No es cuestión de cemento, sino de fundamento: la inconstitucionalidad parcial de la legislación catalana de establecimientos comerciales (y II)

…       1.-El Tribunal precisa  en el fundamento jurídico sexto que no se ha motivado la restricción, que no se indica la razón imperiosa de interés general que la fundamenta y que infringe los criterios de proporcionalidad y no discriminación presentes en la legislación básica estatal. Por tanto, una adecuada justificación del porqué de la “compactación” hubiera salvado la constitucionalidad.

…       Debemos recordar que las nociones de “razón de interés general” justificativa de la denegación, proporcionalidad y no discriminación, provienen directamente de la Directiva europea de Servicios y normativa concordante.  En realidad, lo que ocurre con la norma catalana es que achica a las bravas el campo de juego cuando en toda Europa se está ampliando.  Ya el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tuvo que rebañar los aspectos más groseros de la Ley catalana 18/2005, de equipamientos comerciales, precedente del actual Decreto-ley 1/2009. Y lo hizo, por cierto, con argumentos que el Tribunal Constitucional español se ha limitado prácticamente a copiar.

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Primart, el último que ha llegado a la fiesta, sí optó por la centralidad (Madrid, Gran Vía).
El recién llegado Primart sí optó por la centralidad (Madrid, Gran Vía).

…       2.- De hecho, el Tribunal Constitucional no se muestra contrario al juego de la exigencia de instalación en trama urbana consolidada o en enclaves en continuidad física y estructural con la trama. Pero las reformas recientes del Decreto-Ley 1/2009 precitado iban en la línea de permitir los establecimientos sólo, única y exclusivamente dentro de la trama urbana consolidada (concepto que integra diversos parámetros de centralidad, compacidad y densidad y que precisa de delimitación administrativa). Ello implicaba, en la práctica, bloquear la apertura de determinados tipos de establecimiento comercial en toda Cataluña. Demasiado retrógado.

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Primart 3

       3.-De lo anterior se deduce que una adecuada exposición y alegación de una razón imperiosa de interés general, combinada con el respeto a las nociones de proporcionalidad y discriminación, hubiera podido salvar el tan traído y llevado “modelo catalán de distribución comercial”. Hay en él, por supuesto, elementos interesantes y defendibles, pero no se pueden imponer al modo albano.

 

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Experimentos en la ciudad

 

1.-La instalación de grandes establecimientos comerciales ha sido uno de los debates jurídicos fundamentales en el urbanismo de estos últimos años. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha permitido bloquear en parte su apertura si la legislación y la Administración Pública invocan de un modo razonado y justificado  motivos empaquetados en la idea de cohesión territorial, equilibrio urbanístico y medio ambiente. Para entendernos, se penaliza un exceso de lejanía o aislamiento y el aumento del tráfico rodado. El Tribunal Constitucional está en la misma dirección. Esto es lo que ha permitido que, en Cataluña, se salve el concepto de “trama urbana consolidada”: dentro de él, es posible, con matices, el nuevo supercomercio. Fuera, no.

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…        2.-En este marco, el vaciamiento de locales urbanos a causa de la crisis económica facilitará la instalación de tiendas medianas e incluso alguna grande dentro del casco urbano o en sus inmediaciones. Es la última batalla entre viejos enemigos que a menudo son amigos y complementarios.

 

…        Digo lo de la última batalla porque ha aparecido un nuevo factor con una potencia impresionante y creciente. Se trata del comercio por internet, que se ha puesto de largo en España en este último invierno. No se sabe hasta dónde llegará ni la alteración que va a suponer. Nadie puede predecir si será peor para las grandes superficies o para los minúsculos tenderos. Quizás incida muy fuerte en algunos productos –ciertas ropas o complementos, juguetes estandarizados, libro técnico…- y sea más débil en otros (quizá la alimentación es el gran enigma). Me impresionó, en estas navidades, pasearme en un domingo previo a la llegada de sus majestades los Reyes Magos por unos grandes almacenes del extrarradio que, hace sólo una decena de años, fueron construidos por una multinacional que llegó del frío y que generaban largas colas de automóviles: no había casi nadie.

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…        3.-Probablemente, pues, la gran dicotomía “pequeño comercio/gran comercio” va a diluirse o, por lo menos, a replantearse. Lo mismo está ocurriendo con el automóvil. La irrupción de Uber (ahora, se ha parado el primer golpe, pero es sólo un aplazamiento momentáneo)  y, especialmente, el automóvil eléctrico y el automóvil conducido por computadora alterarán totalmente la percepción de los costes ambientales atribuidos al coche. Va a ser difícil denegar, entonces, la apertura de un gran establecimiento comercial (ya, ya sé que hay más  aspectos). Aunque quizá no habrá discusión en ese momento porque ese inmenso espacio será sólo, simplemente, un  almacén logístico que va ordenando la salida de los pedidos de acuerdo con un programa informático…

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