El elixir antiparlamentario en el corpus del Derecho público.

Entramado de vías de acceso a los nuevos talleres de Renfe.

(Fuente: aquí)

«El instante crítico del guardaagujas. A propósito del libro de Esteve Pardo: El pensamiento antiparlamentario y la formación del Derecho Público en Europa«,

Historia Constitucional , 23 (2002).

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         Se me fue la mano. Lo que iba a ser una rutinaria recensión se convirtió en una reflexión más larga sobre la crisis de las democracias liberales y el papel del Derecho. No fue mérito mío: me comporté como un enano a hombros del gigante. Me refiero al profesor Esteve Pardo y su libro (que ya está siendo traducido y ha logrado un inmediato éxito): El pensamiento antiparlamentario y la formación del Derecho público en Europa (Marcial Pons).

         El planteamiento era seductor: en los felices veinte de hace justamente un siglo y que pronto se arrugaron se condensan diversas propuestas y programas de una corriente antiparlamentaria que ha sido fundamental para entender  la evolución del Derecho público (y, especialmente, del Derecho Administrativo). Por ejemplo, la construcción del control de constitucionalidad, que sólo puede entenderse desde una inicial desconfianza del Parlamento.

         Un libro vale la pena si te golpea, como decía Kafka. Justamente eso me ocurrió e incluso me puse a pensar sobre el corporativismo (antiparlamentario por esencia)  y su aparición en Argentina, un poco por el prurito de añadir un cuartillo a la profundización que el libro hace de la experiencia jurídico-política de cinco países (Alemania, Francia, Italia, Portugal y España), un poco  además por la admiración hacia la cultura legal de esa nación hermana y otro poco, también, porque alguna relación se me  viene a la cabeza mientras oigo por la radio que la bruja inflacionaria no vuelve a su cueva y nada parece augurar ni siquiera un inicio de felices veinte.

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