los Suaves. Mi querido Antonio me la descubre y voy buscando la mejor de las diferentes opciones hasta centrarme en la que más me entusiasma, que es ésta del Viñarock 2004:

Una versión más depurada puede hallarse aquí ***.

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2.-Es cierto que la base musical es todavía la de Paco Ibáñez, pero la transformación es arrasadora y, además, tiene la ventaja de que va directo al centro del poema, a su mensaje esencial. Es magnífica (incluso, creo que rescata más versos originales que en la versión de Ibáñez).

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3.-De José Agustín Goytisolo hay poco que añadir. Compren sus libros –por ejemplo, la edición de su Poesía por Carmen Riera en Cátedra-. Es una buena inversión. También pueden optar por las grabaciones de sus poemas en su propia voz –en Visor-. Ahí descubrí “El show”, gracias al cual entendí la historia de la humanidad, o el inolvidable “A veces”. Este último, en palabras de José Agustín, nace de un impagable fragmento del famoso poema del Arcipreste de Hita incluido en El Libro de buen amor y titulado “Aquí dize de como segund natura los omnes e las otras animalias quieren aver compañia con las fembras”. Los dos versos que sirvieron de arranque al poema de José Agustín son los siguientes:

“E yo, porque so omne, como otro, pecador,

       Ove de las mujeres a vezes grand amor;”

Goytisolo compuso varios poemas para ser cantados y, realmente, muchos de sus versos gozan de una facilidad musical envidiable. En un epigrama de los reunidos en sus Cuadernos de El Escorial concluye que:

    “Hay quien lee y quien canta poemas que yo hice

       y quien piensa que soy un escritor notable.

       Prefiero que recuerden algunos de mis versos

       y que olviden mi nombre. Los poemas son mi orgullo.”

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Atmosfera i motivació d’una millora docent.

        Acabem de presentar la sol·licitud d’un projecte d’innovació  docent. Comparteixo amb vostès un fragment de les justificacions que hi apareixen.

        “Les justificacions del nostre projecte són les següents:

            PRIMERA: existeix un dèficit en l’expressió oral dels nostres estudiants, derivada de la preeminència absoluta de les formes d’avaluació escrita (test, preguntes llargues, etc.). De fet, la pràctica totalitat dels estudiants admeten que no han fet mai un examen oral a la universitat. No obstant, aquesta expressió és molt rellevant en les feines jurídiques i també en els processos de selecció professional.

            SEGONA.-És convenient una adaptació de la classe magistral al nou entorn. És decebedor passejar-se pels passadissos i observar com els dispositius electrònics (del mòbil o de l’ordinador) guanyen la partida al millor discurs. Això no vol dir acabar amb aquesta fórmula tan raonable d’ensenyar, sinó adaptar-la.

            TERCERA.-Potser hem d’admetre que la preocupació fonamental dels estudiants és obtenir una qualificació positiva, més que aprendre. Això probablement sempre ha estat així, però ho hem acabat reforçant a través de l’avaluació contínua i de l’obsessió numèrica de les guies docents.  L’honestedat ens fa tenir en compte aquesta dada i, també, la necessitat de connectar-la amb un aprenentatge real i conscient.

            QUARTA.-Aquest projecte s’inscriu en el marc del nou model docent aprovat i executat per la Facultat de Dret, però també afecta la Facultat d’Econòmiques. En efecte, es farà en dues fases:

            -Primer semestre: assignatura de “Dret Administratiu III” del Grau en Dret. […]

            -Segon semestre: assignatura de”Dret Administratiu III” d’Administració d’Empreses i Dret. […]

            Es tracta, per tant, d’un projecte que afecta:

            -Quatre professors.

            -Dues assignatures.

            -Dues titulacions (Dret i Ade+Dret). Per aquest motiu, es demana autorització dels dos degans implicats.

            CINQUENA.-Els manuals de l’assignatura han estat sempre importants en les assignatures jurídiques. No obstant, s’observa que, darrerament, només alguns estudiants avantatjats fan aquesta consulta. Pel contrari, una gran part d’alumnes es limita a fer una consulta a internet de pàgines poc serioses acadèmicament. D’aquesta manera, es perd la visió de conjunt i no es practica amb el vocabulari de la matèria.

