Reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el carácter funcionarial de los directores generales.

         1.-Gracias a la amable invitación Dra. María José Feijoo, imparto anualmente una charla sobre la función directiva. Aparece en ella, invariablemente, la referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa al nombramiento de Directores Generales. Como es sabido, la legislación estatal (no la autonómica, por cierto) ha venido exigiendo su libre designación entre funcionarios de carrera del subgrupo A1. Ahora bien, es cierto que especiales características del puesto o circunstancias excepcionales autorizan el nombramiento de una persona de categoría funcionarial inferior e incluso no funcionario.

         Es el Gobierno el que ha de demostrar  tales circunstancias del caso concreto y debe hacerlo con una motivación que merezca el nombre de tal. No lo logró, según el Tribunal, en el supuesto examinado en la sentencia de 5 de mayo del 2022, en la que se enjuició el nombramiento de los directores generales de deportes y de personas con discapacidad.

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         2.-Es interesante este párrafo de la sentencia -Fundamento de Derecho quinto- (las negritas son nuestras):

          “Pues bien, en ambos casos se trata de una motivación vaga y genérica. De su lectura no se desprende qué concretas actuaciones o iniciativas son las que no podrían ser realizadas por funcionarios de carrera. Los pasajes transcritos no dejan de ser manifestación de un tipo de literatura oficial que, en tono solemne, emplea muchas palabras para decir muy poco. Esta Sala, en suma, no alcanza a percibir dónde residen las “especiales características” o la “circunstancia excepcional” de la Dirección General de Deportes y de la Dirección General de Personas con Discapacidad, que es lo exigido por el art. 66. 2 LRJSP para justificar la excepción a la regla general.”

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         3.Chaves, con su habitual precisión, ha señalado que la presencia del funcionario “asegura dos cosas: primera, la especialización, puesto que conoce el entorno burocrático y el gobierno; la segunda, la objetividad, pues el funcionario vela por el interés general aunque los gobiernos cambien”. Ahora bien, creo que, para esta regla, la justificación fuerte es la primera: En efecto, se pone al frente a una persona que conoce el percal, que ya sabe de qué va un expediente. El paracaidista complicaría las cosas. En cambio, no veo tan clara la objetividad, teniendo en cuenta la facultad de libre cese que ostenta el Gobierno.

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Segundo encuentro sobre derecho a la vivienda. Cátedra Barcelona.

         La infatigable Judith Gifreu me envía el programa del segundo ciclo de encuentros sobre el derecho a la vivienda, que organizan la Cátedra Barcelona y el Instituto Pascual Madoz, de la Carlos III de Madrid. Con la ilusión de saludar pronto a una selección de los mejores expertos en el tema. Ahí estaremos. Les paso el enlace para los que deseen acceder a distancia (Google meet):

Registro de asistencia en el siguiente formulario:

https://forms.gle/CaNiKKeLJs5reR9q9

Fachadas De Casas Contemporáneas De Varios Pisos Bajo El Cielo Brumoso En La Ciudad

[Fuente: Maria Orlova. Pexels.com]

CICLO DE ENCUENTROS SOBRE EL DERECHO A LA VIVIENDA

El Instituto Pascual Madoz del Territorio, Urbanismo y Medio Ambiente de la Universidad Carlos III de Madrid y la Cátedra Barcelona de Estudios de Vivienda, en la que participan las Universidades de Barcelona, Autónoma de Barcelona, Pompeu Fabra y Politécnica de Cataluña, desarrollan un ciclo de cuatro encuentros de alto nivel académico a lo largo de 2022 sobre el derecho a la vivienda, en los que se analizarán diversas cuestiones en relación con el proyecto de ley estatal por el derecho a la vivienda, en fase de discusión parlamentaria. Todos ellos se realizarán en formato híbrido, presencial (dos en Madrid y dos en Barcelona) y también a través de la plataforma Google meet.

