Y el Derecho laboral se fue por la alcantarilla.

[Dentro de nuestra sección de «Sábados exclusivos«]

         Me encuentro en el pasillo con unos compañeros laboralistas. Son unos magníficos profesionales, con el punto de sensibilidad ideológica que suelen tener los cultivadores de esta rama. Explican que están redactando un informe y que tienen dificultades para seguir las reglas bastardas de ese trampantojo del “lenguaje inclusivo”. Me sorprende ver a esta brava gente arrodillada ante la paparrucha supersticiosa. Escuchando sus cuitas, me hago una idea del problema:

         1.-Como ya hemos dicho en otras ocasiones, el objetivo es no decir nunca “trabajador”. Es cierto que el Estatuto aún guarda esta infame palabra, pero tiene los días contados. Desde luego, hay que tener bemoles –en estos días de memorias históricas- para renunciar a ese término. No tengan miedo, señoras y señores, que “trabajador” –cuando opera como género no marcado- incluye a los obreros del metal y a las muchachas de bata azul de las factorías, a las mujeres con las cestas de la cosecha y a los hombres de la mar-.

         2.-Por tanto, apareció un listillo (existe en todas las oficinas y centros de trabajo) y dijo que había que duplicar. Esto es, “trabajadores y trabajadoras” en todos los textos legales. Se planteaban así dos inconvenientes:

                            a)¿Qué ocurre cuando no se desdobla y sólo se habla de “trabajador”? Las normas laborales de los últimos años suelen mostrar esta patología de la amnesia inmediata (o quizá de algún exceso alcohólico): duplican en los primeros artículos y vuelven a la forma correcta en los últimos (normalmente, en las disposiciones finales y transitorias ya no se está por tonterías).

                            b) El segundo problema es la pesadez. El mundo laboral es dinámico, activo y aguerrido y no me imagino una asamblea para la discusión del convenio teniendo que repetir a cada paso “trabajadoras y trabajadores”. Observen ustedes por ejemplo  que, en los debates parlamentarios, cuando la cosa se calienta nadie habla de ese modo (ni siquiera los más acérrimos defensores del invento).

         3.-Pero el mismo listillo de antes  (o quizás otro) no se rindió y nos regaló la infección de la “personitis”, a la cual ya nos hemos referido en esta sección en varias ocasiones: no hace falta desdoblar, pero hay que decir “persona trabajadora”. Como se ha proclamado hasta la saciedad, este término sólo ampara a las personas diligentes, pero las personas torpes y perezosas (no trabajadoras) no pueden ir a Magistratura.

         4.-La expresión cursi que comentamos, no obstante, ha de tener su contraparte y esto generó mayores dificultades. En efecto, el escenario contractual iba a resolverse con estas dos posiciones:

                                      -Empresario o patrón (sí, sí, esto último es ya muy antiguo).

                                      –Persona trabajadora.

         5.-Por razones que no vienen al caso, a los listillos no les gusta duplicar ciertos conceptos y no suele hablarse de “empresarios o empresarias”, “promotores o promotoras”, “grandes tenedores o grandes tenedoras”… Sin embargo, la opción de “persona empresaria” para evitar el desdoblamiento no entra ni con calzador. De hecho, no la he visto en el BOE (si algún lector caza el gazapo, se lo agradeceré efusivamente).

         6.-Pero nuestro listillo es como el “mago Pop” y siempre sale por donde menos te lo esperas. Empezó a recorrer el gris vocabulario de nuestra vida en el tajo y pensó que podía servir este triste término: “empleador”. Duplicarlo era grotesco: “el empleador o la empleadora” es casi un trabalenguas. Pues nada, le metemos una inyección de “personitis” y se arregla la chapuza: “la persona empleadora”.

         7.-Todo era felicidad con el hallazgo y así puede verse en el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar (un bodrio lingüístico, como ya analizamos aquí:*).  Sin embargo, es verdad que esta norma sólo incluye a personas físicas dentro del vocablo “persona empleadora”. Ya veremos si se generaliza.

         8.-Por el momento, pues, sigue resistiendo el art. 1.1. del Estatuto de los Trabajadores:

                            “1. Esta ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.”

         Pero ya sé que los listillos siguen merodeando por donde acampa este precepto y aguardan el momento para cambiar “trabajador” por “persona trabajadora”. A partir de ese instante, el factor trabajo ya no será un elemento sustantivo, nuclear y esencial –como lo es en “el trabajador”-, sino un mero adjetivo, un accidente añadido a la persona.

