Sábados exclusivos. El “lenguaje inclusivo” se quedó en la papelera del ordenador.

Foto: aquí.*. Sección «Sábados exclusivos«*, «Dissabtes exclusius«.

         1.-Aunque mi admirado Pablo de Lora se me ha adelantado en el tratamiento del Anteproyecto de la Ley de Familias* –culmen de la cursilería y de la vaciedad-, nunca faltan carretones de  palabrería hueca  para alegrarnos el corazón. Así, uno se llena de júbilo ante la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes.

         Para empezar, su nombre: se va a fomentar un ecosistema. Sólo un sentido “chic” de la legislación y de la vida (“¡qué vintage eres, papá!”, me dice mi hija) puede justificar ese préstamo de la biología y de la ecología. Aunque, total, para nada, porque en el art. 1.1 se olvida del término y define con desnuda sencillez:

         “1. Esta ley tiene como objeto establecer un marco normativo específico para apoyar la creación y el crecimiento de empresas emergentes en España, teniendo en cuenta la distribución competencial sobre la materia entre el Estado y las Comunidades Autónomas.”

         O sea, que se dan mucho pisto, pero se trata simplemente de regular un conjunto de empresas. O, mejor dicho, un tipo de empresas que se califica y se describe en el artículo 3 como “emergente”. A los compañeros mercantilistas les corresponde precisar las aristas de esta definición. Eso sí, como ley de fomento que es, la Administración Pública tiene un papel determinante y, de hecho, para acogerse a los beneficios de la norma se precisa un certificado administrativo otorgado previa evaluación por un organismo público (art. 4).

         Por toda la ley circulan los mantras de la nueva economía. Algunos vocablos están justificados y otros son mera quincalla: “emprendimiento”; “escalabilidad”; “Foro Nacional de empresas emergentes”; “buenas prácticas”; “sandbox”; “la diversidad, la inclusión y los principios democráticos” (una especie de responsabilidad social al límite); “actualizaciones de interfaces”; “tecnologías disruptivas”; “startup de estudiantes” (aunque, por cierto, no se define la noción de startup); etc. En este mundo de ideas rompedoras y de largas tardes de ingenio y what’s up en la cafetería del coworking, se aprovecha para crear en la Disposición Adicional séptima la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial  ,uno de cuyos fines es el “desarrollo y uso responsable, sostenible y confiable” del invento.

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         2.-Ante esta explosión de vanguardias tecnológicas, yo caminaba un tanto acomplejado por los recovecos de la ley y esperaba encontrarme a cada momento con el máximo símbolo lingüístico de nuestra posmodernidad fluida e inclusiva. El lenguaje ídem, eso, el mal llamado “lenguaje inclusivo”.

         Pero mis hipótesis se vinieron pronto abajo. Ya lo empecé a ver en la Exposición de Motivos, donde en el epígrafe I se habla sin ningún embozo  de “emprendedores”, “ciudadanos”, “trabajadores e inversores”, “teletrabajadores”, “profesionales altamente cualificados”, etc. La cosa sigue igual en el resto del preámbulo: “trabajadores de empresas emergentes”, “trabajadores por cuenta ajena”, “el contribuyente”, “los hijos”, “el progenitor”, “los nómadas digitales”[sic], “los emprendedores”, “empleadores”, “los estudiantes”, etc. Sólo en una ocasión se despista y suelta un “personas trabajadoras desplazadas”,pero luego vuelve con normalidad a “los trabajadores españoles o extranjeros desplazados”.

         La tónica es idéntica en el articulado, donde se usa el román paladino para el género no marcado: “inversores”, “socios trabajadores”, “socios de trabajo”, “el interesado”, “usuarios”, ”registrador mercantil”, “administradores”, “Abogados del Estado”, “el solicitante”, “un  notario extranjero”, “colaboradores de la empresa”, “emprendedor”, “consumidores”… Apenas puedo llevarme a la boca un “persona responsable del Registro de cooperativas” (Art. 5.4). Y todo esto, además, en una Ley que habla de “eliminar las brechas de género”, “incorporar al ecosistema el talento de las mujeres” o “indicadores de cumplimiento […] desagregados por sexo”.

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         3.-Esto no es serio. Uno se pasa aquí horas analizando las sabias “soluciones” aportadas por los grandes teóricos del lenguaje inclusivo y sus unidades administrativas correspondientes y, cuando llega la ley moderna entre las modernas, no me como ni un rosco. Ya llevamos tres semanas con resultados muy flojos o nulos -en la mismísima “Ley trans”*, en la normativa fiscal* y hoy en esta novedad mercantil-. Lo cual, aunque me va a dejar sin trabajo, está requetebién y es, sin duda, un modelo de best practice para nuestra legislación.