Sábados exclusivos.-La reforma constitucional que pedimos el otro día para cenar…

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         La Constitución española ha recibido un golpe certero. No cabe invocar sus virtudes el viernes y pecar por la puerta de atrás el sábado. Esta reforma merecía un debate, si nos creemos que la norma suprema es algo más que una técnica de leguleyos para articular la jerarquía de los mandatos. Por esa línea va el artículo de hoy de Pablo de Lora.

         La verdad es que había pergeñado algún comentario sobre el cambio de “disminuidos” por “personas con discapacidad”. Entre otras razones, porque es ir de un cierto grado de cualidades físicas y psíquicas al nivel cero (la falta de capacidad). De hecho, esos temas son el núcleo de esta sección. Tampoco parece aceptable a estas alturas la discriminación en contra de la mitad de los afectados, que ya nacen –ex lege– con una doble carga (persona con discapacidad y, además, varón).

         Y, en fin, es fácil advertir que era el momento ideal para reflexionar sobre el papel de los principios rectores de la política social y económica y sobre lo que implica exactamente su aplicación y su carácter programático.

         Sorprende, por supuesto, el escaso ruido  doctrinal sobre todo lo anterior, quizá causado porque la característica central del intelectual posmoderno radica en captar la tendencia dominante y  ponerse al rebufo. El matorral estaba repleto de pinchos: el drama humano, la complejidad y variedad de los daños que se sufren, la exhibición política del fabuloso  “consenso” que se ha logrado,  las baterías ya preparadas del pensamiento políticamente correcto…Mejor desviarse un poquito. Sólo algunos valientes, como don Pablo de Lora, se atreven a profundizar en la cuestión:

Anomalías constituyentes y discapacidad.

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Artículos anteriores:

Sábados exclusivos.*

Dissabtes exclusius.*

En torno a la reforma constitucional

…       1.-Última sesión del seminario GEA (Grup d’Estudis Autònoma) el viernes 18, con la ponencia del profesor de Derecho Constitucional  Enric Fossas, sobre la reforma constitucional. Repaso inicial a la noción de rigidez de la norma suprema y a la tortuosa historia constitucional española, perfectamente homologable a los quebrantos de cualquier otro país europeo (aunque con nuestro peculiar paso torcido).  Al final, consagración de una doble vía para la reforma:

 

…       -*La propia de las paredes maestras, para la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al:

……             –Título preliminar.

……             -Capítulo segundo, sección primera del Título I: derechos fundamentales y libertades públicas.

……             -Título segundo: la Corona.

…             Para este ámbito, el procedimiento es realmente complejo:

……             -Aprobación del proyecto por mayoría de 2/3 de cada Cámara y disolución inmediata de las Cortes.

 

……             -Ratificación de la decisión por las nuevas Cámaras y estudio del nuevo texto constitucional, que debe también alcanzar la aprobación por mayoría de 2/3 de cada Cámara.

 

……             -Para cerrar el proceso, ratificación por referéndum.

 

      –**Para el resto del texto constitucional, basta la mayoría de 3/5 de cada una de las Cámaras, aunque podría obtenerse en determinadas circunstancias por voto favorable de la mayoría absoluta del Senado y de 2/3 en el Congreso. El referéndum sólo se prevé si lo solicita una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

 

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      2.-Como ya sabemos, se han producido dos “incidentes reformadores”. El primero, respecto al art. 13.2 –derecho de sufragio activo y pasivo de extranjeros en las elecciones  municipales- y el segundo respecto al art. 135 –introducción de la regla de oro de la estabilidad presupuestaria-.

 

      Sin embargo, la hipótesis reformadora ya se ha planteado en algunos papeles. Por ejemplo, bajo el gobierno de Rodríguez-Zapatero, un informe del Consejo de Estado la estudió para diversos aspectos: sucesión dinástica no discriminatoria en razón de sexo, “cláusula Europa” (para atar el carro de nuestro ordenamiento a la estrella de Bruselas), redefinición y gruesos retoques para el Senado y consagración de los nombres de las 17 Comunidades Autónomas en la Carta Magna.

 

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…       3.-En la conversación, se trajo a discusión la tesis del profesor Pérez-Royo, según la cual el sistema electoral actual construye una especie de “restauración borbónica” (y antifederal) y su intenso sesgo mayoritario bloquea la reforma y empujará al sistema a su desintegración en algún momento crítico. Sin embargo, lo cierto es que el pesado armatoste, con su rancia circunscripción provincial y la maldición  de D’Hondt, se ha movido y se ha colado el gato de la pulsión reformadora.

 

      Estamos, pues, en fase de tormenta de ideas y, por mi parte, me limité a anotar algunas mientras me guarecía con el paraguas:

 

……       -La reforma del Tribunal Constitucional podría tener en cuenta, quizás, el sistema alemán del “Colegio o bolsa de magistrables”, de cara a mitigar la acusación de parcialidad.

 

……       -Existe una evidente presión  en favor del “blindaje” de ciertos derechos sociales –vivienda, trabajo, etc.- pero no se ve clara la articulación técnica de la tutela.

 

      -La reforma del sistema electoral habrá de lidiar con la objeción clásica al “proporcionalismo”:  los comicios no son una encuesta de opinión, sino un artefacto para formar un gobierno.

 

      -El famoso “consenso” no tiene por qué aparecer al principio, sino que es una fruta que madura y que, por tanto, se sirve al final.

 

 …      -Algunas propuestas académicas o atribuidas a expertos esconden opciones políticas bajo el ropaje de la neutralidad técnica.

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