         En consecuencia, el contrato al que nos referimos será firmado entre dos personas y éste es el dato que pasa a ser  primario y fundamental. No es ninguna novedad, claro. Volvemos así  al terreno clásico del contrato civil, que no precisa de la pesada muleta tuitiva del Derecho laboral. No digo que este resultado esté bien o mal. Simplemente constato que el legislador se sitúa en los tiempos anteriores al Código de Trabajo de 1926 y a la Ley del contrato de trabajo de 1931. Les regalo a mis amigos laboralistas del pasillo un ejemplar del Castán.

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Fotografías: * y **.

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Sábados exclusivos. Las empleadas del hogar hacen limpieza.

Limpiar en casa con una escoba

(Fuente: gettyImages).

1.-La página oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se desayunaba el 8 de septiembre con este titular: “El BOE publica el acceso a prestaciones por desempleo para las trabajadoras del hogar”. Seguía así la pauta que ya habían marcado tanto el Presidente del Gobierno (en diversos anuncios públicos y en el debate en el Senado) y la ministra de Trabajo. Esto es, la exclusiva referencia a las empleadas o trabajadoras del hogar. Una alusión perfectamente lógica y que a nadie extrañó, dada la  destacable mayoría femenina en esta tarea. El hablante tiene prisa y, cuando puede determinar el sujeto con altísima probabilidad, rehúye las formas genéricas y va al grano (de ahí la generalización, por ejemplo, de “enfermeras”). Por esta razón, es probable que dentro de diez o quince años hablemos sólo de “juezas” -al menos en el lenguaje oral- y quizás habrá alguna sorpresa en la profesión que hoy analizamos, teniendo en cuenta el aumento de las empresas de servicios, el teletrabajo, los robots y la multiplicación de los matrimonios hipogámicos (con el hombre en estatus inferior, aunque de esto hablaremos otro día).

Como la cosa fluía con normalidad, nadie cayó en cuenta que las autoridades políticas  se habían cargado de un plumazo dos dogmas de la posmodernidad imperante:

Duplicar las referencias a las profesiones: ni un mísero “empleadas y empleados del hogar” en las alocuciones y discusiones.

Evitar los estereotipos femeninos: toda la pesadez académica de este discurso se iba por la alcantarilla.

Había  expectación en la plaza para ver cómo se depositaba esto en el gran vertedero terminológico del BOE. Reconozco que la solución no era fácil y más teniendo en cuenta que los burócratas del “lenguaje inclusivo” ya nos han dejado el campo embarrado.

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2.-El legislador opta, en principio, por la pastilla cursi de la “personitis” y se refiere en el título del Decreto-ley (16/2022) a las “personas trabajadoras al servicio del hogar”. Ya nos hemos referido varias veces a este vicio en nuestra sección. Baste recordar ahora que, ordinariamente, “trabajador” -sustantivo- no equivale a “persona trabajadora” –donde trabajadora puede leerse como adjetivo-. De todos modos, es tarea hercúlea hacer distinguir a un oficinista del “lenguaje inclusivo” entre sustantivo y adjetivo.

Por tanto, pueden ustedes imaginar la cansina redacción que nos acompaña: “persona trabajadora”, “persona empleada”, “persona empleadora”…A veces, el resultado tiene algo de cacofónico, como ocurre en la nueva redacción del art. 11.1. d) del Real Decreto 505/1985, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial:

d)Las personas empleadoras por las personas trabajadoras en el hogar familiar vinculadas entre sí en virtud de relación laboral de carácter especial”.

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3.-Sin embargo, eso que ellos  decretan como “lenguaje no inclusivo”(el de toda la vida) corretea alegremente por todos lados y demuestra a las claras que el montaje anterior era un capricho innecesario, un churro de chocolate para marcar diferencia con las porras. Así, en el artículo segundo se habla tranquilamente de “sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores”. En el artículo sexto reaparecen los “trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar”. No hay ningún problema para volver a emplear este vocablo en  el número 5 de la disposición adicional primera (y, además, por dos veces), provocando incluso una mezcla ridícula: “…contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores”…

Por supuesto, cuando se trata de nombrar a la hucha, el legislador no quiere líos (y este era el gran momento para cambiar la denominación supuestamente opresiva). Nada de nada: “Sistema Especial para Empleados de Hogar”. Con el dinero, pues, una solución clásica. Y más espectacularmente clásica aún en el primer párrafo de la disposición transitoria tercera cuando, en un ámbito realmente feminizado, no hay ninguna duda en seguir los criterios del buen castellano (justo cuando podía quizá permitirse un exceso, el legislador laboral se autorreprime):

Las bonificaciones por la contratación de cuidadores en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores…”