            SISENA.-El sistema que proposem ja ha estat assajat al curs 2021-2022 a les assignatures de Dret Administratiu III del Grau en Dret i d’Administració d’Empreses i Dret. Per tant, no és una elucubració, sinó que disposem ja d’una experiència prèvia, assumida pels professors […], que ens ha permès corregir alguns errors inicials. “

Dissabtes exclusius. Les dones no poden ser conselleres de la Generalitat.

1.-Ho avisava Carme Junyent a la introducció del llibre que va editar l’any 2021: Som dones i som lingüistes, som moltes i diem prou. Prou textos incoherents i confusos. Canviem el món i canviarà la llengua (Eumo Editorial). També  anotava amb fina ironia que tampoc no volia donar idees…Però el text de l’art. 68.2 de l’Estatut d’Autonomia de Catalunya  diu el que diu:

El Govern es compon del president o presidenta de la Generalitat, el conseller primer o conseller primera, si escau, i els consellers.”

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2.-En conseqüència, no s’admeten les conselleres. Està claríssim. Tot  el context reforça aquesta interpretació. Així, per exemple, a l’art. 68. 4 es diu que “el govern cessa quan ho fa el president o presidenta de la Generalitat”. Es desdoblen constantment el president i el conseller primer, recordant que són “el president o la presidenta” i “el conseller o la consellera primera”, però no s’aplica la mateixa medecina als consellers.  Això s’acompleix a tota la regulació del Govern i fins i tot quan es tracten les relacions amb el Parlament. Sempre “consellers”. Per tant, no hi ha conselleres (no ens queixem, sí  pot haver president i només –això sí- consellera primera).

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3.-Em direu que ja s’entén que “consellers” inclou “conselleres”. Evidentment. I també “president” inclou “presidenta”. No calia embolicar-se amb duplicacions carregoses. Caldrà tenir en compte, a més, el principi constitucional d’igualtat. I també, com vèiem amb les “persones treballadores”, la regla caritativa  d’interpretar i corregir les gracietes enfarfollades de les “unitats de llenguatge inclusiu”  (o com es diguin).

Retrato de Margaret (Peg) Hughes, actriz de la Restauración, realizado en 1672 (*)

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Articles relacionats:

Dissabtes exclusius; sábados exclusivos.

Poemas y papeles del viejo baúl. «Fado de saudade», de Carlos do Carmo.

El 26 de marzo de 2013 publiqué en un lejano blog esta versión en castellano del «Fado da saudade», de Carlos do Carmo. Lo pensaba mientras partía para Coimbra.

«Fado da saudade » Adaptación.

Adaptación –que se puede cantar- de un magnífico fado de Carlos do Carmo*. Un homenaje a Lisboa y, sobre todo, a Alfama, uno de los lugares más bellos que he conocido.

“Fado da saudade”. Carlos do Carmo. Traducción y adaptación de Joan Amenós

Amanece en la ciudad que me fascina,

en esta vieja Lisboa, que fue mi vida;

y con un nudo de nostalgia, en la garganta,

escucho un fado que es tan sólo despedida;

y con un nudo de nostalgia, en la garganta,

escucho un fado que es tan sólo despedida.

 

Fue en las tabernas de Alfama, en hora triste,

donde nació esta canción, y su lamento,

una memoria del que busca, como el viento,

la mirada de quien ama, y siempre insiste;

una memoria del que busca, como el viento,

la mirada de quien ama, y siempre insiste.

 

Mientras quema este dolor, con sentimiento,

oigo este mar que resuena mientras canta;

y desde Bica a Mandragoa, en un momento,

me regresa esta ansiedad, de la partida.

Amanece en la ciudad, que me fascina,

en esta vieja Lisboa, que fue mi vida.

 

Vivir sólo del pasado, sin sentido,

te encarcela a tu destino, que te invade;

pero en el alma de este fado, siempre vivo,

nace un canto cristalino, siempre nuevo.

Pero en el alma de este fado, siempre vivo,

nace un canto cristalino, siempre nuevo.