Segundo encuentro:

Parques públicos de vivienda, la rehabilitación del parque residencial
de viviendas, vivienda social y protegida

8 de junio de 2022, Universitat Autònoma de Barcelona, de 16:00 a 19:00 horas

Inauguración:
Javier Burón Cuadrado, Gerente de vivienda del Ajuntament de Barcelona
Ponentes:
Josep María Montaner, Catedrático de Teoría e historia de la Arquitectura, ETSAB-UPC.
De las leyes a los valores de la vivienda asequible.
Marcos Vaquer, Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad Carlos III de Madrid
La vivienda como objeto de la actividad empresarial y su consideración como servicio de interés general.
Judith Gifreu, Profesora Titular de Derecho Administrativo, UAB
La conformación y gestión del parque público residencial. Conservación y rehabilitación.
Domènec Sibina, Profesor titular (EU) de Derecho Administrativo, UB
El Derecho y las políticas públicas de vivienda en el Estado español desde la CE 1978: qué cambios se proponen en el APLV.

La sesión se desarrollará en formato híbrido, presencial y a través de la plataforma Google meet, con previo registro necesario.

Lugar de celebración: Sala de Vistas, Facultad de Derecho, Universidad Autónoma de Barcelona.

Próximo tercer encuentro: a realizar en Madrid, en fecha a determinar.

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Dissabtes exclusius. Un reglament horrorós.

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1.-El Reglament de la Facultat de Veterinària de la Universitat Autònoma de Barcelona, aprovat el 15 d’abril del 2021, és un dels monuments legals més carregosos, lletjos i incoherents en això que s’ha qualificat ridículament com a “llenguatge inclusiu”. És una norma tan pedant que ha portat al màxim les obsessions habituals, ha reciclat formes barroeres que semblaven ja descartades i s’ha tret de la màniga “solucions” que no existeixen enlloc.

No podem tractar ara tota la faramalla plúmbia i habitual  d’”alumnat”, “professorat”, ”personal investigador” “persona representant”, “persona fedatària”, “un estudiant o una estudianta”, etc.  No es deixa ni un dels disbarats que hem anat explicant les darreres setmanes en aquesta secció. Per a donar el to, podem emprar aquesta frase com a diapasó (art. 28.1):

Els coordinadors i coordinadores de grau són anomenats/des pel rector o rectora a proposta del degà o degana, […]”.

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2.-Els estudiants reben fort aquesta vegada. A l’art. 8.4 ja se’ls cataloga amb una camisa un pèl maoista com a “col·lectiu d’estudiants”. Bé, cal agrair que  a penes han tret “l’estudiantat” (art. 32.2) però, curiosament, s’han inventat una regla cada cop que apareix la paraula “estudiants” en plural: escriuen “estudiants/tes”. Vés a saber com es pronuncia, però no devien quedar gaire contents i van tornar a pecar amb les formes de tota la vida  en preceptes de gran rellevància. En concret:

-Apareix un “Consell d’Estudiants” com una casa al tíatol de la secció tercera i a l’article 32.

-I, encara pitjor, a l’art. 17.2 es parla d’”organitzacions d’estudiants estatals i internacionals” (potser, en el seu marc mental, no volen que les noies formin part d’aquestes organitzacions ja que, si no, haurien dit “organitzacions d’estudiantat” o d’”estudiants/tes” o alguna aberració similar).

Els suplents tampoc agraden gaire a aquesta norma, ja que surten per tot arreu redaccions de dubtosa correcció o realment forçades com, per exemple, “substituir pels i per les suplents corresponents”.

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3.-Ara bé, sense dubte el gaspatxo arriba al paroxisme amb el mot “membres”, on ja fa anys que l’”inclusivisme” hi té la proa posada. La cosa comença forta quan, als primers articles, s’insisteix una i altra vegada en una farfolla que no és fàcil llegir (arts. 7, 8, …):

Els/les membres no nats/nates…”

La duplicació paranoica es relaxa a l’article 15, on ja només apareixen “membres nats” (ja sense nata ni escuma) i “membres escollits”. La tranquil·litat dura poc, ja que a l’article 16 mantenim els “membres nats” (la indigestió havia estat forta), però ens referim als “membres escollits/des”, amb la barra gimnàstica pel mig. Aquest criteri (per dir alguna cosa) es repeteix als articles 17, 18 i 19.