            Por tanto, la verdad es que el resultado final implica una cierta retirada de las toscas maniobras del lenguaje “inclusivo”, que tenían en el Ministerio de Trabajo un aliado que ya flaquea. Por cierto,  si uno sigue leyendo  las disposiciones transitorias del Decreto-Ley –donde, de acuerdo con depurada técnica legislativa, ya se tratan temas que nada tienen que ver con lo anterior y que provienen de otros ramos de la Administración-, debemos decir que el lenguaje inclusivo “ni está ni se le espera”: “estos solicitantes” (disposición transitoria cuarta), “usuarios de títulos multiviaje…”, (disposición transitoria quinta), “beneficiarios” (disposición final segunda), etc. De hecho,  el Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula a nivel estatal la Memoria de Análisis de Impacto Normativo, ya no hizo ninguna referencia a esta cuestión (a diferencia de algún antecedente que aún clamaba por su consideración).

Tenemos, por tanto, una hipótesis interesante según la cual habría ministerios más obsesionados con el furor duplicativo y otros que vivirían felices hablando como el pueblo habla a su vecino. Ese acantonamiento en ciertas oficinas confirmaría el carácter de mera jerigonza de eso que llaman “lenguaje inclusivo”.

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Dissabtes exclusius.

Sábados exclusivos. La desprotección de los zánganos.

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[Fuente: aquí].

1.-Me sorprendió la aparición pura  y simple de “los trabajadores” en el Real Decreto 395/2022, de 24 de mayo, por el que se modifica el Real decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Por todo el texto se renuncia a la duplicación –¡qué descanso!-  e incluso, de cara al futuro, se afirma inequívocamente lo siguiente en la Exposición de motivos (la negrita es nuestra):

Con este real decreto se avanza en el cumplimiento de la meta 8.8. de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, es decir, en proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios.”

Obsérvese en este último párrafo que el legislador admite –como es lógico, claro- que dentro de los trabajadores se incluyen las mujeres. Así ha sido siempre y durante toda la vida, pero parece que un signo de nuestra era consiste en descubrir mediterráneos tres veces por minuto.

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2.-Ya iba a salir por el pasillo cantando “La Internacional”, cuando me di cuenta que una gran parte de las menciones a los trabajadores derivaba de la cita de normas jurídicas de los años (entre otros) 1990, 1997 y 2020. Eran tiempos en los que la gente hablaba con normalidad y no había que retorcer las palabras.

Sin embargo, la nueva norma impone un régimen de mayor seguridad para las “personas trabajadoras” (sí, ya salió la cursilada). Son esas personas las que, a partir de ahora, se beneficiarán de una menor exposición a los agentes cancerígenos. Nos lo dice inequívocamente la exposición de motivos:

El real decreto responde al principio de necesidad, en tanto que atiende a las razones de interés general de llevar a cabo la transposición de una directiva europea, así como de mejorar la seguridad y salud de las personas trabajadoras; […]”

La expresión “personas trabajadoras” es fácilmente interpretable. Basta entrar en un taller de Eibar o de Tarrasa o en una oficina del norte financiero madrileño para escuchar al encargado o al mismísimo empresario decir con orgullo sobre su mejor empleado: “es una persona trabajadora”. Incluso comentan a veces con especial fruición: “es una persona muy trabajadora”.

Esto quiere decir que los nuevos índices de exposición a agentes cancerígenos no se van a aplicar a las personas que no sean trabajadoras. Insisto, tal como dice la norma: sólo se tendrán en cuenta para las personas trabajadoras. Los ganduletes aún podrán ampararse en los valores precedentes (más agresivos), porque esos sí que servían expresamente para todos los trabajadores. Estamos ante una manifestación implacable de estajanovismo normativo.

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3.-Ciertamente, ya hace un par de años que Álex Grijelmo anotó en el diario El País (26-IV-2020) que no es lo mismo la palabra trabajador como sustantivo que como adjetivo. De hecho, narra Darío Villanueva en Morderse la lengua. Corrección política y posverdad, que algún empresario espabilado ya ha intentado aplicar mejoras laborales sólo a las “personas trabajadoras”, tal como indicaba  textualmente la norma progresista. En conclusión, le espera a la Inspección de Trabajo un largo camino para asegurar, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución, la tutela de los vagos, desatendidos por una normativa repipi y relamida.

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Dissabtes exclusius. Un reglament horrorós.

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1.-El Reglament de la Facultat de Veterinària de la Universitat Autònoma de Barcelona, aprovat el 15 d’abril del 2021, és un dels monuments legals més carregosos, lletjos i incoherents en això que s’ha qualificat ridículament com a “llenguatge inclusiu”. És una norma tan pedant que ha portat al màxim les obsessions habituals, ha reciclat formes barroeres que semblaven ja descartades i s’ha tret de la màniga “solucions” que no existeixen enlloc.