 

Y es por eso que imagino, en aire libre,

aquel vuelo de gaviota renacida;

y ya nada me lastima, todo me llama,

en estas calles tan mías, amanecidas;

mas con un nudo de nostalgia, en la garganta,

escucho un fado que es tan sólo despedida.

 

 

*Versión original de la canción: https://www.youtube.com/watch?v=vw-3ccM2f6g

 

CARLOS DO CARMO. “FADO DA SAUDADE”. LETRA

Nasce o dia na cidade, que me encanta
Na minha velha Lisboa, de outra vida
E com um nó de saudade, na garganta
Escuto um fado que se entoa, à despedida
E com um nó de saudade, na garganta
Escuto um fado que se entoa, à despedida

Foi nas tabernas de Alfama, em hora triste
Que nasceu esta canção, o seu lamento
Na memória dos que vão, tal como o vento
O olhar de quem se ama e não desiste
Na memória dos que vão, tal como o vento
O olhar de quem se ama e não desiste

Quando brilha a antiga chama, ou sentimento
Oiço este mar que ressoa, enquanto canta
E da Bica à Madragoa, num momento
Volta sempre esta ansiedade, da partida
Nasce o dia na cidade, que me encanta
Na minha velha Lisboa, de outra vida

Quem vive só do passado, sem motivo
Fica preso a um destino, que o invade
Mas na alma deste fado, sempre vivo
Cresce um canto cristalino, sem idade
Mas na alma deste fado, sempre vivo
Cresce um canto cristalino, sem idade

É por isso que imagino, em liberdade
Uma gaivota que voa, renascida
E já nada me magoa, ou desencanta
Nas ruas desta cidade, amanhecida
Mas com um nó de saudade, na garganta
Escuto um fado que se entoa, à despedida

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Notas y borradores para una charla sobre las oficinas antifraude. De Chicago a Coimbra.

      1.-Podríamos afirmar que, en la lucha contra la corrupción, el poder judicial y el poder ejecutivo asumen el papel activo y principal.

      2.-Así, a los jueces les corresponde el enjuiciamiento y castigo de las infracciones penales previamente descubiertas.

      3.-El poder ejecutivo tiene, por su parte, relevantes tareas. Por ejemplo, asegura el control interno, la transparencia, la aprobación de reglamentos y protocolos de honestidad y buen gobierno, etc.

      4.-Lógicamente, al Parlamento le toca simplemente discutir y aprobar las leyes que aseguren esa lucha. Por ejemplo, los previstos en la Estrategia Nacional Anticorrupción. Además de ello, a la Asamblea Legislativa le corresponde el control político a través de preguntas, interpelaciones, etc. Esto último es especialmente importante si se conecta con una sociedad civil y un debate periodístico realmente plurales y vivos. El papel del Parlamento se uniría así al de la prensa, cuarto poder y watchdog del sistema democrático.

      5.-Ahora bien, es posible que el Legislativo asuma un papel más incisivo a través de las comisiones de investigación. He observado que la Constitución portuguesa se refiere expresamente a las comisiones eventuales de investigación. Son, pues, temporales, no estables, pasajeras.

      6.-Este podría ser el punto inicial para el estudio de la Agencias Antifraude españolas. Estamos, en principio, ante una Comisión parlamentaria permanente.

      7.-Ahora bien, esto no es suficiente para situar estas agencias. Hay que dar un paso más: la Oficina antifraude tiene personalidad jurídica propia. Ahora la perspectiva cambia: es un ente diferente al Parlamento (que, al menos en el ordenamiento español, no está personificado).  Estamos ante un organismo administrativo especializado.

      8.-Lo anterior nos obliga a revisar nuestra primera definición: es una comisión parlamentaria, pero no dispone de representantes de los grupos parlamentarios. El Parlamento andaluz no envía sus representantes a la Oficina, sino que se limita a nombrar su director con el quórum reforzado: 3/5 partes de los miembros del Pleno o quórum favorable de mayoría absoluta. La Ley impone unas condiciones previas de idoneidad, honorabilidad, independencia y profesionalidad.