Però després ja es nota que el tremp torna a afluixar i a l’article 24.1 es parla “d’un terç dels membres” (però no havíem dit que eren “els/les membres” als preceptes inicials?). La nata també la treuen a l’article 28.1, on es mencionen sense pietat i per dos cops consecutius els “membres nats” (com tota la vida!). Sembla que el redactor li ha agafat gust a aquestes formes tradicionals i a l’article 29.1 insisteix, com acabo de dir, en els “membres nats”.

Però, senyores i senyors, dura poc l’alegria en casa de “l’inclusivista” de guàrdia. Amb una reacció valenta als articles finals (els juristes ja saben que solen ser perillosos), sant tornem-hi amb “un o una membre del PDI”  i “els i les membres” (a l’article 30). Un altra combinació vibrant “els i les membres” a l’article 35 acaba amb la coherència per terra quan ens diu que aquests “són nomenats” i se’ns oblida el “nomenades”, encara que fos amb una barreta discreteta.

El final és ja demencial (al mateix art. 35), amb una coordinació desballestada:

El cessament dels i les membres del Consell Assessor…”

Home, dins del caos potser caldria haver millorat l’empastifament amb un “El cessament dels i de les membres…” o encara amb un pessadíssim “El cessament dels membres i de les membres del Consell Assessor…”

Es nota que en aquest article el  legislador ja anava esbojarrat i el subconscient li fa treure el monstre d’un estrany masculí genèric:

És obligació del degà o degana de la Facultat el informar a la Junta de Facultat dels nomenaments i cessaments…”

Bé, en aquest cas sí que calia treure l’article “el”. Una  equivocació similar ja apareixia a l’art. 29.1 quan s’escrivia en masculí per a gènere no marcat a un supòsit on no era pertinent:

Les persones coordinadores de màster els nomena el rector o rectora…”

         En efecte, calia un “les nomena”. Potser  va somniar aquest cop la frase pecaminosa i normal que vindria aquí com anell al dit: “El coordinador de màster el nomena el rector…”

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4.-No es tracta de ser un llepafils filològic. Però no està de més recordar que aquest reglament tindrà com a destinataris naturals uns estudiants que no es mereixen que una universitat pública s’inventi un argot empatollat que ningú sap d’on surt i que els puc assegurar que no tindrà un efecte alliberador per a ningú. I també cal anotar que aquest festival de puntades de peu a la nostra llengua no és la millor manera de defensar el català, malgrat les solemnes declaracions de les autoritats acadèmiques.

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Articles relacionats: dissabtes exclusius, sábados exclusivos.

Precios de papel y plástico se han derrumbado, ahora, funcionarios locales están cobrando más por recolectar materiales reciclables y llevarlos al vertedero.

Fuente: Green America.

La Cátedra Barcelona de Estudios de Vivienda.

    Tras el recibimiento institucional del decano de la Facultad de Derecho, la infatigable Judith Gifreu anunció en la Universidad Autónoma la constitución de la “Càtedra Barcelona d’Estudis d’Habitatge”. Se trata de una alianza de varias universidades (UPF, UAB, UB y UPC) aportando especialistas de diversos ramos. Desde Madrid, Francisco Javier Martín situó el proyecto de nueva ley de vivienda en un marco conciliador. La prensa va a subrayar el conflicto, pero se están haciendo un gran esfuerzo de diálogo entre los diversos afectos. Además, bendijo la colaboración público-privado, incluso con los grandes fondos de inversión. Magníficos discursos de Carles Sala y Javier Burón.  Describieron las políticas de construcción, compra y captación de vivienda social  y también las ayudas sociales. Se refirieron a los incentivos específicos para los jóvenes y recordaron que la acción pública en este campo exige fuertes aportaciones presupuestarias (sostenidas en el tiempo y no organizadas en fases de anorexia seguidas de bulimia). Un aviso final: no hay atajos para resolver las cuestiones de vivienda y, además, de nada sirven los expertos en una sola cosa. Por fuerza, deben vivir juntos arquitectos, juristas, economistas, geógrafos…

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Municipios ínfimos y ruptura de la modernidad legislativa.