No podem tractar ara tota la faramalla plúmbia i habitual  d’”alumnat”, “professorat”, ”personal investigador” “persona representant”, “persona fedatària”, “un estudiant o una estudianta”, etc.  No es deixa ni un dels disbarats que hem anat explicant les darreres setmanes en aquesta secció. Per a donar el to, podem emprar aquesta frase com a diapasó (art. 28.1):

Els coordinadors i coordinadores de grau són anomenats/des pel rector o rectora a proposta del degà o degana, […]”.

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2.-Els estudiants reben fort aquesta vegada. A l’art. 8.4 ja se’ls cataloga amb una camisa un pèl maoista com a “col·lectiu d’estudiants”. Bé, cal agrair que  a penes han tret “l’estudiantat” (art. 32.2) però, curiosament, s’han inventat una regla cada cop que apareix la paraula “estudiants” en plural: escriuen “estudiants/tes”. Vés a saber com es pronuncia, però no devien quedar gaire contents i van tornar a pecar amb les formes de tota la vida  en preceptes de gran rellevància. En concret:

-Apareix un “Consell d’Estudiants” com una casa al tíatol de la secció tercera i a l’article 32.

-I, encara pitjor, a l’art. 17.2 es parla d’”organitzacions d’estudiants estatals i internacionals” (potser, en el seu marc mental, no volen que les noies formin part d’aquestes organitzacions ja que, si no, haurien dit “organitzacions d’estudiantat” o d’”estudiants/tes” o alguna aberració similar).

Els suplents tampoc agraden gaire a aquesta norma, ja que surten per tot arreu redaccions de dubtosa correcció o realment forçades com, per exemple, “substituir pels i per les suplents corresponents”.

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3.-Ara bé, sense dubte el gaspatxo arriba al paroxisme amb el mot “membres”, on ja fa anys que l’”inclusivisme” hi té la proa posada. La cosa comença forta quan, als primers articles, s’insisteix una i altra vegada en una farfolla que no és fàcil llegir (arts. 7, 8, …):

Els/les membres no nats/nates…”

La duplicació paranoica es relaxa a l’article 15, on ja només apareixen “membres nats” (ja sense nata ni escuma) i “membres escollits”. La tranquil·litat dura poc, ja que a l’article 16 mantenim els “membres nats” (la indigestió havia estat forta), però ens referim als “membres escollits/des”, amb la barra gimnàstica pel mig. Aquest criteri (per dir alguna cosa) es repeteix als articles 17, 18 i 19.

Però després ja es nota que el tremp torna a afluixar i a l’article 24.1 es parla “d’un terç dels membres” (però no havíem dit que eren “els/les membres” als preceptes inicials?). La nata també la treuen a l’article 28.1, on es mencionen sense pietat i per dos cops consecutius els “membres nats” (com tota la vida!). Sembla que el redactor li ha agafat gust a aquestes formes tradicionals i a l’article 29.1 insisteix, com acabo de dir, en els “membres nats”.

Però, senyores i senyors, dura poc l’alegria en casa de “l’inclusivista” de guàrdia. Amb una reacció valenta als articles finals (els juristes ja saben que solen ser perillosos), sant tornem-hi amb “un o una membre del PDI”  i “els i les membres” (a l’article 30). Un altra combinació vibrant “els i les membres” a l’article 35 acaba amb la coherència per terra quan ens diu que aquests “són nomenats” i se’ns oblida el “nomenades”, encara que fos amb una barreta discreteta.

El final és ja demencial (al mateix art. 35), amb una coordinació desballestada:

El cessament dels i les membres del Consell Assessor…”

Home, dins del caos potser caldria haver millorat l’empastifament amb un “El cessament dels i de les membres…” o encara amb un pessadíssim “El cessament dels membres i de les membres del Consell Assessor…”

Es nota que en aquest article el  legislador ja anava esbojarrat i el subconscient li fa treure el monstre d’un estrany masculí genèric:

És obligació del degà o degana de la Facultat el informar a la Junta de Facultat dels nomenaments i cessaments…”

Bé, en aquest cas sí que calia treure l’article “el”. Una  equivocació similar ja apareixia a l’art. 29.1 quan s’escrivia en masculí per a gènere no marcat a un supòsit on no era pertinent:

Les persones coordinadores de màster els nomena el rector o rectora…”

         En efecte, calia un “les nomena”. Potser  va somniar aquest cop la frase pecaminosa i normal que vindria aquí com anell al dit: “El coordinador de màster el nomena el rector…”

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4.-No es tracta de ser un llepafils filològic. Però no està de més recordar que aquest reglament tindrà com a destinataris naturals uns estudiants que no es mereixen que una universitat pública s’inventi un argot empatollat que ningú sap d’on surt i que els puc assegurar que no tindrà un efecte alliberador per a ningú. I també cal anotar que aquest festival de puntades de peu a la nostra llengua no és la millor manera de defensar el català, malgrat les solemnes declaracions de les autoritats acadèmiques.