      9.-Dos precisiones son importantes en el funcionamiento de esta Oficina antifraude. En primer lugar, la aprobación por parte del Parlamento del reglamento de régimen interior a propuesta, precisamente, del Director. En segundo lugar, la aprobación del Presupuesto de la Oficina dentro del presupuesto general asignado al Parlamento.

      10.-Hemos configurado de este modo una organización peculiar. A mi entender, esta agencia tiene las siguientes características.

      11.-En primer lugar, ajenidad y carácter externo a la Administración. El planteamiento de fondo recuerda al argumento de la película Los intocables de Elliot Ness,  basado en la novela The untouchables, que fue el nombre con el cual fue exhibido en Portugal. Elliott Ness, oficial del FBI, recibe el encargo de investigar el crimen vinculado a la Mafia y a la Ley Seca. Me interesan, de entrada, dos elementos:

            -Opera desde fuera sobre un cuerpo corrupto (redes ilegales de cervecerías, policías y miembros del jurado comprados, etc.).

            -Muestra una independencia reforzada, una honestidad a prueba de bomba. De ahí el nombre de The untouchables.

                                   […/…]

***

 

Nihil novum subsole. Una brillante reflexión histórica ante la ultimísima norma.

                El abogado Alfonso López-Ibor Aliño compara brillantemente–asumiendo ciertos riesgos- las normas de control de precios y de suministros dictadas en ciertos momentos de la Revolución Francesa y las últimas y sorprendentes congelaciones de rentas y  tarifas adoptadas por nuestro Ejecutivo. Vuelven los buenos tiempos para la Ley de máximo, como el artículo describe. Recuerdo que el viejo COU iniciaba la asignatura de Historia Contemporánea con un buen mesecito de Revolución Francesa. Tuve suerte con el gran profesor don Juanjo Miguélez. Supongo que ahora la cosa será más complicada, porque se les va a decir a los muchachos que la historia comenzó en 1812.

         El Decreto Económico del Gobierno y los jacobinos.

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Jornadas Luso-Espanholas «Os Instrumentos da Boa Administração | Los Instrumentos del Buen Gobierno»

Jornadas Luso-Espanholas «Os Instrumentos da Boa Administração | Los Instrumentos del Buen Gobierno»

Universidad de Coimbra. 3-4 junio 2022.

Free Gente Montando Barco Sobre El Agua Stock Photo(*)

DIA 3

9h45
ABERTURA

APRESENTAÇÃO DA OBRA “EL BUEN GOBIERNO EN
ANDALUCÍA”

10h00
A BOA ADMINISTRAÇÃO: UM NOVO PARADIGMA?

Pedro Costa Gonçalves | Universidade de Coimbra

10h30
INTEGRIDAD Y FONDOS NEXT GENERATION

Federico A. Castillo Blanco | Universidad de Granada
Maria José Fernández Pavés | Universidad de Granada

11h30
CONTROLLING E MODELO DE GOVERNAÇÃO DO PLANO DE RECUPERAÇÃO E RESILIÊNCIA

Suzana Tavares da Silva | Universidade de Coimbra
Vasco Moura Ramos | Universidade de Coimbra
Moderação: José Carlos Vieira de Andrade

15h00
CONTRATACIÓN PÚBLICA E INTEGRIDAD

Raquel Carvalho | Universidade Católica Portuguesa
Susana E. Castillo Ramos-Bossini | Universidade de Granada

16h00
DIGITALIZAÇÃO DA ADMINISTRAÇÃO E DO PROCEDIMENTO ADMINISTRATIVO

Paulo Mauritti | Agência para a Modernização Administrativa
Licínio Lopes Martins| Universidade de Coimbra

17h00
TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y BUEN GOBIERNO

Agustí Cerrillo | Universitat Oberta de Catalunya
Moderação: Pedro Costa Gonçalves

DIA 4

10h00
LAS AGENCIAS ANTIFRAUDE Y EL PAPEL DEL DENUNCIANTE

Jose María Pérez Monguío | Universidade de Cádiz
Joan Amenós Alamo | Universidad Autónoma de Barcelona

11h30
ADMINISTRAÇÃO PÚBLICA E ESTRATÉGIA NACIONAL ANTICORRUPÇÃO

Maria João Antunes | Universidade de Coimbra

12h00
LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

Federico A. Castillo Blanco | Universidad de Granada
Juan José Lavilla Rubira | ICADE/ Universidad Pontificia Comillas
Moderação: José Casalta Nabais

Sábados exclusivos. La desprotección de los zánganos.