       1.-Sesión en el Instituto de Estudios del Autogobierno (en Barcelona) sobre los pequeños municipios, con Ricardo Rivero y Ramón Galindo. Rivero habla sobre el proyecto de ley del estatuto de los pequeños municipios. Citó a Cirilo Martín-Retortillo y su estudio sobre “El municipio rural”, al ya clásico Albi e incluso a los proyectos de Cruz Martínez Esteruelas (en el período 1967-71) y a los sucesivos intentos de implantar un mapa municipal racional, incluso a través de fusiones forzosas.

       Los borradores de la nueva norma parecen seguir la senda de la reducción de costes, especialmente a través de la colaboración entre diversos entes locales (con un relevante papel de las diputaciones). Ello se intenta combinar con tímidos avances en materia de simplificación de procedimientos. Por ejemplo, en el ámbito de la contratación, donde cualquier reducción de trámites es agua de mayo.

       El conferenciante se refirió especialmente a los problemas de responsabilidad de los alcaldes, que pueden cometer irregularidades no dolosas,  causadas únicamente por la complicación burocrática  y por la ridícula exigencia a pequeñas corporaciones de los mismos niveles de profesionalidad que se imponen en municipios de decenas de miles de personas. Además, se pronunció en favor de la idea de zonas francas y de los incentivos fiscales. En cambio, no tenía tan claro que las nuevas normas pudieran (o debieran) hacer algo en favor de mantener o aumentar la población o de complacer a los habitantes del terruño. Lo que se trata, en conclusión, es de dejarles en paz y no complicarles la vida.

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       2.-Ramón Galindo tuvo el valor de analizar las denominadas entidades locales menores o entidades municipales descentralizadas. Observó su diversidad real y la flexibilidad de su régimen jurídico. Llegó a dibujar el llamado municipio-comarca, como gran entidad local que se articula, después de la fusión, en entidades municipales descentralizadas.

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       3.-Debemos decir que Rivero defendió con vehemencia la idea del municipio como entidad natural. En concordancia con ello, demandaba que fuera la legislación la que se adaptase a esa realidad y no la realidad la que se encajara en el lecho de Procusto diseñado en Madrid (o en la capital autonómica). Ello implica peculiaridades, asimetrías, preocupación por las agrupaciones pequeñas…No, no hay solución para todo ello a partir del Estado liberal. Eso son cosas que el Antiguo Régimen tenía muy bien tejidas, con sus lugares, iglesias y anteiglesias, señoríos civiles o eclesiásticos,…Tengo que leer más a Tomás y Valiente.

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Alifafes de la libertad. El estetoscopio de Josu de Miguel.

    1.-Josu de Miguel está preocupado por la libertad. Cualquier ciudadano un poco atento podría compartir esa inquietud. Él tiene, quizá, más razones, ya que es un estudioso de los momentos difíciles, de las ruinas que nadie había previsto.

Para ordenar sus ideas (o para interrogarse sobre ellas), ha escrito un breve libro bajo el sugerente título  de “Libertad. Una historia de la idea(Breviarios Athenaica, 2022). De acuerdo con este membrete, distingue en primer lugar entre la libertad de los antiguos y la libertad de los modernos. La verdad es que los dos o tres primeros capítulos me parecen tan interesantes que yo ya me hubiera quedado ahí.

Veo en la libertad de los antiguos  justamente el pesimismo que ahora se cierne sobre nosotros. Grosso modo, podemos decir que, efectivamente, también hay una reflexión sobre la libertad antes del siglo XIX, pero con parámetros diferentes a los actuales. La libertad es un atributo de los que no son esclavos. Ello implica que podrán hacer uso de ciertas facultades. Por ejemplo, el derecho a la palabra pública (isegoría) en los griegos. Pero observo que una nube negra se mueve desde los estoicos en el camino de los hombres libres: la auténtica libertad es sólo la de la “ciudadela interior”, la libertad de espíritu, como máximo el libre albedrío tomista. En el exterior, cada clase o cada estamento delimitará su propio campo de autonomía dentro del rígido corsé de la colectividad. No hay una libertad generalizada gracias las normas y el individuo parece moverse dentro de una tupida red de imposiciones sociales (aunque quizás habría algunas sorpresas si aplicamos el microscopio).