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Precios de papel y plástico se han derrumbado, ahora, funcionarios locales están cobrando más por recolectar materiales reciclables y llevarlos al vertedero.

Fuente: Green America.

Dissabtes exclusius. Un manifest discriminatori de la Comissió de Llengua del Consell de l’Advocacia Catalana.

   1.-El 21 d’abril del 2022 la Comissió de Llengua del Consell de l’Advocacia Catalana va publicar un manifest amb la lloable exigència d’estendre l’ús del català a l’àmbit judicial. En un dels seus punts precisa que “encoratgem, engresquem i il·lusionem les advocades i advocats a fer ús del català de manera habitual i sense por, en totes les seves actuacions orals i escrites”.  Aquesta moda duplicativa ja havia aparegut al preàmbul del manifest, on s’indica que el Pla de Foment del Català “té el compromís de més de mil advocades i advocats inscrits”. Bé, es veu en aquest darrer cas que les advocades no s’han inscrit, però queda clar que hem d’escriure sempre advocades i advocats –segons sembla- quan ens referim al gènere no marcat.

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2.-Dit això, no s’entén perquè en el punt 3 del manifest es diu “Reclamem als jutges…”. Home –perdó- hauria de ser “reclamem als jutges i jutgesses” (cosa que es reforça tenint en compte que ja la meitat de la plantilla són dones). O, millor encara, “ reclamem a les jutgesses i als jutges”.

El mateix hem d’indicar quan es fa referència a la provisió de places judicials. Al manifest precisa que són places de “Jutges”. Vol dir que, subreptíciament i patriarcalment, ja s’exclouen les jutgesses? L’error segregador es reitera amb les places de “Magistrats” (on són les “magistrades”?) i de “metges forenses” (doncs també “metgesses forenses”).

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3.-La discriminació  arriba al màxim quan,  a les dues rellevants  aparicions de la noció d’“operador jurídic” (una mica teòrica, però s’entén), no es fa en cap moment la necessària referència a les operadores jurídiques. Estem davant una evident expressió de masclisme a l’àmbit de les professions lligades amb el Dret. Hi ha operadors jurídics i operadores jurídiques. I ambdós i ambdues han d’aparèixer (perdoneu l’embolic que m’he fet, però crec que es capta).

Tampoc podem acceptar, en fi, l’al·lusió al “principi [de] que l’administrador ha d’estar al servei de l’administrat”. Hi ha administrats i administrades (a l’administrador el deixarem sol perquè ja es veu que és un senyor llunyà i dolent, però no comprenc per què no  s’obre el camí a les administradores).

En conclusió, com ja dèiem al començament, una magnífica iniciativa en favor del català que, a més, no es pot veure enterbolida per les marginacions que hem ressenyat. De tota manera, també  impulsaríem aquesta llengua si la féssim menys artificial, més viva, clara i catalana.

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Sábados exclusivos. Efectos secundarios de la «personitis».

Sábados exclusivos. Un argot inservible.

Dissabtes exclusius. Contra l’alumnat.

Sábados exclusivos. Un argot inservible.

1.-Una buena manera de examinar el funcionamiento de esos trampantojos que se llaman “lenguaje inclusivo” consiste en observar su uso en un texto científico. He tomado como ejemplo un magnífico trabajo de Cristina Enguita-Fernández, que lleva el título de “Indigenismo mbroro: algunas claves para una lectura en femenino” (2021)[1]. Es una reflexión  interesante por sus objetivos y por sus resultados: el análisis de la posición de las mujeres y las diferencias sociales y de perspectiva de ambos géneros en la construcción y actuación de esa comunidad. Se trata de un grupo de indígenas dedicados al pastoreo que se incluyen –con llamativas peculiaridades- dentro de la gran categoría étnica peul (o fulani, fulbe o fula). Se sitúan principalmente en Camerún.

Durante las casi treinta páginas del estudio no hay ninguna concesión a las duplicaciones, abstracciones y complicaciones “inclusivistas” (con las excepciones que precisaré luego). Por todo el texto figuran sin complejos (afortunadamente) los “primeros habitantes”, los “habitantes primigenios”, los “africanos indígenas”, los “observadores”, los “cazadores-recolectores”, “los mbororo”, “los baka”, “los fulbe”, “los musulmanes”, “aquellos a quienes designaba”, “para nosotros”, ”sus “hermanos fulbe”,  etc. Incluso, en una lista en la que aparecen autores y autoras, se limita a decir –sin aspavientos- “otros autores” (p. 36, nota 34).  En definitiva, una redacción clara y sin retorcimientos.