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[Fuente: aquí].

1.-Me sorprendió la aparición pura  y simple de “los trabajadores” en el Real Decreto 395/2022, de 24 de mayo, por el que se modifica el Real decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Por todo el texto se renuncia a la duplicación –¡qué descanso!-  e incluso, de cara al futuro, se afirma inequívocamente lo siguiente en la Exposición de motivos (la negrita es nuestra):

Con este real decreto se avanza en el cumplimiento de la meta 8.8. de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, es decir, en proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios.”

Obsérvese en este último párrafo que el legislador admite –como es lógico, claro- que dentro de los trabajadores se incluyen las mujeres. Así ha sido siempre y durante toda la vida, pero parece que un signo de nuestra era consiste en descubrir mediterráneos tres veces por minuto.

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2.-Ya iba a salir por el pasillo cantando “La Internacional”, cuando me di cuenta que una gran parte de las menciones a los trabajadores derivaba de la cita de normas jurídicas de los años (entre otros) 1990, 1997 y 2020. Eran tiempos en los que la gente hablaba con normalidad y no había que retorcer las palabras.

Sin embargo, la nueva norma impone un régimen de mayor seguridad para las “personas trabajadoras” (sí, ya salió la cursilada). Son esas personas las que, a partir de ahora, se beneficiarán de una menor exposición a los agentes cancerígenos. Nos lo dice inequívocamente la exposición de motivos:

El real decreto responde al principio de necesidad, en tanto que atiende a las razones de interés general de llevar a cabo la transposición de una directiva europea, así como de mejorar la seguridad y salud de las personas trabajadoras; […]”

La expresión “personas trabajadoras” es fácilmente interpretable. Basta entrar en un taller de Eibar o de Tarrasa o en una oficina del norte financiero madrileño para escuchar al encargado o al mismísimo empresario decir con orgullo sobre su mejor empleado: “es una persona trabajadora”. Incluso comentan a veces con especial fruición: “es una persona muy trabajadora”.

Esto quiere decir que los nuevos índices de exposición a agentes cancerígenos no se van a aplicar a las personas que no sean trabajadoras. Insisto, tal como dice la norma: sólo se tendrán en cuenta para las personas trabajadoras. Los ganduletes aún podrán ampararse en los valores precedentes (más agresivos), porque esos sí que servían expresamente para todos los trabajadores. Estamos ante una manifestación implacable de estajanovismo normativo.

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3.-Ciertamente, ya hace un par de años que Álex Grijelmo anotó en el diario El País (26-IV-2020) que no es lo mismo la palabra trabajador como sustantivo que como adjetivo. De hecho, narra Darío Villanueva en Morderse la lengua. Corrección política y posverdad, que algún empresario espabilado ya ha intentado aplicar mejoras laborales sólo a las “personas trabajadoras”, tal como indicaba  textualmente la norma progresista. En conclusión, le espera a la Inspección de Trabajo un largo camino para asegurar, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución, la tutela de los vagos, desatendidos por una normativa repipi y relamida.

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Artículos relacionados: «Sábados exclusivos«; «Dissabtes exclusius«.

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¿Y si en el paraíso del Derecho se pudieran comer los frutos del árbol envenenado?

       Esta es justamente la duda que me queda tras la lectura del magnífico resumen y comentario de Javier Izaguirre Fernández  sobre una reciente sentencia del Tribunal Supremo. Y aún podría rebajar un poco el nivel de esta sutil llamada de atención aludiendo al popular “Santa Rita, Santa Rita, lo que se da no se quita”. O ya, un tanto grotescamente, “toma la información y corre”.

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       “ El Supremo obliga a Hacienda a devolver a un abogado lo incautado en un registro que era nulo

        No obstante, la eventual utilización como medio de prueba de la información allí obtenida tendrá que ser decidida en el procedimiento en que ello se plantee “

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