La modernidad, por el contrario,  construye la libertad a través del Derecho (es el instrumento clave), la dota de generalidad y se interroga, por supuesto, sobre sus límites. Pero,  a mi entender,  presenta una seña fundamental: la vida como proyecto individual, ese “libre desarrollo de la personalidad”, como resumió nuestro constituyente. Ello reclama tanto una libertad negativa (déjenme en paz, laissez faire) como una libertad positiva (el respeto a mis propios objetivos). Por otra parte, en fin, es cierto que la libertad  accede al pódium de la discusión  política y cualquier régimen debe plantearse dónde va a situarla. El príncipe ya no está para cumplir en la tierra el designio divino, sino para garantizar y dejar espacio a la autonomía de los ciudadanos.

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   2.-Hasta aquí, podríamos decir que todo iba bien (aunque con muchos retrocesos y sustos, claro). Hasta que llegó la posmodernidad. De Miguel observa en el presente una tensión especial entre la libertad y la igualdad. Es cierto. El pensamiento igualitarista ha logrado ya éxitos relevantes e impensables hace sólo unos lustros. Por ejemplo, los cañonazos teóricos contra la meritocracia o la puesta en cuestión del derecho de propiedad privada. Fueron estos dos buenos  parientes de la libertad  y ahora están pasando un mal momento.

Ahora bien, a mi entender, el verdadero fantasma que recorre el libro es el de la demanda de seguridad. No siempre lo expresa el autor con estas palabras, pero  percibo que hay algo que le molesta y que tiene que ver con lo que acabo de citar. Por ejemplo, anuncia la hipótesis de un mundo de prohibiciones menorescuya entidad no encajaría en la protección de los derechos fundamentales, pero que por su intensidad y alcance general podrían afectar al principio general de libertad” (p. 40). Prohibiciones que van a ser necesarias para proteger bienes públicos colectivos (y cita como ejemplos concretos la estabilidad presupuestaria, el medio ambiente o la propia salud). Anoto ahí, por cierto, que al Derecho Administrativo, que sufrió un transitorio adelgazamiento con los procesos de liberalización, le espera un futuro fabuloso. Incluso, vienen nuevos amigos a la fiesta, como por ejemplo los insidiosos nudges, las recientes formas de evangelización pública (y privada) y el florecimiento de la “burocracia del consuelo”. De todo ello da buena cuenta el libro.

Un mundo, pues, de “restricción de los derechos mediante categorías normativas más pragmáticas y menos garantistas” (p. 121). Un panorama, en definitiva, de libertad declinante y de exigencia creciente de seguridad, como si las grandes  construcciones conservadoras y reaccionales de las constituciones no supieran muy bien por dónde van los tiros.

Un pesimismo suave, como ya anticipé, pasea por el libro, aunque el autor formula algún regate en positivo que quizá podría desarrollar en el futuro. Por ejemplo, la referencia a un nuevo republicanismo que subrayaría los deberes cívicos y su ejercicio  activo (ciudadanos comprometidos en los deberes tributarios y de defensa nacional, además de en la educación, en la protección del ambiente o en el trabajo). Una reinvención contemporánea que, como de Miguel advierte, no puede hacerse en contra de la libertad.

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   3.- Una consideración final. Como se dice en estos tiempos, el libro muestra una agenda oculta. Se trata de evitar que la libertad, esa idea que se ha ido describiendo, “se deshaga como consecuencia de la aplicación de la dialéctica adanista” (p. 119). El análisis histórico se impone y el libro es,  sin duda, un breviario bajo ese patrón evolutivo. Es más, acertadamente va recordando el autor que hay que navegar incluso río arriba, mucho más lejos en el tiempo de la modernidad liberal y sus cuitas. Un difícil objetivo entre nosotros ya que, según me cuentan, hay que recordar a los muchachos que nuestra historia empezó en 1812 (y eso siendo generosos).

LIBERTAD: UNA VISIÓN PSICOLÓGICA (Fuente: aquí).

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En espera de la següent lliçó de Joaquín Tornos.