Ahora bien, como he avisado, “todo se pega menos lo bonico” y, por tanto, hemos de enfrentarnos con tres apariciones concretas del dogma inclusivista. La primera es  admisible y puede reforzar la idea de que tanto los muchachos como las muchachas van actualmente a la escuela: “el aumento de las tasas de escolarización entre las y los jóvenes mbororo”.

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2.-Sin embargo, lo cierto es que la fealdad se introduce luego en forma de barras burocráticas. Perdonarán ustedes mi perspectiva, pero es que no le veo la gracia a este hábito de escribir  reiteradamente con palotes de impreso de oficina. El primer caso aparece en página 253: “Sea como sea, ellas representan ese juego de fuerzas entre lo que los/las propios/as informantes llaman la “tradición” y lo que consideran estrategias de adaptación a los tiempos actuales”. Bastaba referirse a los informantes de ambos sexos (incluso, creo que hubiera reforzado la idea). La fórmula se reutiliza en página 256, donde se habla de “los testimonios aportados por los/las informantes”. Estas citas corresponden al epígrafe 5 del estudio (antes de acabar con un sexto para las conclusiones).

No obstante, ahora que lo releo, es cierto que –de manera imprevista- la varilla había asomado sin venir a cuento en el título del epígrafe 2: “Los/as mbororo en Camerún: el recorrido sociohistórico de un término”. Es curioso, porque luego, como ya dije anteriormente, la autora se olvida de este artilugio y escribe con normalidad en todo el texto. Ustedes se preguntarán por qué le tengo tanta manía a los palotes, pero les confieso que es a causa  de mi torpeza cognitiva: nunca sé si hay que pronunciar “los y las mbroro”, “los mbroro y las mbororo”»los-barra-las mbroro», «los mbroro-barra-las mobroro» o “loslas mbroro” (problemillas derivados de que no coincide lo que pone con lo que se ha de decir).

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3.-En fin, justo es reconocer que el escrito ha pasado bien la prueba de este inquisidor puntilloso. Felicito a la autora por la solidez de su argumentación. Por eso la escogí, porque es una  investigación seria sobre una cuestión relevante. A mí me ha servido para convencerme aún más de la inutilidad de los mecanismos “inclusivos” para la redacción de trabajos científicos.

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[1] Publicado en Revista d’Estudis Autonòmics i Federals. Journal of Self-Gouvernment, 34 (Diciembre 2021).

(Fuente de foto:aquí).

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Dissabtes exclusius. Contra l’alumnat.

Per a fugir dels desdoblaments carregosos –bombers i bomberes, nens i nenes, marrecs i “marreques”- , el dogma “inclusivista”  fa ballar per tot arreu unes abstraccions grises i encara més feixugues. A les escoles i universitats campen per aules i passadissos “el professorat” i “l’ alumnat” (en altres llocs també s’abusa de “la ciutadania”, “l’advocacia”, etc.).

D’entrada, cal dir que la  substitució indicada hauria de tenir un ús més reduït. Veiem les raons:

…    Primera.-“L’alumnat” és la classe dels alumnes i això no és exactament igual als alumnes concrets als quals ens referim. Així, podem  queixar-nos de les condicions retributives del professorat (ja es veu que és un tema burocràtic i impersonal), però és difícil que el professorat passegi pel campus. L’alumnat no es matricula, són els alumnes els que es matriculen.

…    Segona.-L’abús de les abstraccions  converteix els  rostres amb cara i ulls en blocs categorials. És lleig, forçat, i fins i tot ridícul.

….Crec que tots entenem que  no és el mateix parlar dels alumnes (alegres, enriolats, cansats, ganduls, saberuts, espavilats, …), que de l’alumnat. Sembla una llenca de ciment ficada a sobre dels bancs. L’avi Marx va estudiar les condicions  estructurals del proletariat, però quan va fer una crida revolucionària no va dubtar: “proletaris de tots els països, uniu-vos”.

…   Tercera.-Totes aquestes voltes les fan per a evitar –diuen- el masculí genèric, que opera en català  per al gènere no marcat. Com és sabut, això no té res a veure amb el sexe, però embolica que fa fort. Ara bé, el resultat final es que acaben emprant sense fre un altre masculí genèric: l’alumnat, el professorat, l’estudiantat (aquest no rutlla, oi?)…Per a aquest viatge no calien alforges.

Per circumstàncies que no venen al cas, porto uns dies remenant reglaments universitaris dels anys noranta del segle passat i començaments d’aquest. Encara es parlava tranquil·lament de professors, acadèmics i alumnes. Ara bé, amb un típic biaix classista, als companys que feien d’administratiu o de conserge ja els havien  ficat a la bossa conceptual del “personal d’administració i serveis”, el “PAS”. Se m’ha acudit defensar que a la Universitat tornin els professors, els estudiants, els tècnics, els administratius i els treballadors,…però no sé si això agradarà al nou clergat.

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Font:aquí.

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Sábados exclusivos. Si es decisivo, dejémonos de gaitas.

1.-Al eliminar el principio de economía del lenguaje, eso que llaman “jerga inclusiva” muestra una de sus características esenciales: es cansado y cansa. En realidad, los que lo usan (o, al menos,  defienden su empleo) no suelen pasar del primer párrafo en un discurso o de dos o tres recordatorios en un texto más largo. Desde luego, en el lenguaje coloquial o periodístico su presencia es muy reducida. Y, cuando hay que decir algo importante, desaparece del mapa. Vamos a ver un par de ejemplos.

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2.-El primero corresponde a Pedro Sánchez. No es que el presidente del Gobierno haya puesto el acelerador en este tema, aunque es muy cansino con lo de “españoles y españolas” como adorno de salón. Sin embargo, en recientes entrevistas tuvo que lidiar con los datos borrosos suministrados a la Fiscalía española por el Rey emérito. La situación es delicada para el Estado. El Presidente, lógicamente, quiso ser contundente y, en unas declaraciones televisivas ampliamente reproducidas, no dudó:

“El presidente del Gobierno, en tono serio, señaló después de leer ese texto que Juan Carlos I aún “les debe una explicación a los españoles””.

El texto lo recojo de una noticia de El País de 8 de marzo del 2022. Desde luego, a nadie se le ocurre pensar en que las españolas no merezcan esa explicación.l  Por supuesto, el resto de la noticia, ya bajo la batuta del redactor, sigue en la misma línea y comenta que el Presidente “fue más lejos que todos sus ministros en la valoración de los hechos conocidos ahora sobre Juan Carlos I.” La frase es perfecta y todo el mundo entiende que se trata del género no marcado (ya que es evidente que en el gobierno de Sánchez hay ministros y ministras).

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3.-La segunda muestra nos la trae la mismísima Ministra de Igualdad, Irene Montero.  Es un caso significativo porque Montero ha apurado hasta la hez el cáliz de las duplicaciones cargantes. Sin embargo, ante el delicado reto de definir la “diplomacia de precisión” como solución a la guerra entre Rusia y Ucrania  afirmó que:

“»La paz siempre se hace con el enemigo, si no hubiese guerra no sería necesaria la paz. […]”.

Además, apostó por «la diplomacia de precisión, la altísima política», que es «defender la negociación, la observación internacional de ese diálogo entre enviados del Gobierno de Rusia y del ucraniano»».

Por supuesto, está bien expresado. Los micrófonos estaban pendientes (dadas las disensiones en el Gobierno) y el mensaje debía ser rápido y exacto. Ahora bien, en la gramática extenuante de Irene Montero, lo lógico hubiera sido decir que “la paz se hace con el enemigo y con la enemiga” (si “la enemiga” queda fuera, quiere decir que con ella no es posible la paz).

Por otra parte –y esto es más grave- al hablar sólo de “enviados”  su mente queda inundada por el supuesto código heteropatriarcal y excluye a las mujeres de la actividad diplomática. En efecto ¿No puede haber mujeres embajadoras? El tema es preocupante porque expulsa  a las mujeres de la actividad diplomática que es, según su discurso, la gran constructora de la paz.

En definitiva, el jueguecito de “lo inclusivo” se olvida cuando uno se juega una consigna breve y relevante. Quizás, en el fondo todo esto no es más que un selfie, una pantomima (para evitar el anglicismo, que os veo venir).

Leo Messi y Antonella Roccuzzo haciéndose un selfie frente al espejo - El  discreto noviazgo de Leo Messi y Antonella Roccuzzo - Foto en Bekia  Actualidad

(Fuente de foto).

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La solución definitiva para una ley políticamente correcta y sexualmente neutra

         1.-Sé que llevo algún tiempo pesadito con esto del lenguaje duplicativo. Quizá por aquello de que  lo único que pueden defender los pobres es la palabra (bueno, ahora me he dejado inspirar en exceso por los aires del primero de mayo). Hablando más en serio: el desdoblamiento por sexos se basa en una noción falsa y en una hipótesis discutible. La idea radicalmente errónea es que la fórmula tradicional del masculino genérico no incluye a las mujeres o a los elementos femeninos.