        1.-Tothom va dir que no era l´última classe, que el professor Tornos continuaria professant el seu magisteri. Així s’expressaren els seus col·legues a l’acte del dilluns 16 de maig a la Facultat de Dret de la Universitat de Barcelona. Impressionant comitè organitzador (Alfredo Galán, Elisenda Malaret, Belén Noguera i Andrés Navarro), impecables paraules del professor Entrena Cuesta i articulació canònica de l’acte a través d’en Tomás Font (quan el veig a l’estrada, ja sé que serà una altra gran jornada de la central). La presència de professors de tot Espanya, i també d’advocats i companys d’altres assignatures, va ser interpretada per tothom com una certificació irrebatible de la bonhomia i gran capacitat del professor Tornos per a  interessar-se de debò pels altres.

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        2.-Poc es pot afegir en aquestes línies al que es va dir. Un professor clar, que enriqueix els conceptes amb múltiples exemples i que ha estat culpable directe de moltes de les millors vocacions administrativistes dels darrers anys. Un investigador de primera línia, amb treballs imprescindibles quan es toca la potestat tarifària, consells de l’audiovisual o el Dret de l’aigua, per exemple. I no vull oblidar un article molt consultat que va escriure fa uns anys en matèria de servei públic, aclarint el palimpsest legislatiu provocat per la irrupció del Dret europeu i de la regulació de la competència. També un advocat de primera línia, evidentment.

        En Tornos va declarar, a més, la seva satisfacció per la consolidació de l’associació espanyola de professors de Dret Administratiu. Ell fou, en realitat, un dels impulsors fonamentals en l’etapa de llançament.

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        3.-Els antics manuals de la intel·lectualitat tomista recomanaven al deixeble estar especialment atent a la presència dels grans mestres que, sense que un se’n adonés, podien passar pel costat. Això ens pot ocórrer amb en Tornos, atesa la seva proximitat en el tracte i la seva senzillesa.

        Com a mestre, ens posà deures. Fonamentalment, reconstruir el Dret administratiu com a eina en favor de l’interès general. La pandèmia de Covid-19 va ser un immens cas pràctic que governants i ciutadans van resoldre respirant inevitablement el Dret administratiu. Ens vam adonar que no érem individus aïllats, sinó que la figura de l’interès general – sí, va arribar a dir “el bé comú”, que és una paraula que, al meu entendre, hauria donat la volta als raonaments habituals- era una noció ben concreta, més enllà de la suma dels interessos individuals.

         Però és cert que els administrativistes, com ens va dir ell mateix, ens sentim més còmodes impugnant resolucions i reglaments que suggerint noves formes organitzatives i que potser aquesta i altres raons han portat a la seva expulsió (suau, però sostinguda) de la vella categoria dels juristes d’Estat (bé, això suposant que encara existeixin juristes d’Estat). No va dir, per tant, “iuspublicistes a les armes!”, però sí al treball d’edificació de noves regles i argumentacions en favor de l’Estat social i de Dret, més enllà de les petites cabòries de cadascú.

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Diarios dispersos. Una charla sobre fraudes y denuncias.