         Por otro lado, la hipótesis discutible radica en el concepto de visibilidad, propio de ciertas doctrinas con muchos puntos débiles. De hecho, nadie puede asegurar que la liquidación de la manera normal de hablar haya mejorado las condiciones sociales de ningún ciudadano. Es más, voces sensatas del movimiento feminista consideran que esta perspectiva –podríamos decir “foucaultiana”- es una auténtica pérdida de tiempo de cara a enfocar las auténticas discriminaciones.

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         2.-Si el expediente de multiplicar por dos (o por tres) cada sujeto rompe el principio de economía de la lengua, los emplastes socorridos para acompañarlo son grotescos. Aparecen así en el lenguaje escrito (yo no sé cómo lo pronuncian) barras, arrobas y guiones que se ponen por donde Dios quiere: “abogados/as”, “abogados-as”, etc. En el lenguaje oral meten, por ejemplo, “los y las estudiantes” y otras trapisondas de cuya rareza no quiero acordarme

         La fórmula para mí más cansina es el recurso a frías abstracciones. Compárese la alegría de “los alumnos” con el pesado “alumnado”. Y no he escrito “estudiantado”, porque su uso suele ser equivocado. Leía hace unos días una nota de los rectores españoles aludiéndolo para  huir del lenguaje duplicativo. Vamos a ver, supongo que no llamaban a la revolución, porque el sentido de esa palabra –como “proletariado” o “campesinado”-  se refiere a su situación como clase social o grupo con problemas económicos similares. Bastaba  indicar simplemente  los estudiantes y todo el mundo lo habría entendido.

         Afortunadamente, los hablantes son más listos y escapan constantemente a esa memez. Así, nos referimos a los bomberos (y eso incluye a las bomberas, evidentmente), a los contagiados y fallecidos por covid (¿alguien piensa seriamente que se quería “invisibilizar” a las mujeres afectadas?) o a los terroristas (y supongo que ello cubrirá, lamentablemente, a las féminas violentas). En realidad, los cruzados del lenguaje duplicativo olvidan a cada momento sus propias reglas, porque esto no hay quien lo sostenga (no suelen pasar de la salutación y de las frases de calentamiento). Por supuesto, ya aclaro que yo utilizo sin empacho el viejo “señoras y señores” al iniciar un discurso, aunque ya sé que uno tiene los años que tiene que y esto ya queda camp (pongan vintage los más jóvenes).

         Sin embargo, una cosa es el uso lingüístico general y otra las manías del legislador. Si el BOE fue siempre algo arcaico, ahora cualquier dueño de un diario normativo  se siente en la obligación de estar al día con esta tontería. Hay ejemplos ya famosos, como el de aquel reglamento universitario que decía que “el coordinador o la coordinadora d’unitat és el representant o la representant i el coordinador o la coordinadora de l’activitat de la unitat” (no hace falta que lo traduzca y, además, sería agotador).

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         3.-Tenían que ser los Diarios de Arcadi Espada, donde se narran las grandes gestas de la humanidad, los que me pusieran sobre la pista de un descubrimiento capital. Se trata de la disposición adicional única del Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial. Es una norma  de una cierta complejidad (y un gran impacto económico, por cierto).

         Algún aguafiestas dirá que estamos ante una inaceptable manifestación de pereza normativa o que se trata a los lectores casi como analfabetos (parece afirmar, en efecto, que donde dije digo, digo también diega).  Pero esto sería desconocer la regla de oro que acaba de instaurar: redáctese toda la ley con normalidad y anótese en una disposición adicional única cualquier ocurrencia que a uno le venga en gana (hasta podrían entrar por aquí los famosos “hijes”).

         En fin, juzguen ustedes mismos y no me digan que no es una maravilla:

         Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial (BOE  de 28 de abril):

         […]

         “Disposición adicional única. Uso de lenguaje no sexista.

La referencias que en el texto de este real decreto se hacen a instalador, reparador, conservador, los trabajadores, los operarios cualificados, un técnico titulado universitario, el responsable técnico, los socios, operador de grúa, el médico, un profesional habilitado, el fabricante, el titular de la empresa o al representante legal, así como al interesado, deben entenderse hechas respectivamente a instalador o instaladora, reparador o reparadora, conservador o conservadora, las personas trabajadoras, las personas operarias cualificadas, un técnico o una técnica con titulación universitaria, el personal responsable técnico, las personas socias, operador u operadora de grúa, el médico o la médica, un o una profesional habilitada, la o el fabricante, la persona titular de la empresa, la o el representante legal de la empresa, así como la interesada o el interesado.”

Personas Diversas Positivas Haciendo Muecas A La Cámara

Fuente de foto: pexels.com/Matheus Bertelli.

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