            1.-Sesión el viernes 13 de mayo sobre denunciantes, agencia antifraude y responsabilidad de altos cargos en la Facultad de Derecho de la Universidad de Cádiz, con Federico Castillo y Susana E.-Castillo Ramos-Bossini. Decidimos orientarlo como reflexión general, teniendo en cuenta la mayoría de estudiantes y jóvenes investigadores que nos acompañan. El profesor Castillo insiste en su apostolado –que comparto- para expandir la figura del denunciante. Pienso que habría que encontrar un equilibrio entre el “denunciante pesado” de la vida administrativa, el que las leyes rechazan y ni siquiera califican como interesado, y aquel denunciante de la época de la Fiscalía de Tasas, que era retribuido con un porcentaje de la sanción finalmente impuesta al infractor. El denunciante sabe cosas, el denunciante está en el ajo. Recuerdo aquel abogado del caso Pretoria que, intuyendo el futuro, introdujo en una cláusula de venta de un terreno un último plazo a pagar en el plazo no sé si de dos o tres años si el nuevo comprador lograba lo que el vendedor no consiguió: la modificación del plan y el aumento de la edificabilidad.
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            2.-Por mi parte, presento la Agencia Antifraude de Andalucía como un experimento de afirmación del Parlamento. Como ocurrió en el siglo XX en Europa, el legislativo es la institución que mejor expresa los empujones y cardenales del traqueteo de la historia. La Oficina Antifraude es la única persona jurídica que depende del Parlamento. Podría haber sido una Comisión parlamentaria más o menos permanente,  como un zepelín atado a un poste del suelo. Pero se le ha dado un edificio estable, un lugar para vivir, con sus oficinas y funcionarios. Ello desatará inevitablemente dentro de unos años una crítica economicista: ¿Cuántos casos ha resuelto?¿Ha valido la pena esta acumulación, este incremento de densidad de las instancias de vigilancia? De todos modos, no va a ser fácil tal sumatorio, porque la Oficina se enfoca también con un proyecto claro de actuación informal, de redacción de modelos de códigos éticos, de formación permanente de políticos y empleados públicos.
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            3.-Sorprende finalmente a los asistentes la relevancia cuantitativa que va a tener la decisión final de mera remisión a otros órganos y Administraciones, cuando la Oficina no es competente para sancionar. Se tratará probablemente de la mayoría de casos y la Oficina vendrá a jugar en la práctica, por tanto, un papel de entidad al servicio del denunciante (o del organismo que detectó alguna irregularidad). Y su cometido consistirá, en definitiva, en afinar y depurar esa información que quema.
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Sábados exclusivos. Viva la estudiantina.

Niño En Uniforme Escolar Blanco Y Rojo Levantando Las Manos Al Aire Libre [Fuente: Beliaikin]

1.- Sólo la había visto alguna vez. La recuerdo en algún documento de los rectores, aislada  y esporádica, como un lujo posmoderno a la hora del café. Pero era fea, artificial y forzada y todo el mundo dudaba antes de lanzarla. Por cierto, la he visto escrita, pero una especie de pudor impide aún pronunciarla. Sin embargo, el proyecto de Ley Orgánica del sistema Universitario ya se refiere al “estudiantado”. En la nota de prensa oficial que presenta la norma se utiliza en varias ocasiones (quizás analicemos algún día ese documento, porque es un bombón). Por otra parte, en la prensa ya ha aparecido la polémica sobre el “carácter vinculante” [¿?] de la opinión del “estudiantado” ante los proyectos de planes de estudios.

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2.-Permítanme que me apunte el mérito: ya en su día anticipé la catástrofe y propuse que se hablara de “la estudiantina”. Son muchas las razones que me mueven a ello y que aún podrían justificar su incorporación  durante el trámite parlamentario.

En primer lugar, “la estudiantina” rompe la idea de colectivo monolítico y frío que anida en “el estudiantado”. El pluralismo nos exigiría hablar de “estudiantados”. Era justo lo que cubría la expresión “los estudiantes”, pero –como todos ustedes saben- ésta palabra es indigna. Sólo la estudiantina nos evoca muchachos y muchachas con múltiples condiciones e ideas.

En segundo lugar, “la estudiantina” es sinónimo de renovación, alegría y colorido. Justamente lo que se espera de su informe, más cerca de la vida y de las inquietudes palpitantes que los avejentados profesores.

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3.-“La estudiantina”, en fin, conecta con evidentes muestras de ingenio de nuestro cancionero popular. Imagino que ustedes están pensando en la tuna, pero me he permitido traer aquí la canción de Violeta Parra: “Me gustan los estudiantes” (pueden oírla al final).   Son muchos los que la han cantado y estoy seguro de que quedó registrada en la educación sentimental de Subirats. Por esa razón, precisamente, he escogido aquí la versión de Daniel Viglietti. Desde luego, el verso le encantará al ministro: “Con las banderas en alto va toda la estudiantina…”.

Y, aunque ya sé que estamos en un país sectario y cainita, no me importa afirmar que  escribo todo esto desde la admiración personal y profesional por Joan Subirats. Los que, gracias a él, algo aprendimos de políticas públicas y de los aspectos políticos de la vida administrativa, jamás le  escuchamos ni le leímos estas chorradas.

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